Las tres entidades que agrupan a los trabajadores judiciales presentaron un escrito formal ante la Cámara de Diputados del Chaco objetando la constitucionalidad del Proyecto de Ley 2141/26 de “Intangibilidad” para los salarios de jueces y magistrados provinciales. Advierten que la norma rompe el sistema de porcentualidad salarial vigente y excluye a los gremios de las mesas de revisión de sueldos.
Martes, 22 de septiembre de 2026

El Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco (SEJCh), la Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco (UTJCh) y el Sindicato del Personal Jerárquico y Jerarquizados presentaron el 16 de septiembre un escrito ante la presidenta de la Cámara de Diputados, Carmen Noemí Delgado, en el que piden que la Legislatura se abstenga de dar despacho favorable al Proyecto de Ley 2141/26 y disponga su rechazo y archivo.
El escrito lleva las firmas de Graciela Beatriz Aranda (SEJCh), Bernard Walter Horacio (UTJCh) y Nicolás Alberto Piñero (Sindicato del Personal Jerárquico y Jerarquizados).
La iniciativa enviada a la Legislatura chaqueña por el gobierno de Leandro Zdero, denominada “Garantía de Intangibilidad Remunerativa para Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial”, surgió en el marco del amparo colectivo “Alonso de Martina y otros” —la causa que desde hace años tramita el reclamo por el enganche salarial judicial— y busca crear un concepto remunerativo exclusivo para jueces y funcionarios, que los equipare con la media salarial de los tribunales de Corrientes, Formosa y Misiones.
Según el escrito gremial, ese mecanismo diferenciado es incompatible con la Ley 468-A (antes Ley 2895), que rige las remuneraciones de todo el Poder Judicial chaqueño mediante un sistema de coeficientes porcentuales calculados sobre el sueldo del juez del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Los gremios sostienen que, al crear un adicional que no se traslada automáticamente al resto del personal, el proyecto “desengancha” a magistrados de empleados y jerárquicos, y citan como antecedente el histórico caso “Müller” (resuelto en 1989 y 2009, y confirmado por la Corte Suprema), que consolidó el principio de que todo adicional del juez del STJ debe trasladarse proporcionalmente al resto de la planta.
El escrito también cuestiona que el proyecto haya surgido de una audiencia, celebrada el 11 de abril de 2025, entre el Poder Ejecutivo, la Fiscalía de Estado y el Poder Judicial, sin convocar a las asociaciones sindicales. Los gremios remarcan que cualquier revisión salarial que afecte al conjunto del personal judicial debe garantizar su participación, conforme a los tratados internacionales de rango constitucional sobre libertad sindical (art. 75 incs. 22 y 23 de la Constitución Nacional) y a la jurisprudencia de la Corte Suprema en los casos “ATE” y “Rossi”. Plantean además que excluirlos de esas mesas configura una violación al principio de no regresividad en materia de derechos económicos y sociales.
Entre los fundamentos, el escrito invoca fallos de la Corte Suprema —incluido el pronunciamiento en la propia causa “Alonso de Martina”— que sostienen que la garantía de intangibilidad de los sueldos judiciales no está pensada para el beneficio patrimonial personal de los jueces, sino para resguardar la independencia del Poder Judicial como institución.
En el petitorio, los firmantes piden siete puntos concretos: que se tenga por formulada la objeción de inconstitucionalidad, que no se dé despacho favorable al proyecto, que se preserve íntegramente la vigencia de la Ley 468-A, que se implemente efectivamente el artículo 9 de la Ley 3424-A (la “media nacional” ya ordenada judicialmente), que se garantice la participación sindical en toda futura discusión salarial, que se evite un nuevo perjuicio económico al erario provincial como el generado por el caso “Müller”, y que se tenga por advertida la posible comisión de prevaricato por parte de quienes —según los gremios— actuarían como “jueces y parte” al ser beneficiarios directos del adicional que ellos mismos convalidaron.