La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 3 de la Ciudad de Buenos Aires que, a pedido de la querella de la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, y del fiscal Mario Villar, denegó la suspensión del juicio a prueba a un vendedor ambulante imputado por los incidentes ocurridos en el Senado de la Nación durante la represión a manifestantes contra la ley Bases. La vicepresidenta quiere utilizar el juicio oral para fijar “lo permitido y lo no permitido” en una protesta social.
Martes, 18 de agosto de 2026

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la defensa de un vendedor ambulante imputado tras la represión desplegada durante la manifestación contra la Ley Bases en las inmediaciones del Congreso. Con esta decisión, el tribunal confirmó el rechazo a la suspensión del juicio a prueba (probation) y respaldó la pretensión de la fiscalía y de la querella ejercida por la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, de instrumentalizar el proceso penal como una plataforma de disciplinamiento social.
En un fallo unipersonal firmado este martes 18 de agosto por el juez Gustavo Hornos, al que tuvo acceso LITIGIO, Casación convalida el criterio del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3, que había justificado la denegatoria aduciendo la necesidad de llevar a cabo un debate oral para fijar “lo permitido y lo no permitido” en las movilizaciones populares. Al manifestante se le atribuyen los delitos de intimidación pública y atentado contra la autoridad agravado por el testimonio de un efectivo policial. Sin embargo, la resolución omitió valorar que el joven carece de antecedentes, tiene arraigo verificado y que, pese a su precaria situación económica, ofreció $250.000 reunidos con ayuda familiar junto con la realización de tareas comunitarias.
Derecho penal de autor” y castigo ejemplar
El fallo incurre en una severa contradicción al desatender la prueba audiovisual aportada por la abogada defensora Myriam Elizabeth Espinoza. Los registros fílmicos muestran al manifestante acorralado en una esquina sin agredir a las fuerzas de seguridad, exactamente en la misma escena y circunstancias que otro manifestante, quien fue sobreseído por la propia Justicia en base a ese mismo video.
El tribunal no fundamentó las razones de este trato procesal discriminatorio ni por qué ignoró un elemento probatorio que desmiente la versión policial. Al soslayar el examen individual de la conducta y la situación del imputado, la Cámara de Casación sustituyó el principio de culpabilidad por un derecho penal de autor de sesgo ejemplificador.
El Estado abandona la reparación para elegir la punición
Uno de los pasajes más reveladores de la resolución de Casación es cuando admite que, al negarse a la probation para fijar los límites de la protesta, la propia víctima (el Senado de la Nación) “abandona cualquier pretensión reparatoria propia del conflicto primario” para convertirse en impulsora de una “sanción ejemplificadora y preventiva”.
La resolución desnaturaliza los fines de la probation —diseñada constitucionalmente como una herramienta de economía procesal, solución pacífica de conflictos de menor entidad y evitación de la estigmatización penal— y convierte al debate oral en un escenario de aleccionamiento institucional.
Al convalidar que se rechace un mecanismo alternativo solo para “sentar postura” sobre qué protestas son aceptables y cuáles no, el Poder Judicial de la Nación instrumentaliza las garantías individuales de un trabajador precarizado y coloca al derecho penal como un brazo amedrentador del derecho a la protesta social.