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La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) promovió una acción amparo para declarar inconstitucionales 14 pliegos de candidatos a jueces federales enviados por el Poder Ejecutivo Nacional. Advierten sobre una maniobra que alteraría las reglas constitucionales para incrementar la discrecionalidad presidencial.

Martes, 25 de agosto de 2026

La contienda por la transparencia institucional y la independencia judicial suma un nuevo capítulo de alta tensión. La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) interpuso una demanda judicial con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad de 14 propuestas de candidatos a magistrados enviadas recientemente por el Ejecutivo Nacional para obtener el acuerdo del Senado.

Desde la organización señalan que las postulaciones incurren en una violación directa a la Constitución Nacional respecto al procedimiento de selección de jueces federales y nacionales.

La maniobra en debate: la “combinación” de ternas

El meollo del reclamo radica en la metodología aplicada por la Casa Rosada al momento de elevar las candidaturas resultantes de los concursos tramitados en el Consejo de la Magistratura de la Nación.

De acuerdo con el esquema trazado en la Constitución Nacional (artículo 99, inciso 4), el Consejo de la Magistratura elabora una terna vinculante de tres candidatos por cada vacante a cubrir, sobre la cual el Presidente de la Nación debe elegir un único nombre para someterlo al acuerdo de la Cámara Alta.

Sin embargo, ACIJ denunció que en los casos cuestionados el Poder Ejecutivo procedió a agrupar o “combinar” las ternas de varios juzgados en un mismo concurso, seleccionando más de un candidato proveniente de una sola terna y dejando otras completamente relegadas o sin utilizar.

Esta irregularidad afecta concretamente a 14 pliegos judiciales vinculados a los concursos 288, 324, 367, 417, 420, 422, 446, 452 y 463.

Un riesgo para la división de poderes

Desde la entidad advierten que esta metodología no es un mero formalismo técnico, sino una práctica que desdibuja los límites normativos impuestos al Presidente.

Al mezclar los integrantes de distintos ternas dentro de concursos acumulados, se amplía de forma indebida el abanico de postulantes a disposición del Poder Ejecutivo. Esto le otorga al Presidente una discrecionalidad desmedida para elegir nombres que no respetan la nómina original elaborada para una vacante específica, desvirtuando la función contrapesadora del Consejo de la Magistratura.

“Cuanto mayor es el número de vacantes que se agrupan en un concurso, mayor termina siendo la nómina artificial entre la que el Ejecutivo elige, eliminando el carácter verdaderamente vinculante que la Constitución asigna a cada terna individual”, sostienen desde la organización especialista en transparencia e institucionalidad.

El pedido a la Justicia y el rol del Senado

Frente a este escenario, ACIJ solicitó al fuero Contencioso Administrativo Federal que ordene al Poder Ejecutivo la suspensión y retiro de los 14 pliegos observados hasta tanto no se adecuen estrictamente al mandato legal y constitucional.

Asimismo, instaron al Senado de la Nación a abstenerse de prestar acuerdo a los pliegos cuestionados hasta que se resuelva el fondo del litigio judicial, con la premisa de garantizar la idoneidad, transparencia e independencia del servicio de justicia nacional.

 

 


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