El jefe de la bancada del Frente Chaqueño en la Legislatura provincial sostuvo que el endeudamiento de la provincia no puede analizarse tomando como único punto de partida el financiamiento autorizado en 2016. Planteó revisar los antecedentes administrativos, fiscales y judiciales de las obligaciones que luego debió afrontar el Estado chaqueño.
Viernes, 14 de agosto de 2026

El diputado provincial por el Frente Chaqueño Nicolás Slimel planteó que el debate sobre la deuda pública del Chaco no puede reducirse al endeudamiento autorizado en 2016, sino que debe contemplar los antecedentes fiscales, administrativos y judiciales que dieron origen a distintas obligaciones que, con el paso de los años, terminaron impactando sobre las finanzas provinciales.
El legislador puso particularmente el foco en las administraciones de Ángel Rozas y Roy Nikisch, al sostener que durante esos períodos se generaron y consolidaron pasivos que, en algunos casos, derivaron en reclamos administrativos, procesos judiciales, sentencias y obligaciones que debieron ser afrontadas por gestiones posteriores.
El planteo abre así una discusión que excede la disputa política coyuntural: determinar cuándo se originó cada obligación, qué decisiones administrativas le dieron origen, qué procesos judiciales intervinieron y qué administración terminó afrontando sus consecuencias.
Una deuda con antecedentes anteriores a 2016
Según el planteo de Slimel, presentar el endeudamiento autorizado en 2016 como el origen de la problemática financiera provincial implica dejar fuera del análisis una serie de obligaciones que el Estado chaqueño ya arrastraba de períodos anteriores.
En ese contexto, el legislador hizo referencia a la autorización legislativa para la toma de financiamiento por hasta 250 millones de dólares, aunque aclaró que el análisis histórico de la deuda requiere distinguir esa operación de otras obligaciones que ya pesaban sobre las cuentas provinciales.
En particular, recordó la Ley 2444-F —antes Ley 7782—, sancionada el 25 de abril de 2016, mediante la cual se autorizó al Poder Ejecutivo provincial a contraer empréstitos por hasta $4.000 millones, o su equivalente en moneda extranjera.
Según surge del texto de la norma, esos recursos estaban destinados a afrontar el pago de sentencias judiciales originadas en el R.858/91 del Superior Tribunal de Justicia, obligaciones vinculadas al Tribunal de Cuentas y municipios, además del pago y financiamiento de obras públicas, obras destinadas a pueblos originarios, obras a ejecutar por los municipios y la construcción del edificio del Poder Legislativo.
La ley fue sancionada durante el período legislativo de 2016, con una composición mayoritariamente radical en la Cámara de Diputados, y en conjunto con el Poder Ejecutivo impulsó la autorización para acceder a ese financiamiento.
Slimel también señaló una dificultad para reconstruir el proceso legislativo: sostuvo que actualmente no se encuentra disponible en los registros de sesiones actualizados la sesión en la que se aprobó la norma, lo que impide, por el momento, consultar la versión taquigráfica y conocer con precisión cómo se desarrolló el debate y la votación.
Para el diputado, esta información resulta relevante porque permite diferenciar entre tres momentos que no necesariamente coinciden: el origen de una obligación, su reconocimiento administrativo o judicial y el momento en que finalmente debe ser afrontada por el Estado.
El componente judicial
El planteo adquiere especial relevancia cuando se trata de obligaciones que fueron judicializadas y terminaron con sentencias firmes.
Desde el punto de vista jurídico, un cambio de gobierno no extingue las obligaciones del Estado. La Provincia mantiene su personalidad jurídica y debe responder por los compromisos que hayan sido reconocidos judicialmente, independientemente de la administración que se encuentre al frente del Poder Ejecutivo al momento de su cancelación.
Por eso, Slimel sostuvo que para comprender la situación financiera actual resulta necesario revisar los antecedentes de las distintas gestiones y establecer qué obligaciones fueron generadas, reconocidas, consolidadas, judicializadas o refinanciadas durante cada período.
La reconstrucción permitiría diferenciar, por ejemplo, entre una obligación originada durante una gestión y una deuda que fue reconocida judicialmente y cancelada muchos años después por otra administración.
Rozas y Nikisch, en la reconstrucción histórica
El planteo del diputado vuelve la mirada hacia las gestiones radicales de Ángel Rozas y Roy Nikisch, cuyos períodos de gobierno forman parte de la historia financiera que, según Slimel, debe ser reconstruida para comprender el origen de determinados pasivos provinciales.
La discusión, desde esta perspectiva, no pasa únicamente por determinar quién tomó un crédito, sino por reconstruir el recorrido completo de cada obligación: su origen, las decisiones administrativas que la generaron, los eventuales reclamos, los procesos judiciales, las sentencias dictadas y las posteriores decisiones destinadas a financiar, refinanciar o cancelar esos compromisos.
De esta manera, el análisis de la deuda requiere observar el proceso completo y no solamente el momento en que una determinada administración formalizó una operación de crédito.
Una discusión que necesita documentación
Para Slimel, el debate sobre la deuda pública provincial debería superar las acusaciones cruzadas y avanzar hacia una reconstrucción documentada de las obligaciones asumidas por el Estado chaqueño.
Eso implica revisar expedientes judiciales y administrativos, sentencias, resoluciones, contratos, mecanismos de actualización y operaciones de financiamiento que permitan establecer con precisión cómo se conformó el pasivo provincial y en qué momento se originó cada obligación.
La deuda pública del Chaco, desde esta perspectiva, no responde necesariamente a una única decisión ni puede atribuirse exclusivamente a una sola administración. Es el resultado de un proceso acumulativo en el que confluyen decisiones políticas, obligaciones administrativas, conflictos salariales, litigios judiciales, sentencias firmes y operaciones de crédito.
En ese marco, el planteo de Nicolás Slimel instala una pregunta central para la discusión sobre las cuentas públicas chaqueñas: ¿cuál es el origen jurídico y financiero de cada una de las obligaciones que hoy pesan sobre las cuentas de la Provincia?
La respuesta, sostiene el legislador, requiere algo más que una disputa política: exige revisar la documentación disponible y reconstruir, obligación por obligación, la historia de cada pasivo provincial.