Compartir

El Fiscal Federal de Resistencia, Patricio Sabadini, apeló ante la Cámara Federal de Apelaciones la resolución de la jueza Zunilda Niremperger quien rechazó detener preventivamente al contador, Walter Pasko y al exasesor de cooperativas, Adrián Ayala. Es en el marco de una causa en donde se los acusa de ser coorganizadores de una asociación ilícita dedicada a emitir facturas apócrifas y lavar dinero.

Domingo, 7 de abril de 2024

Patricio Sabadini, fiscal Federal de Resistencia.

En su escrito, presentado este viernes, Sabadini indicó que los imputados deben estar detenidos por múltiples razones. Señaló que son los cerebros de la organización que se investiga, demostraron un amplio despliegue de importantes medios económicos, como así también la existencia y manejo de una estructura organizada. A esto se suma un recurrente flujo de pasos fronterizos internacionales conforme surge del informe aportado por la Dirección Nacional de Migraciones.

“Este escenario hace plausible la posibilidad cierta o peligro procesal de fuga de los imputados de mención, ante la conminación en abstracto de las figuras penales imputadas que conllevan la potencialidad de una pena de cumplimiento efectivo, siendo este el requisito de procedibilidad de dicha medida precautoria de coerción personal, conforme la normativa procesal vigente”, indicó el fiscal.

Sabadini afirmó que la resolución de Niremperger resulta “arbitrario e infundado”, considerando que efectúa una “errónea aplicación del derecho en base a una interpretación incorrecta de los hechos y evidencia recabada en el marco de la causa”.

“Se exige a este Ministerio Publico prácticamente la acreditación del hecho de la fuga y obstaculización del proceso por parte de los imputados, cuando lo que se requiere es realizar una prognosis de riesgo razonable de que ello suceda, lo que entiendo se encuentra sobradamente fundado- en sentido positivo- al cabo del análisis de los bastos elementos objetivos reunidos y señalados oportunamente por este Ministerio Público Fiscal”, añadió.

Cabe recordar en su resolución, firmada el jueves, Niremperger consideró que el pedido de detención solicitado por el fiscal Sabadini no está suficientemente fundado. Destacó que tanto Pasko como Ayala siempre estuvieron ajustados a derecho, presentándose a las requisitorias del juzgado y designando abogados defensores. Además, recordó que Pasko no cuenta con antecedentes penales. Ayala, por su parte, registra como antecedente una suspensión de juicio a prueba (en una causa por supuesto robo a un agente penitenciario), cuyo vencimiento del plazo se cumplió en abril del año pasado.

Con respecto al planteo del fiscal en relación a la posibilidad de fuga del país, teniendo en cuenta que ambos imputados registraron múltiples viajes al exterior en el pasado, la jueza afirmó que dicha mención no es suficiente para determinar que van a escaparse.

Indicó asimismo que a la fecha se realizaron múltiples allanamientos y secuestros de un voluminoso material probatorio, lo que hace que sea muy difícil que los imputados entorpezcan de algún modo la investigación.

A pesar de denegar el pedido de detención, la jueza decretó la prohibición de la salida del país de Pasko, Ayala, Diana Daniel, Juana Brahim, Álvaro Pasko, Carlos Nicolás Pasko; Fernando Ayala y María José Reinau, sin previa autorización del juzgado. Además, hizo lugar a la solicitud de la fiscalía de levantar el secreto fiscal de cuatro personas quienes tienen vínculo familiar con los imputados.

Esta causa tomó estado público a fines de diciembre del año pasado con una serie de allanamientos realizados en distintos puntos de la provincia, principalmente en Resistencia. Por esta causa, hay seis personas en la mira de la Justicia, acusadas de conformar una asociación ilícita dedicada a la emisión de facturas apócrifas, tanto para bajar el monto de impuestos a pagar como para justificar gastos en organismos públicos.

Pruebas

De acuerdo a las pruebas recabadas hasta el momento se sospecha que Walter Pasko; su pareja, la abogada y extrabajadora del Instituto de Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (IAFEP), Diana Daniel; Juana Elsa Brahim; Alvaro Ivan Pasko; Carlos Pasko; Fernando Ayala y Maria José Reinau habrían conformado una organización ilícita con la finalidad de generar crédito fiscal espurio, evidenciándose una estructura de personas físicas y jurídicas utilizadas como usinas de facturas apócrifas para disminuir el monto de impuestos a ingresar al fisco nacional por parte de terceros contribuyentes e integrantes de la misma organización, ello entre otras maniobras ilícitas de carácter tributario, que se habrían perpetrado desde principios de 2019. Este tipo de maniobras están tipificadas por el Código Penal como delitos de Asociación Ilícita Fiscal y Lavado de Activos.

En su ampliación del requerimiento, Sabadini señaló que se pudo determinar la utilización de nuevas personas jurídicas y físicas (cooperativas y fundaciones) en el marco de la asociación ilícita investigada a los fines de la emisión de facturas apócrifas que ameritan una ampliación de la base fáctica imputada en el requerimiento de instrucción inicial de cara a un mayor compromiso penal de Walter Pasko, Diana Daniel, Fernando Ayala y Maria José Reinau.

En estas se observó una reproducción de una mecánica delictiva, con la conformación y manejo societario por parte de las mismas personas físicas, coincidencias en domicilios fiscales, electrónicos, actividades económicas, fechas de contratos sociales e inscripción ante AFIP, falta de empleados registrados, asimetría entre facturación de compras y ventas, la intervención de Pasko como contador y la coincidencia en los destinatarios o usuarios de las facturaciones apócrifas.

En este contexto, se advirtió que las personas jurídicas fueron creadas a los efectos de, por un lado, emitir facturas y documentación apócrifa tanto a organismos o reparticiones del Estado provincial –con mayor preponderancia al IAFEP- y a personas físicas y jurídicas de derecho privado receptoras de facturas apócrifas, produciéndose así la venta de crédito fiscal espurio y por otra parte.

Y por otro, reducir la carga impositiva de aquellas emisoras de facturas apócrifas, adicionando también aquellas empresas que son reales (cuyos titulares realizaron las denuncias que obran en la presente causa), en las que el contador Pasko – en calidad de contador y haciendo uso abusivo e ilícito de cuits y claves fiscales emitió facturas a favor de estas personas jurídicas que conforman la estructura de la asociación ilícita fiscal,- en aras de neutralizar el débito fiscal que importó la emisión de facturación apócrifa por grandes sumas de dinero- ello en perjuicio de los contribuyentes/denunciantes mencionados.

Asimismo, Sabadini indicó que, de los allanamientos realizados en diciembre pasado, se encontraron una gran cantidad de sellos truchos utilizados por la organización para dar una fachada de legalidad a los documentos con que contaban.

Entre lo hallado, se destaca lo que se encontró en el estudio contable de Walter Pasko, ubicado en avenida Las Heras 376, primer piso, de Resistencia. Allí se secuestraron dos sellos redondos de la Municipalidad de Fontana; un sello que expresa “certifico que la presente fotocopia en …. fojas es fiel reproducción de su original que he tenido a la vista para este acto, doy fe”; un sello de Contador Público, Bernardo Hochbeng – A/C Direc. de Coop. y Mutualidades del Chaco; sello de Eduardo Fabio Colombo, Coordinador General de Dirección de Personas Jurídicas y Registro Publico de Comercio del Chaco; sello de Ibis V. Monguet, Inspectora General de Personería Jurídica y Registro Público de Comercio de la Pcia. del Chaco; sello de Dirección de Cooperativas y Mutualidades del Chaco y sello del Ministerio de Gobierno Justicia y Seguridad – Insp. Gral Personeria Jurídica. Ante esto, la AFIP propuso que se sume la imputación del delito de “falsificación de sellos oficiales”.

 

Fuente: Chacodiapordia.com


Compartir