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Por unanimidad, el Consejo de la Magistratura del Chaco decidió que la actual fiscal de investigación Nº 15 de Resistencia, Vanesa Fonteina, ocupe la vacante de jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, tras la jubilación de la polémica jueza Mercedes Riera, quién pretendió continuar en su cargo sin rendir un nuevo concurso, tras cumplir los 70 años.

Miércoles, 8 de noviembre de 2023
Vanesa Fonteina, nueva jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional

Por unanimidad, la doctora Vanesa Fonteina fue elegida por el Consejo de la Magistratura del Chaco para ocupar la vacante dejada por la jubilación de la polémica jueza Mercedes Riera en la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la provincia del Chaco.

Fonteina, quién hasta ahora se desempeñaba a cargo de la Fiscalía de Investigación Penal Nº 15 de Resistencia, se impuso a otros concursantes como el fiscal Jorge Cáceres Olivera -quién integra el Equipo Fiscal Especial que investiga el caso Cecilia-, Estefanía Argarate y Graciela Barrientos.

De esta manera, se completa la conformación de la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional que ya integran los jueces Héctor Geijo y Daniela Meiriño.

Un concurso judicializado 

Vale recordar que el concurso estuvo suspendido por una sentencia de la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que, por mayoría, falló a favor de la entonces jueza Mercedes Riera, quién pretendía continuar en su cargo sin rendir un nuevo concurso de antecedentes y oposición, tal como lo establece la ley 2081-B.

Con los votos de las juezas Gloria Silva y Dolly Fernández, la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la inconvencionalidad del artículo de la ley 2081-B que exige rendir concurso abierto de antecedentes y oposición a los magistrados chaqueños que aspiren a seguir en sus cargos una vez cumplidos los 70 años.

La medida también comprendía a las resoluciones del Consejo de la Magistratura del Chaco por las que se abrió el concurso para cubrir el cargo de Riera. En ese sentido, decretaron la “inaplicabilidad” del artículo 4º de la ley 2081-B y de las resoluciones al caso “por su ilegalidad manifiesta”.

El fallo luego fue revocado por un Superior Tribunal de Justicia ad hoc pero solo en términos formales, ya que un planteo idéntico de Riera ya había sido rechazado por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Resistencia y había quedado firme.

Previamente, la mayoría del STJ conformada por los jueces Emilia Valle, Víctor Del Río e Iride Grillo había firmado una resolución fijando el criterio interpretativo del artículo 154 de la Constitución Provincial y de la ley 2081-B que debían seguir magistrados y funcionarios de los ministerios públicos al respecto. En ese sentido, consignaban que deberían notificar a la Dirección General de Personal y al Consejo de la Magistratura seis meses antes de cumplir los 70 años para dar cumplimiento al mandato constitucional. En esa notificación debían comunicar si optaban por acogerse al retiro o si pretendían mantenerse en el cargo para lo cual el Consejo de la Magistratura debía formalizar el llamado a concurso de antecedentes y oposición del cual los interesados podían participar.

 

 


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