La iniciativa del diputado Nicolás Slimel propone crear un régimen de refinanciación para familias chaqueñas con dificultades para afrontar sus deudas. El proyecto contempla tasas fijas de hasta el 35%, plazos de al menos 24 meses y cuotas que no superen el 30% de los ingresos familiares.
Sábado, 8 de agosto de 2026

El diputado provincial del Frente Chaqueño, Nicolás Slimel, presentó un proyecto de ley para crear el Programa Provincial de Desendeudamiento Familiar y Personal. La iniciativa busca ofrecer una salida financiera a los hogares y personas en situación de vulnerabilidad crediticia mediante líneas de crédito especiales de refinanciación, destinadas a unificar compromisos por tarjetas de crédito, préstamos personales y adelantos de haberes en una sola cuota accesible.
La propuesta contempla que la herramienta sea canalizada a través del Nuevo Banco del Chaco, ampliando la adhesión voluntaria a otras entidades bancarias, financieras, cooperativas y proveedoras de crédito. Como incentivo para las instituciones participantes, la iniciativa establece un beneficio fiscal que otorga una reducción del 50% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto a los intereses cobrados en el marco del programa.
Para acceder al régimen se establecen pautas específicas de elegibilidad. Los solicitantes deberán acreditar domicilio real en la provincia con una antigüedad mínima de dos años, ingresos del grupo familiar inferiores a diez Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y que los servicios de deuda superen el 30% del ingreso neto.
Asimismo, deberán registrar deudas con atrasos de entre 60 y 180 días o estar calificados en Situación 2 o 3 en la Central de Deudores del Banco Central. La propuesta abre expresamente la puerta a trabajadores informales, independientes y emprendedores sin recibo de sueldo, cuya capacidad de pago podrá demostrarse por medios alternativos como informes sociales o movimientos bancarios.
Las condiciones generales fijan una Tasa Nominal Anual fija con un tope máximo del 35%, plazos de devolución de al menos 24 meses y una cuota que no podrá exceder el 30% de los ingresos familiares. Los fondos no se entregarán en mano al beneficiario, sino que la entidad otorgante cancelará las acreencias de forma directa por transferencia o compensación bancaria. Asimismo, quedan excluidos de la norma los titulares de más de una propiedad, de vehículos de menos de cinco años de antigüedad no vinculados al trabajo, de embarcaciones o de activos financieros líquidos superiores al monto adeudado.
Esquema de protección
El articulado contiene además un esquema de protección crediticia especial dirigido a personas con discapacidad o que tengan familiares a cargo bajo dicha condición. Para este segmento se dispone una Tasa Nominal Anual fija que no podrá superar el 25%, plazos mínimos de 36 meses, cuotas que no excedan el 25% de los ingresos y la posibilidad de acceder a períodos de gracia de hasta tres meses. Para este colectivo, el banco provincial deberá reservar al menos un 20% del cupo total del programa y las entidades privadas que les otorguen créditos tendrán una exención del 75% en Ingresos Brutos.
En sus fundamentos, la iniciativa menciona como antecedente técnico la Ley 6.959 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada en junio de 2026. También toma en cuenta los resultados de la línea de consolidación que impulsó el Nuevo Banco del Chaco entre 2025 y principios de 2026, la cual permitió unificar pasivos a más de 5.700 clientes por cerca de 48.000 millones de pesos. El texto prevé un plazo de inscripción inicial de 120 días corridos prorrogables —ampliado a 180 días para el cupo especial por discapacidad— a partir de su reglamentación.