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Durante las extensas rondas de alegatos que se desarrollaron este jueves y viernes en el Tribunal Oral Federal de Resistencia, todas las defensas pidieron la absolución de los imputados. El abogado de Walter Pasko, Nicolás Yagueddú Ginesta, aseguró que el alegato acusatorio enmarcó el caso en una defraudación al Estado que no fue llevada a juicio y que no probó la asociación ilícita fiscal ni el lavado. En tanto, el defensor de Fernando Ayala, apuntó contra Pasko y aseguró que sus clientes no habían tenido inconvenientes con ARCA antes de ser sus clientes. “Les generó deuda y los puso en un aprieto”, aseguró Pablo Vianello. Las audiencias continuarán el 27 de agosto, a las 8:30. 

Viernes, 21 de agosto de 2026

En primer lugar, expuso el abogado Nicolás Yagueddú Ginesta, defensor de Walter Pasko, quien señaló como primer fundamento que en la acusación había un “quiebre de congruencia” porque el requerimiento de elevación a juicio estableció como marco normativo al Régimen Penal Tributario por la presunta emisión de facturas apócrifas para la creación de crédito fiscal espurio, sin embargo durante los alegatos finales se hizo hincapié en “un supuesto hecho de defraudación al Estado a través de distintas formas de incumplimientos contractuales que no ha sido objeto de prueba de este proceso”.

“La emisión de facturas que aquí se le atribuye a Walter Pasko no es delito en términos del Régimen Penal Tributario (RPT), firmar balances de una sociedad a la que asesoraba contablemente como un servicio profesional no es un delito contemplado en el RPT, la defraudación al Estado por incumplimiento de obligaciones asumidas para conseguir un beneficio social o el otorgamiento de cualquiera sea el beneficio que otorgaba el IAFEP no es un delito vinculado al RPT”, aseguró.

“Todas las conductas achacadas a Walter Pasko en los términos de la asociación ilícita fiscal no pueden ser objeto de empresa criminal en la medida en que no constituyen, en los términos del principio de legalidad, un delito tipificado dentro del Régimen Penal Tributario”, insistió Yagueddú.

En ese contexto, advirtió que tanto la Fiscalía como la querella se apartaron de manera “intencional” del marco normativo del Régimen Penal Tributario porque los lineamientos del mismo “destruyen el argumento normativo de la imputación”. Precisó que a partir de la aprobación de la ley de Inocencia Fiscal se elevó el umbral mínimo necesario para que la evasión fiscal sea considerada punible.

“Se concentran en hablar de una supuesta defraudación que no nos interesa ni nos consta. No sabemos que (Mauro) Andión fue llevado a juicio por defraudación, no sabemos por qué defraudación, no sabemos si fue administración fraudulenta, si fue estafa. No tengo ni idea si el señor (Fernando) Ayala cumplió o no con los contratos que llevó a cabo por medio de la fundación; él dice que sí y la fiscalía no hizo nada para probar lo contrario. ¿Qué tiene que ver la defraudación que quieren instalar como idea de criminalidad con lo que es la asociación ilícita fiscal? No tiene nada que ver”, recalcó.

El defensor de Pasko insistió en que “ni la fiscalía ni la querella han fundamentado los hechos inicialmente atribuidos y en su lugar han fabricado nuevos hechos para justificar una calificación que no tiene nada que ver con el hecho creado, es decir, la defraudación”.

El abogado consideró que “es cierto que tendríamos que haber investigado la defraudación masiva de la que habló la señora Clelia Avila, la peor defraudación en la historia del Estado, 16 mil millones, dijo. Sí, es cierto, hay que investigarlo. Acá no, porque nunca se habló ni trajo a juicio la posibilidad de defraudación al Estado”.

Un sobreseimiento por evasión fiscal

Por otro lado, el abogado defensor de Pasko invocó el principio constitucional de “non bis in ídem” a partir del sobreseimiento de Pasko en una causa por evasión fiscal agravada por la utilización de facturas apócrifas entre 2019 y 2023 dictada por la Justicia Federal de Sáenz Peña tras la aplicación de la ley de Inocencia Fiscal.

Para Yagueddú, la fiscalía utilizó la idea de asociación ilícita como “amalgamiento de conductas” y no la de concurso de varios hechos, es decir que refirió a “un único hecho de asociación” por lo que consideró que el sobreseimiento dictado en favor de Pasko en aquella causa por asociación ilícita “excluye lisa y taxativamente que este tribunal se expida nuevamente en relación a ese antecedente histórico entendido como asociación ilícita”.

“El hecho ya fue juzgado, ya fue sobreseído. No es que se ponga en duda la idea de origen ilícito, está la confirmación expresa de licitud”, advirtió.

“La asociación ilícita fiscal no ha sido acreditada por la fiscalía, la defraudación no es parte de la asociación ilícita fiscal y el lavado de activos que se trata de vincular a la asociación ilícita fiscal por obvias razones no encuentra acreditado el estándar mínimo de licitud que se requiere para la consumación del ilícito: no se ha acreditado la existencia del ilícito precedente ni se lo ha propuesto como discusión”, subrayó.

“Se abusa de la idea autonomía en la acusación por lavado”

Por último, el abogado de Pasko advirtió que durante el alegato las partes acusadoras abusaron de la idea de “autonomía” incorporada al delito de lavado de activos para “prescindir totalmente de la fundamentación fáctica, jurídica y probatoria de lo que es el hecho precedente, sin lo cual no hay posibilidad de determinar la ilicitud del hecho precedente o lo que cree que puede ser constitutivo de un hecho precedente pasible de generar fondos que puedan ser puestos en circulación y entendidos en este sentido como el lavado de activos”.

“Acá no se habló en ningún momento del hecho precedente inicialmente imputado, que fue la asociación ilícita, y se gastó un montón de tiempo en generar o tratar de generar empatía del tribunal por la histórica y lamentable situación de pobreza que tiene el Estado y la mala utilización de fondos provenientes del IAFEP y no sé qué cosa más”, reflexionó Yagueddú.

“Lo que se pretende es procurar una condena por lavado de activos porque la fiscalía cree que tienen una raíz criminal o una raíz ilícita que fundamenta en la asociación ilícita fiscal que no la fundamenta probatoria ni normativamente y crea otro hecho que no tiene nada que ver con la asociación ilícita fiscal de la cual provendría el hecho del lavado de activos”, aseguró.

“La asociación ilícita fiscal no ha sido acreditada por la fiscalía, la defraudación no es parte de la asociación ilícita fiscal y el lavado de activos que se trata de vincular a la asociación ilícita fiscal por obvias razones no encuentra acreditado el estándar mínimo de licitud que se requiere para la consumación del ilícito: no se ha acreditado la existencia del ilícito precedente ni se lo ha propuesto como discusión”, subrayó.

Vianello: “Está acreditado que todo lo que se dio se hizo”

Este viernes fue el turno del alegato del abogado Pablo Vianello, defensor de Fernando Adrián Ayala, uno de los dos imputados considerados como jefe de la organización delictiva. Vianello pidió la absolución de su defendido y aseguró que no se logró acreditar que se hayan facturado obras que no se realizaron. En ese plano, el abogado señaló que la acusación cuestionaba la “capacidad operativa” de las fundaciones y cooperativas para realizar las obras. “Si estamos hablando de estos subsidios, de Aportes No Reintegrables, es justamente para llegar a las personas que no tienen empresas”, aseguró.

En otro tramo se refirió a uno de los casos presentados por el Ministerio Público Fiscal, el de la Fundación InserArte, en el que se mencionaba la solicitud de ANR para la construcción de corrales para criaderos de cerdos y pollos y Vianello reveló que se trataba de solicitudes de fondos, que en ese caso eran reiteradas, y que eso no implicaba que se hubieran concedido. “El Ministerio Público Fiscal no vio los corrales de cerdos y de pollo, porque no se les entregó el dinero”, afirmó.

“Paralelamente a esto hay una causa que se está llevando en la Fiscalía de Coordinación D con una investigación por fraude al Estado en donde hay infinidades de personas imputadas, en la cual tengo personas que están imputadas y tengo personas a las cuales le han sobreseído porque se ha podido demostrar que realizaron lo que dicen que no realizaron”, argumentó Vianello.
El abogado de Ayala insistió en que “necesitas hacer lo que te dijeron que tenés que hacer y demostrar que lo hiciste. Porque si vos no lo haces, te imputan en el fuero provincial”.

“De la única manera para demostrar que vos estafaste a alguien es demostrar que no hiciste lo que se te dijo que haga. Y acá está acreditado que todo lo que se dio se hizo”, aseguró.

Con respecto al crecimiento patrimonial de Ayala, su abogado defensor señaló que “vienen a hablar de un departamento que misteriosamente le pusieron un monto. Supongamos que sea ese el monto. ¿Y cuál es? A lo sumo es algo que no declaró, es una evasión fiscal”.

“Pero si de ahí pretendemos decir que en base a eso es lo que a nosotros nos hace presumir ese crédito fiscal ficticio, espurio, venía ahí. Toda la plata que recibía el señor Ayala venía por el Banco del Chaco. Toda la plata que recibían las fundaciones, lo que se hacían de transferencias entre cuentas particulares, nada de eso es delito”, aseguró Vianello.

“Acá lo que estamos juzgando es el origen ilícito de ese supuesto dinero que se ve en el vídeo. ¿Cuál es el origen ilícito? Y yo no lo sé. Lo único que queda acreditado en esta etapa es que tienen indicios. Ni siquiera indicios. Yo creo que tienen más suposiciones que indicios”, agregó.

“Pasko les generó deuda y los puso en un aprieto”, aseguró el defensor de Fernando Ayala

Vianello aseguró que la relación de Ayala con el contador Pasko fue como “cliente” de su estudio contable y que la facturación era realizada por Pasko, utilizando las claves fiscales como la María José Reinau, entre otros. También reveló que Ayala terminó siendo cliente de Pasko tras el fallecimiento de su anterior contador, César Zibecchi.

“Cuando llega el primer allanamiento, Ayala toma conocimiento. Y lo primero que hace María José (Reinau), porque ya ahí obviamente se habían dado cuenta de que Pasko no era la persona que ellos pensaban, y no digo por una cuestión de que sea Pasko una mala persona, sino que digo que no le había cumplido con lo que ellos le habían encomendado en la tarea contable, porque le generó deuda y los puso en un aprieto”, describió el abogado.

Sin embargo, aseguró que no está acreditado que Ayala haya captado gente o clientes para Pasko y tampoco ARCA ni el Ministerio Público Fiscal le endilgan a Ayala la realización de facturas truchas. “Si hubiese una realización de facturas truchas, tiene un objetivo, tiene por ejemplo hacerse de un crédito o un débito espurio”, reflexionó.

Vianello reveló que “siempre el requerimiento a Pasko era: ‘tengo que hacer esto. No te preocupes, yo lo hago, yo soluciono’. Y la verdad que solucionaba. Era expedito, en este caso el consultor externo, en este caso el contador, solucionaba el problema. Solucionaba el problema momentáneo. Quedaba bien, ganaba su dinero, pero a partir de ahí eso va generando y empiezan a generar las deudas”. En ese contexto, el abogado reveló que Ayala ya venía trabajando con cooperativas antes de contratar a Pasko como contador y nunca había detenido inconvenientes ni observaciones por parte de ARCA.

“Todas las acusaciones no tienen sustento probatorio en acreditar que el delito precedente para el lavado de activos sea o haya sido la facturación apócrifa por lo menos, por lo menos en cabeza de Ayala -Reinau y su familia”, aseguró el defensor de Ayala.

“Queda como que le robamos al Estado y que las cosas no se hicieron. Y las cosas fueron todas rendidas”, reclamó Vianello, y recordó que “no hay una sola escucha telefónica donde Ayala hable con Pasko sobre facturas apócrifas o algo similar, o crédito espurio o dinero o lo que sea que no tenga que ver con la relación de cliente y contador que tenían”.

Con respecto al polémico video del interior del departamento de la avenida Sarmiento donde se ve a Ayala y a otras personas contar fajos de dinero, Vianello explicó que “esa plata era la que se retiraba por el Banco del Chaco. De hecho están todos los extractos bancarios. Yo no sé por qué no lo pidieron en la investigación anteriormente. Porque si vos querés acreditar el dinero, lo primero que hacés es pedir un informe al Banco Central a ver qué tienen, qué fundación tienen. Sí veían todos en las redes sociales. Los extractos bancarios no era una prueba que les pueda servir porque yo de esa manera acreditaba desde dónde venía”.

“Las carpetas del IAFEP o todos los trámites del IAFEP tampoco sirven para la acusación porque ahí queda demostrado lo que acabo de mostrar, que las carpetas existen, el dinero se recibió, que lo que no se hizo no se hizo porque no se pagó, porque no se entregó el dinero, y que las cosas que nos dieron para el fin, que nos otorgaron el dinero, todo se realizó”, subrayó el abogado de Ayala.

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