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Lo resolvió el juez Juan Manuel Iglesias, del Tribunal Oral Federal de Resistencia, quién se encuentra a cargo de la ejecución de la pena del represor condenado Horacio Losito, bajo libertad condicional. El magistrado consideró que la visita al RI de Monte 30 de Misiones no sería un hecho delictivo y que no puede limitar su visita a cuarteles militares. Además, interpretó que la viralización del video de su visita a la unidad militar no fue responsabilidad del condenado.

Jueves, 11 de abril de 2024

El juez del Tribunal Oral Federal de Resistencia, Juan Manuel Iglesias, a cargo de la ejecución de la pena del genocida Horacio Losito, consideró que no puede limitar que el represor visite cuarteles militares, tal como lo hizo a fines de marzo pasado al Regimiento de Infantería de Monte 30 de Misiones en un homenaje a veteranos de Malvinas.

Losito se encuentra bajo libertad condicional luego de haber cumplido con los requisitos de la ley de Ejecución Penal tras las condenas a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad por la Masacre de Margarita Belén en Chaco y otras dos a 25 años por el mismo tipo de crímenes cometidos en la provincia de Corrientes.

Ante un planteo de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia, el juez Iglesias consideró que no puede limitar el ingreso de Losito a predios militares como el de Misiones, “donde su hijo presta servicios”, que tampoco puede “adelantarse a la afirmación de hechos delictivos como pretende la Unidad de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal al solicitar que se prohíba su participación en actividades que reivindiquen o hagan apología del terrorismo de estado”.

En ese contexto, el magistrado también interpretó que la viralización del video de la visita de Losito al RI de Monte 30 de Misiones “no es responsabilidad” del condenado.

No obstante, el juez Iglesias fijó como “período prolongado” cuando Losito se ausente por más de treinta días del domicilio donde ejecuta su libertad condicional, y en ese caso deberá dar aviso a quienes se encuentran a cargo de la ejecución de su pena ya que, de no haberlo, se le podría revocar el beneficio.


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