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Un tribunal federal porteño condenó a hasta 22 y 10 años de prisión a los responsables de explotar sexualmente a cuatro menores de edad durante casi dos décadas. La causa había investigado también una posible asociación ilícita, pero el juicio no logró acreditarla y derivó en la absolución de dos de los cinco acusados. El exGran Hermano Marcelo Corazza quedó libre de los cargos por explotación sexual al haberse extinguido la acción penal por el paso del tiempo.

Sábado, 29 de agosto de 2026
Francisco Rolando Angelotti (de lentes y remera bordó) fue condenado a 22 años de prisión y Raúl Ignacio Mermet (atrás, de camisa blanca y saco azul), a 10 años. Ambos en la audiencia de inicio del debate en agosto de 2025. (Foto: Fiscales)

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de la Capital Federal condenó a 22 años de prisión a Francisco Rolando Angelotti (49) como autor de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores, en perjuicio de cuatro víctimas en situación de vulnerabilidad, tres de ellas menores de edad al momento de los hechos. El tribunal también lo consideró responsable de la tenencia de material de explotación sexual infantil, entre el que se encontraban representaciones de menores de 13 años.

Por los mismos hechos, Raúl Ignacio Mermet (48) recibió una pena de 10 años de prisión como partícipe necesario de trata de personas agravada, en perjuicio de un joven menor de edad y por haberse valido de su situación de vulnerabilidad. Las condenas coincidieron con lo solicitado durante los alegatos por el fiscal federal Nicolás Czizik, con la intervención del fiscal general Juan Patricio García Elorrio.

Absoluciones y prescripción

De los cinco imputados en la causa, tres fueron absueltos. Andrés Fernando Charpenet y Leandro Agustín Aguiar quedaron desvinculados tanto del cargo de asociación ilícita como de los de trata de personas, por lo que el tribunal ordenó su inmediata libertad y el levantamiento de las inhibiciones generales de bienes que pesaban sobre ellos.

El caso del productor televisivo Marcelo Corazza —conocido por haber ganado la primera edición de Gran Hermano en 2001— tuvo un desenlace distinto. El tribunal declaró extinguida por prescripción la acción penal en relación con los delitos de exhibiciones obscenas agravadas y promoción de la corrupción de menores que se le atribuían, en línea con lo pedido por la fiscalía, y lo absolvió también por un cargo de corrupción de menores vinculado a otra víctima.

Angelotti y Mermet, a su vez, fueron absueltos por prescripción respecto de delitos contra la integridad sexual que involucraban a otras cinco y cuatro víctimas, respectivamente, correspondientes a hechos anteriores a 2006. Los cinco acusados fueron además absueltos del cargo de asociación ilícita: pese a que la fiscalía había sostenido esa hipótesis durante la instrucción, el debate no permitió acreditar la existencia de una organización delictiva estructurada entre ellos.

El ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza fue sobreseido por prescripción (Foto: Fiscales) 

Lo que el tribunal tuvo por probado

Según la reconstrucción del debate, Angelotti captó y acogió a las cuatro víctimas menores de edad —tres de ellas desde antes de los 13 años— y las sometió a abusos sexuales de manera continuada durante años. Al momento de los allanamientos y las detenciones, en marzo de 2023, dos de las víctimas todavía eran menores de edad, mientras que las otras dos ya habían alcanzado la mayoría de edad. Mermet fue condenado por su participación en la trata de una de esas víctimas.

Los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Marcelo Machado Pelloni dispusieron, además, que Angelotti y Mermet paguen a cada una de las víctimas por las que fueron condenados una reparación equivalente a 20 salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenaron el decomiso de los dispositivos electrónicos secuestrados en un domicilio de Oberá, Misiones, y la comunicación de lo resuelto respecto de Angelotti al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El recorrido de la causa

La investigación se originó en octubre de 2022, a partir de una denuncia presentada ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) por una de las víctimas. En un primer momento tramitó en el fuero penal ordinario, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°48 y la fiscalía de Patricio Lugones, hasta que los allanamientos y las detenciones de marzo de 2023 permitieron secuestrar los dispositivos electrónicos que luego formaron parte de la prueba.

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó en mayo de 2023 los procesamientos, en una resolución que consideró la posible existencia de una organización dedicada a la trata y explotación sexual de varones menores de edad. La calificación legal de trata de personas motivó luego el traspaso de la causa al fuero federal, donde quedó radicada ante el Juzgado Federal N°4 con intervención de la Fiscalía Federal N°2 y la asistencia de PROTEX.

El juicio oral comenzó el 27 de agosto de 2025 y se desarrolló a puertas cerradas para resguardar la intimidad de las personas damnificadas. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 22 de octubre. Respecto de Aguiar y Charpenet, la fiscalía evaluará la posibilidad de recurrir las absoluciones.

 


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