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Un fallo de segunda instancia ratificó una medida cautelar que prohibió modificar la situación de una trabajadora designada en planta permanente en noviembre de 2023 en el organismo provincial. Es hasta tanto se resuelva la acción de amparo que se tramita en el Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia. 

Martes, 23 de abril de 2024

En una derivación más de la polémica medida del gobierno de Leandro Zdero de hacer caer el concurso para pases a planta en la administración pública provincial, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Resistencia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y confirmó la medida cautelar que prohibió alterar la situación de una trabajadora de Lotería Chaqueña que fue designada en planta permanente en noviembre de 2023.

El fallo, al que tuvo acceso LITIGIO, fue dictado este lunes 22 de abril y lleva las firmas de las camaristas Fabiana Bardiani y Wilma Martínez en el marco del expediente Nº 12752/2013-1-C “Z., N.M. C/LOTERIA CHAQUEÑA S/ MEDIDA CAUTELAR”.

En su apelación de la medida cautelar, la Fiscalía de Estado argumentó que la trabajadora no resultaba alcanzada por los efectos del decreto 13/23 firmado por el gobernador Leandro Zdero que suspendió los efectos de todas las decisiones administrativas adoptadas por el exgobernador Jorge Capitanich desde su derrota en las elecciones de 2023 hasta el final de su mandato, ya que la medida se enfocaba en el Poder Ejecutivo y no en los entes descentralizados y autárquicos como Lotería Chaqueña.

En sus fundamentos, las camaristas advirtieron que no resultaba “atinado” expedirse sobre la legitimidad del decreto del Poder Ejecutivo. No obstante, aclararon que en este caso particular el mismo Directorio de Lotería Chaqueña resolvió la revisión de los actos administrativos en ese organismo con fundamento “casualmente” en el decreto 13/23 del 11 de diciembre de 2023. En ese sentido, consideraron que “los únicos agravios esbozados por la apelante pierden virtualidad, y dejan al recurso bajo trato desprovisto de argumentos jurídicos que permitan revisar lo decidido en instancia originaria”.


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