La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal que había presentado el Ministerio Público Fiscal para intentar llevar el caso ante la Corte Suprema. Con esta decisión, tomada por mayoría y con una nueva disidencia, se agota una instancia más en el intento de revertir el beneficio de libertad condicional otorgado a un exagente de la Policía Federal condenado por crímenes de lesa humanidad.
Jueves, 10 de septiembre de 2026

La Cámara Federal de Casación Penal volvió a fallar en contra de los reclamos que buscan revertir la libertad condicional de Eufemio Jorge Uballes, el exsubcomisario de la Policía Federal Argentina condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo ABO (Atlético, Banco y Olimpo) durante la última dictadura.
En una resolución firmada este 10 de septiembre, la Sala IV declaró inadmisible el recurso extraordinario federal que había interpuesto el Ministerio Público Fiscal para intentar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revisara el caso.
Se trata de un nuevo capítulo de la disputa judicial que comenzó en diciembre de 2025, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Buenos Aires le concedió a Uballes el beneficio de la libertad condicional. Tanto la fiscalía como la querella habían apelado esa decisión mediante recursos de casación, pero en junio de este año la propia Sala IV los declaró inadmisibles. Fue entonces cuando el Ministerio Público Fiscal decidió dar un paso más e intentar la vía extraordinaria para llegar a la Corte Suprema.
Por qué la Cámara volvió a rechazar el planteo
Los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos, que integraron la mayoría, sostuvieron que el recurso extraordinario no cumplía con los requisitos formales exigidos para habilitar la instancia ante la Corte Suprema. Según explicaron, quien recurre por esta vía debe rebatir uno por uno todos los fundamentos de la decisión que impugna y demostrar que esa resolución contradice derechos de rango federal invocados como sustento del reclamo, algo que —a criterio de ambos magistrados— la fiscalía no logró acreditar.
Los jueces agregaron que tampoco advirtieron en el planteo una cuestión federal debidamente fundada ni un supuesto de arbitrariedad que, de manera excepcional, justificara abrir esa instancia extraordinaria. Con ese argumento, resolvieron declarar inadmisible el recurso, sin imponer costas.
La nueva disidencia de Borinsky
Como ya había ocurrido en junio, el juez Mariano Hernán Borinsky volvió a marcar una posición distinta a la de sus colegas. Para él, el recurso extraordinario sí había sido presentado en tiempo y por parte legitimada, y consideró que el Ministerio Público Fiscal había logrado demostrar la existencia de una cuestión federal, al estar en juego la garantía constitucional del debido proceso. Citó en su respaldo antecedentes de la Corte Suprema en las causas “Remolcoy” y “Almonacid” y concluyó que el remedio federal debía declararse admisible.
Sin embargo, al tratarse de una postura minoritaria dentro de la Sala, la resolución final —firmada también por el prosecretario de Cámara, Mariano González— fue la de declarar inadmisible el recurso y remitir la causa al tribunal de origen mediante pase digital.
El contexto del caso
Uballes fue condenado en 2010 por homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos reiterados, delitos cometidos mientras se desempeñaba como uno de los responsables del traslado de detenidos en el circuito ABO, bajo jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército. Los sobrevivientes lo señalaron por su particular crueldad y por obligar a las víctimas a invocar a Hitler durante las torturas, lo que le valió el apodo de “Führer” entre sus propios compañeros.
El otorgamiento de la libertad condicional, en diciembre pasado, generó un fuerte rechazo entre organismos de derechos humanos y familiares de víctimas, que remarcaron que el represor nunca reconoció la gravedad de sus crímenes y continúa justificándolos bajo la doctrina de la “obediencia debida”. Con este nuevo fallo, la fiscalía agota una vía más para revertir esa decisión, aunque el rechazo del recurso extraordinario no cierra necesariamente la discusión: el Ministerio Público Fiscal podría insistir con una queja directa ante la Corte Suprema.