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El organismo de control concluyó que no hubo conflicto de intereses ni intervención de la exintendenta de Charata y actual diputada del Frente Chaqueño en las contrataciones de INTMEC SRL, cuyo socio gerente es su esposo. Las obras fueron contratadas por organismos provinciales y Lotería Chaqueña durante períodos en los que Chomiak estaba de licencia sin goce de haberes. La denuncia había sido presentada por el entonces diputado radical Francisco Romero Castelán, actual subsecretario de Trabajo de la gestión de Leandro Zdero.

Jueves, 1 de octubre de 2026

 

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) del Chaco archivó la denuncia presentada contra la exintendenta de Charata y actual diputada provincial del Frente Chaqueño María Luisa Chomiak por un presunto conflicto de intereses vinculado con obras públicas adjudicadas a INTMEC SRL, empresa de la que forma parte su esposo. El cierre de las actuaciones quedó establecido en el Dictamen N° 262/26, firmado el pasado 2 de septiembre por el fiscal General, Gustavo Leguizamón.

Según pudo saber LITIGIO, el expediente se originó a partir de una presentación realizada en abril de 2025 por Francisco Romero Castelán, quien al momento de formular la denuncia se desempeñaba como diputado provincial por la UCR. Actualmente, Castelán ya no integra la Cámara de Diputados y ocupa el cargo de subsecretario de Trabajo, Capacitación y Empleo del Chaco. A la denuncia adhirieron sus por entonces compañeros de bancada Carim Peche, Rodrigo Patricio Pavón, Sebastián Lazzarini, Zulema Wannesson, Dorys Arkwright, Carlos Salom y Samuel Vargas.

El planteo apuntaba a posibles irregularidades administrativas, un eventual incumplimiento del régimen de contrataciones previsto en el artículo 67 de la Constitución provincial y una posible infracción a la Ley 1341-A de Ética y Transparencia Pública.

La empresa y el vínculo 

Según consta en el expediente, Chomiak contrajo matrimonio el 11 de mayo de 2018 con Pablo Melino, quien junto con Javier Silva integra INTMEC SRL. La denuncia cuestionaba que la empresa hubiera resultado beneficiada con distintas obras públicas provinciales, nacionales y de Lotería Chaqueña.

La Fiscalía requirió información a la Inspección General de Personas Jurídicas, que confirmó que INTMEC SRL se encontraba inscripta en el Protocolo de Sociedades de Responsabilidad Limitada desde 2015, a través de la Resolución N° 157 del 6 de abril de ese año. La sociedad tiene como objeto, entre otras actividades, la construcción y la distribución de insumos vinculados con ese rubro.

También se incorporó un informe de la Contaduría General, que señaló que la firma se encontraba inscripta en el Registro de Proveedores del Estado y consignó que no poseía historial de contrataciones en ese registro.

La investigación, además, reunió documentación sobre distintas obras realizadas en Charata mediante contrataciones directas aprobadas por el Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura, a través de las resoluciones 0363/23, 0372/23, 0713/23 y 0570/23.

El descargo 

Durante la investigación, Chomiak negó las irregularidades denunciadas. Sostuvo que en 2014 no conocía a quien posteriormente se convertiría en su esposo y aseguró que nunca fue socia, gerente ni administradora de INTMEC SRL.

También planteó una cuestión temporal central para su defensa: afirmó que desde el 1 de diciembre de 2021 ya no ejercía efectivamente la intendencia de Charata, debido a una licencia sin goce de haberes otorgada para asumir como diputada nacional.

Según el expediente, esa licencia fue instrumentada mediante la Resolución 26/2021 y la Ordenanza 3762/22 y se extendió hasta el 31 de julio de 2023. Posteriormente, su renuncia al cargo de intendenta fue aceptada mediante la Ordenanza 3826/2023, con efectos desde el 1 de agosto de ese año.

Chomiak también sostuvo que el artículo 67 de la Constitución provincial no resultaba aplicable a su situación durante el período cuestionado, al considerar que la norma alcanza a funcionarios provinciales o municipales.

Qué encontró la Fiscalía

La FIA analizó especialmente el vínculo entre Chomiak y la empresa, pero también la competencia de los organismos que intervinieron en las contrataciones.

El dictamen reconoce la existencia del vínculo conyugal y señala que INTMEC SRL era oferente del Registro Provincial de Constructores. También deja constancia de que en las obras cuestionadas intervinieron organismos provinciales y Lotería Chaqueña.

Sin embargo, el organismo concluyó que las contrataciones no se correspondían con el período en que Chomiak estuvo al frente de la Municipalidad de Charata. Por el contrario, fueron tramitadas durante el período en que se encontraba de licencia sin goce de haberes.

Otro elemento considerado por la FIA fue que no surgió de la investigación una vinculación entre el Municipio de Charata y las contrataciones de INTMEC SRL cuestionadas en la denuncia.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia, por su parte, informó el pasado 24 de agosto que no registraba informes ni observaciones vinculadas con las obras consultadas.

La Fiscalía también evaluó si podía existir algún perjuicio para la administración pública. En ese punto, señaló que no había elementos que permitieran acreditar que las obras no hubieran sido efectivamente ejecutadas y descartó, con los elementos reunidos, la configuración de la figura prevista en el artículo 174, inciso 5, del Código Penal.

Tampoco encontró elementos que demostraran una disposición concreta y directa de fondos municipales por parte de Chomiak en beneficio de la empresa de su esposo.

Sin conflicto de intereses

Uno de los puntos centrales del dictamen fue determinar si el vínculo entre la exintendenta y uno de los integrantes de INTMEC SRL alcanzaba para configurar un conflicto de intereses en los términos de la legislación vigente.

La FIA citó criterios de la Oficina Anticorrupción de la Nación según los cuales el conflicto de intereses constituye una situación objetiva, independientemente de las intenciones del funcionario. Al mismo tiempo, el dictamen analiza la necesidad de que exista una intervención concreta vinculada con el interés privado. Con ese marco, la Fiscalía concluyó que en este caso no se configuró una situación de conflicto de intereses.

El argumento central fue que las obras cuestionadas se encontraban fuera del ámbito municipal y que fueron contratadas durante un período en el que Chomiak no ejercía la intendencia de Charata. A esto se sumó que no surgieron pruebas suficientes de una participación directa de la exfuncionaria en las contrataciones ni de una intervención a través de una persona sobre la cual tuviera ascendencia jerárquica o capacidad de decisión. La FIA también destacó que durante la investigación no se presentó ningún otro oferente que denunciara direccionamiento o favoritismo en las contrataciones.

“Conforme surge de los reportes incorporados a la causa, las contrataciones y pagos realizados a favor de INTMEC habrían sido realizados por entidades ajenas al ámbito municipal de Charata; no surge que el cargo público desempeñado por la funcionaria en cuestión tenga competencia funcional directa sobre las contrataciones realizadas, ello comprende situaciones en las que una persona, en su carácter de funcionario público, tiene control y poder de decisión sobre cuestiones que alcanzan a las entidades; circunstancias fácticas que excluye por un lado la confrontación del intereses concurrentes y por otra la posibilidad de poder influir indebidamente en la objetividad, equidad imparcialidad e independencia que debe primar en el desempeño de sus funciones”, señaló Leguizamón en su dictamen.

Y añadió que, en razón de lo expresado y en el marco de la Ley N° 1341-A, “se comprende que no estamos frente a una situación de conflicto de intereses, tanto por que las obras realizadas y cuestionadas en este análisis de autos hubieran sido fuera del ámbito municipal, como por el hecho de que su realización no coincide con lo época en que la funcionaria estaba a cargo de intendencia, además de no surgir prueba suficiente que demuestre una participación o intervención directa por la Sra. Chomiak u otra interpósita persona sobre la cual esta tuviera una real ascendencia jerárquica o potestad legal de decisión”.

Con esos elementos, Leguizamón dio por concluida la intervención de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y dispuso el archivo de las actuaciones. El Dictamen N° 262/26 concluyó que “no se dan los extremos legales previstos por la Ley 1341-A de Ética y Transparencia Pública que indiquen la presencia de conflicto de interés en el caso”. La denuncia que había impulsado el entonces diputado Romero Castelán quedó así archivada por la FIA.

 


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