El Juzgado Civil y Comercial de Nº 3 de Resistencia condenó al ex HSBC Bank Argentina (actualmente Banco Galicia) a pagar 9.000.000 de pesos a un cliente al que había reportado como deudor “irrecuperable” ante el Banco Central, pese a que gran parte de la deuda se originó en consumos en dólares que el hombre nunca reconoció. La jueza consideró que el banco no logró explicar por qué aceptó algunos reclamos y rechazó otros, y que esa falta de respuesta le impidió al cliente acceder a un crédito para comprar un auto.
Martes, 11 de agosto de 2026

La titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 3, María Cristina Ramírez, hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios que un cliente del ex banco HSBC (adquirido por Banco Galicia), con más de diez años de antigüedad en el banco, había iniciado tras detectar en enero de 2023 una serie de consumos en dólares en su tarjeta Mastercard que aseguró no haber realizado.
El fallo, al que tuvo acceso LITIGIO, fue dictado el 7 de agosto y condena a la entidad a pagar 3.000.000 de pesos por daño moral y 6.000.000 de pesos por daño punitivo, con más intereses.
Según relató el demandante, apenas detectó los cargos desconocidos se presentó ante el banco y rechazó formalmente cada operación. El exHSBC liquidó, sobre esos consumos, impuesto PAIS y percepciones de AFIP, y el hombre optó por seguir pagando únicamente lo que efectivamente había consumido en pesos. Sin embargo, mes tras mes, los resúmenes continuaron mostrando saldos deudores, intereses de financiación e intereses punitorios sobre una deuda que el cliente sostenía no había generado.
El conflicto se extendió durante todo 2023 y buena parte de 2024: reclamos presenciales, telefónicos y por correo electrónico se sucedieron sin que el banco explicara con claridad qué consumos reconocía, cuáles rechazaba y por qué. Mientras tanto, la deuda pasó al sector de cobranzas y el cliente empezó a recibir intimaciones de pago constantes, incluso de empresas de cobranza externas contratadas por la entidad.
La situación escaló cuando el hombre intentó comprar un auto en una concesionaria de Resistencia y pidió financiar la diferencia con un crédito. Ahí descubrió que el exHSBC lo había informado ante el Banco Central en situación crediticia 3 (“con problemas”), lo que le impidió acceder al préstamo. Meses después, ya iniciada la demanda, el banco lo recategorizó en situación 4 (“riesgo alto”) y, para cuando se dictó la sentencia, su situación había empeorado a categoría 5: “irrecuperable”.
Por qué falló la jueza en contra del banco
En su defensa, el exHSBC sostuvo que había cumplido con su deber de informar sobre buenas prácticas de seguridad y que, en todo caso, el cliente también tenía el deber de cuidar sus datos personales. También reconoció que analizó los consumos desconocidos, pero remarcó que solo hizo lugar a “algunos” de esos reclamos.
Fue justamente ese punto el que la jueza señaló como el problema central: el banco nunca explicó por qué reconoció algunos consumos y rechazó otros, ni acreditó que las operaciones cuestionadas hubieran sido efectivamente realizadas por el cliente. Ramírez recordó que, según la Ley de Tarjetas de Crédito, la entidad tiene la obligación de responder cada impugnación dentro de los plazos legales y de aportar los comprobantes que avalen sus decisiones, algo que el exHSBC no hizo en el expediente.
La sentencia también aplicó el principio protectorio del derecho del consumidor y el criterio de “in dubio pro consumidor”: ante la duda, la interpretación debe favorecer a la parte más débil de la relación. Además, remarcó que sobre los bancos recae una responsabilidad objetiva por el deber de seguridad hacia sus clientes, lo que significa que no hace falta probar negligencia: alcanza con que se demuestre que se incorporaron al resumen operaciones ajenas al titular.
Los montos de la condena
La jueza consideró que el cliente sufrió una “zozobra espiritual” y una pérdida de tiempo que excede lo tolerable, agravada por las consecuencias de figurar como deudor irrecuperable ante el sistema financiero. Por eso fijó el daño moral en 3.000.000 de pesos. Para el daño punitivo —una figura pensada para desalentar conductas empresariales reprochables— tomó en cuenta que el banco nunca actuó con diligencia para resolver el problema y fijó ese rubro en 6.000.000 de pesos. Las costas del juicio quedaron a cargo del exHSBC, al que además la jueza le reguló honorarios a los abogados de ambas partes por un total de más de 7 millones de pesos.