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La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del Chaco declaró inadmisible y rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Fabiana González para que se le conceda la prisión domiciliara. De esta manera, González, seguirá detenida al igual que las otras seis personas imputadas por el crimen de Cecilia Strzyzowski.

Martes, 12 de diciembre de 2023

Fabiana González junto a Marcela Acuña, ambas detenidas por el crimen de Cecilia Strzyzowski.

Fabiana González, detenida desde el 9 de junio pasado por el presunto encubrimiento del femicidio de Cecilia Strzyzowski, continuará detenida en una unidad penitenciaria. Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia del Chaco al declarar inadmisible y rechazar el recurso de casación presentado por la defensa de la imputada.

El fallo firmado por la jueza Emilia María Valle y el juez Víctor Emilio del Río fue coincidente con la decisión que en el mismo sentido tomó la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional mediante la resolución 1723/23.

Vale mencionar que en su presentación ante el STJ, la defensa de González, representada por los defensores oficiales, Cristian Festorazzi Verbeek y Antonia Quadra, argumentaron que la sentencia de la Cámara de Apelaciones “no solamente carece de una mirada de género, porque no se ha tenido en cuenta la condición de mujer vulnerable de Fabiana, sino que tampoco se ha tenido en cuenta que tiene una madre con una discapacidad a quien cuidaba”.

Además indicaron que al no habilitar su detención domiciliaria se está trasgrediendo el principio que establece que sólo puede ser castigado quien ha sido encontrado culpable de la comisión de un delito dentro del debido proceso penal y no otra persona. “La violación a este principio surge palmaria porque debido a la privación de libertad de Fabiana González se está condenado a su hijo a todo tipo de padecimiento psico emocional”.

“Consideramos que la defensa contra la violencia de género y el deber de debida diligencia reforzada deben prevalecer sobre lo que pueda verse afectado el interés superior del niño”, sostuvo la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional en un tramo de la resolución que denegó el 25 de octubre pasado el otorgamiento de la prisión domiciliaria a González.

Integrante del MTD Emerenciano y mano derecha de la dirigente social, Marcela Acuña, González se encuentra detenida desde el 9 de junio pasado. A través de sus defensores, solicitó el beneficio del arresto domiciliario en base a la reforma de la Ley 24.660, en donde se prevé la posibilidad de la prisión domiciliaria para aquellas mujeres con hijos menores de 5 años y con personas discapacitadas a su cargo (González tiene un hijo de 3 años y, hasta el momento de su detención, también cuidaba a su madre que padece epilepsia).

Este pedido fue rechazado en agosto por el Equipo Fiscal Especial, que conforman Jorge Cáceres Olivera, Nelia Velázquez y Jorge Gómez. La posibilidad de posibles escraches a la vivienda de González, los cuales podrían repercutir en el bienestar físico y psicológico de su hijo, fue el principal argumento. Este rechazo también fue acompañado por las querellas, representadas por Nahir Barud, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y por Gustavo Briend, patrocinante de Gloria Romero, mamá de Cecilia.

La defensa de la imputada apeló esta resolución ante la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional la cual, nuevamente, le dio la espalda. Los camaristas se basaron en varias cuestiones. En primer lugar, consideraron que los resultados de los exámenes psicológicos realizados a González fueron una señal de alarma. Aquella evaluación, realizada por Roxana Rey, psicóloga del Servicio Social del Poder Judicial del Chaco, arrojaba que la imputada tenía actitudes “impulsivas” y que su personalidad podría ser fácilmente manipulable. “Marcadas dificultades en el control de los impulsos, tendientes a la acción en detrimento de la reflexión”, consideraba el informe interdisciplinario.

“Este tipo de actos o factores de riesgos, impediría el cumplimiento efectivo de las medidas de seguridad que deben garantizarse para este tipo de requerimiento”, evaluaron los jueces. Y añadieron que “no se puede dejar de resaltar y que fuera advertido por este Tribunal al confirmar el decreto de Prisión Preventiva respecto de la posibilidad de que la imputada González pueda ser manipulada, lo que sumado nos da como resultado un alto riesgo de no cumplimiento de las normas de un instituto alternativo o morigerado como es la prisión domiciliaria”.

Instaron en este punto a que la imputada inicie un tratamiento psicoterapéutico para que pueda “re elaborar y reestructurar su posición subjetiva ante el proceso que hoy atraviesa”, algo que repercutiría positivamente en su entorno familiar, principalmente en sus hijos.

Madre enferma

Los jueces rechazaron también el argumento de la defensa de González respecto a la necesidad de cuidar a su madre enferma. Para justificar esto se remitieron al informe interdisciplinario realizado por el Servicio Social del Poder Judicial en donde se informó que desde el momento en que fue detenida, su mamá quedó a resguardo de una hermana de la imputada. Para los magistrados, este pedido “perdió actualidad”.

Además, quedó plasmado en la resolución de la Cámara de Apelaciones los inminentes escraches a la casa de González (en el caso de otorgarle la prisión domiciliaria) y cómo esa situación repercutiría negativamente en su hijo pequeño afectando, paradógicamente, el derecho superior del niño que se intentaría resguardar con el arresto domiciliario.

“Existen indicadores de riesgo social en el otorgamiento de prisión domiciliaria de González, y que son originados por el malestar o afección social, cuando son otorgados en referencia a delitos de carácter graves sumado a la connotación pública. Estos indicadores de riesgos se pueden desencadenar en contra el entorno familiar causándole así un perjuicio”, explicaron.

Dijeron también que González sigue en contacto periódico con su hijo (lo ve tres veces por semana en su lugar de reclusión) por lo que su lazo afectivo no se rompió. Y que actualmente el mismo está al cuidado de su hija de 19 años y una tía.

A pesar de que en caso de ser condenada por encubrimiento sea altamente probable que reciba una pena condicional, todas estos fundamentos al rechazo al pedido de González se enmarcan en el delito presedente por el cual está hoy en prisión: un femicidio. “Ante un acto de violencia contra una mujer, resulta particularmente importante que las autoridades a cargo de la investigación la lleven adelante con determinación y eficacia”, señalaron los magistrados.

“De lo expuesto podemos inferir el riesgo de que la imputada difícilmente, concedido el beneficio, cumpla con las exigencias que condicionan la otorgabilidad y perdurabilidad de esta alternativa, toda vez que la prisión domiciliaria sólo implica una modalidad de privación de libertad, igual de restrictiva, pero menos apremiante que una detención institucional”, añadieron.

En base a las razones y fundamentos expuestos y “sin descartar la posibilidad de una evaluación futura”, consideraron que la defensa contra la violencia de género y el deber de debida diligencia reforzada deben “prevalecer sobre lo que pueda verse afectado el interés superior del niño, que incluso dado el status quo que hoy se evidencia en su madre, propiciar el otorgamiento de la medida pretendida resultaría sin lugar a dudas una puesta en peligro a ese interés”.

El caso

Cecilia Strzyzowski fue vista por última vez el 2 de junio, a las 9:16 cuando ingresaba al domicilio de la familia Sena, ubicado en Santa María de Oro 1460, en Resistencia. Se sospecha que allí fue asesinada entre las 12.13 y las 13.01, de ese mismo día.

Según la imputación de la fiscalía, González participó del encubrimiento del crimen, al igual que su pareja, Gustavo Obregón (mano derecha de los Sena) y los caseros de la chanchería de la familia piquetera, Gustavo Melgarejo y Griselda Reinoso. A los cuatro se les imputa el delito de “encubrimiento agravado”.

Sobre el resto de los imputados pesa una imputación mucho más grave. César Sena, pareja de Cecilia, está imputado por el delito de “homicidio triplemente agravado por el vínculo, por femicidio y por el concurso premeditado de dos o más personas”. En tanto que sus padres, Marcela Acuña y Emerenciano, están imputados como coautores del femicidio, también en concurso premeditado de dos o más personas.

 


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