La Justicia ordenó al Gobierno del Chaco regularizar en un plazo de 60 días la situación de una abogada que trabajó durante 12 años bajo el régimen de becas. El fallo reconoció su antigüedad desde 2014 y cuestionó el uso de modalidades precarias para cubrir funciones permanentes del Estado. La trabajadora había aprobado concursos para su pase a planta pero nunca la regularizaron.
Martes, 25 de agosto de 2026

El Juzgado Laboral 3 de Resistencia resolvió hacer lugar a la acción de amparo impulsada por una abogada y ordenó al Gobierno de la Provincia del Chaco regularizar su situación laboral mediante el pase a planta permanente en un plazo no mayor a 60 días.
El fallo, firmado el lunes por el juez Sergio Bosch, pone fin a una situación de vulnerabilidad formal que se extendió por más de doce años. A lo largo de dicho período, la profesional prestó servicios ininterrumpidos en distintas áreas del Estado bajo la figura de “becaria”, una modalidad irregular que fue calificada por el magistrado como una acción evasiva frente a los regímenes legales vigentes de ingreso a la administración.
Según pudo saber LITIGIO, la relación de la profesional con el Estado provincial comenzó en septiembre de 2014 a través del Ministerio de Desarrollo Social, mediante la asignación de una beca del programa de capacitación e inclusión para movimientos sociales. Con el transcurso de los años, las denominaciones de los programas fueron cambiando —pasando por “Promotores Territoriales” y “Más Inclusión”—, pero la naturaleza real de las tareas se mantuvo inalterable.
A pesar de figurar formalmente como personal becado, la trabajadora desempeñó labores puramente administrativas y asesoramiento legal altamente especializado. Su recorrido incluyó funciones en el Instituto del Defensor del Pueblo, la Línea 108 de atención a adultos mayores en situación de vulnerabilidad, la Subsecretaría de Gestión e Integración Social y la Guardia de Derechos Humanos, donde durante la pandemia debió cubrir turnos rotativos presenciales y telefónicos durante las 24 horas del día, inclusive fines de semana y feriados.
Al momento de promover la acción judicial, la abogada se desempeñaba como operadora profesional en el dispositivo de la “Línea 137”, enfocado en la contención y acompañamiento en emergencias a víctimas de violencia familiar y de género, cumpliendo extensas jornadas de trabajo técnico y directo con la ciudadanía.
Concurso aprobado
Un elemento determinante para el tribunal fue el hecho de que la amparista no se mantuvo inactiva a la hora de buscar regularizar su situación. De acuerdo con las constancias de la causa, la abogada participó activamente en los concursos públicos convocados por el propio Estado.
En el concurso convocado en 2018 aprobó la evaluación quedando ubicada en el orden de mérito, mientras que en un proceso de selección posterior realizado en 2023 aprobó los exámenes con una calificación sobresaliente del 90%.
Pese a sus esfuerzos y al cumplimiento de todas las exigencias formales, las autoridades estatales dilataron en forma indefinida su nombramiento, desestimando los reclamos administrativos presentados en 2021 y 2024. Ante este escenario, la trabajadora acudió a la justicia.
Contundente reproche
Al analizar los argumentos defensivos presentados por la Fiscalía de Estado provincial —que intentó justificar la improcedencia del amparo alegando potestades discrecionales del Poder Ejecutivo para nombrar personal—, el juez Bosch consideró absurda la posición oficial. La sentencia enfatiza que es el propio Estado el primer obligado a velar por la incorporación transparente mediante concurso público, impidiendo que la inacción administrativa pese negativamente sobre la trabajadora.
El fallo subraya que la reiteración sistemática de decretos y prórrogas de becas a lo largo de 12 años generó una expectativa cierta de estabilidad en el empleo. El magistrado concluyó que la Administración Pública Provincial se benefició deslealmente de la fuerza laboral de la profesional para cubrir tareas operativas estructurales, eludiendo indebidamente las previsiones de la Ley N° 1873-A y la Ley N° 292-A sobre regularización e ingreso estatal.
Alcance
El Gobierno de la Provincia del Chaco deberá dictar en 60 días el acto administrativo de pase a planta permanente, reconociendo la antigüedad de la agente desde el 1 de septiembre de 2014, sus categorías, asignaciones y bonificaciones correspondientes, además de integrar los aportes patronales y previsionales pendientes ante la caja laboral conforme a la Ley N° 800-H.
Con este decisivo pronunciamiento, la Justicia del Trabajo chaqueña sienta un precedente claro contra el uso desnaturalizado de becas y contratos precarios para cubrir funciones definitivas en la función pública, ratificando la primacía de la realidad laboral por encima de los formalismos administrativos.