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La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná desestimó las nulidades presentadas por la defensa de Miguel Ángel Galeano, Juan Ignacio Aleman y Jorge Enrique Echeverría, investigados por delitos de lesa humanidad cometidos en la zona de Concordia. La resolución se conoce en medio de intensos reclamos de organismos de derechos humanos y de la querella de la familia del soldado conscripto desaparecido Jorge Papetti, quienes vienen exigiendo celeridad judicial a casi medio siglo de los crímenes de la dictadura en Concordia y cinco de iniciada la investigación preliminar. 

Viernes, 31 de julio de 2026

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná ratificó la validez de la investigación que se sigue contra Miguel Ángel Galeano, Juan Ignacio Aleman y Jorge Enrique Echeverría por crímenes de lesa humanidad cometidos en Entre Ríos. El tribunal rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de los acusados y respaldó lo actuado en la instancia de instrucción, despejando los obstáculos procesales en un expediente marcado por constantes demandas de celeridad por parte de las víctimas y organismos de derechos humanos.

La resolución, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada este viernes 31 de julio, y lleva las firmas de los jueces Mateo Busaniche y Cintia Gómez, de la Cámara Federal de Paraná. En la misma, los camaristas desestimaron enfáticamente los planteos de la defensa y coincidieron plenamente con la postura de la Fiscalía General. Los magistrados recordaron que las nulidades procesales son de carácter excepcional y restrictivo, y que solo proceden cuando existe un perjuicio concreto sobre los derechos fundamentales, condición que de ninguna manera se verificó en estas actuaciones.

El fallo judicial cobra trascendencia en un contexto de fuerte movilización social e institucional. Recientemente, la querellante María Ema Papetti junto a la agrupación Familiares y Amigos de Detenidos Desaparecidos y Ex Presos Políticos de Concordia presentaron un pronto despacho solicitando avances concretos ante la paralización que sufrió la causa durante años por el recambio de jueces subrogantes. Las agrupaciones vienen advirtiendo que el paso del tiempo favorece la impunidad y reclamando definiciones sobre la situación procesal de los acusados a casi cincuenta años de los hechos.

Una causa, dos hechos 

La causa aborda dos tramos fácticos del accionar represivo ejecutado en la provincia bajo el mando del Área Militar 225. Por un lado, se investiga el secuestro, tortura y abuso sexual sufrido en 1977 por un grupo de trabajadores de nacionalidad uruguaya capturados en el Hostal del Río de Concordia. Por otro lado, la causa abarca la privación ilegítima de la libertad y posterior desaparición del conscripto Jorge Emilio Papetti, secuestrado mientras cumplía el servicio militar obligatorio en el Regimiento de Tiradores Blindados 6 de Concordia.

En el expediente judicial consta que las autoridades militares le mintieron durante años a la familia Papetti afirmando que el joven soldado se había fugado de la unidad militar y que revestía la condición de desertor. Sin embargo, en juicios previos como la causa “Appiani” se demostró que el conscripto fue víctima de un secuestro sistemático y que falleció a causa de las sesiones de tortura a las que fue sometido, montaje tras el cual se fraguó un falso operativo de evasión en la Ruta Nacional 18 para encubrir el crimen.

Ante la contundencia de las imputaciones, la defensa de Aleman, Echeverría y Galeano —quienes integraban el área de Inteligencia del Regimiento de Concordia— interpuso un recurso exigiendo la nulidad del requerimiento de instrucción. Su argumento central indicaba que la imputación vulneraba la garantía constitucional contra la autoincriminación, ya que se habría basado en antiguas declaraciones vertidas por los acusados ante la justicia militar y la justicia ordinaria sin asistencia letrada.

No obstante, los jueces de Cámara Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gomez desestimaron enfáticamente los planteos de la defensa y coincidieron plenamente con la postura de la Fiscalía General. Los magistrados recordaron que las nulidades procesales son de carácter excepcional y restrictivo, y que solo proceden cuando existe un perjuicio concreto sobre los derechos fundamentales, condición que de ninguna manera se verificó en estas actuaciones.

El fallo fundamentó que la acusación fiscal no se erige sobre las viejas manifestaciones de los encausados, sino sobre un sólido y autónomo plexo probatorio. Entre los elementos que sustentan el avance del proceso se destacan los testimonios directos de las víctimas, la compulsa de los libros históricos del Regimiento, los legajos personales de los agentes y los registros de la Jefatura Departamental de Concordia que acreditan que Aleman y Echeverría eran los encargados de recibir a los prisioneros.

Asimismo, la Cámara aclaró que las antiguas menciones sobre el relato militar de la fuga del conscripto no constituyeron una prueba de cargo contra los imputados, sino una cita técnica necesaria para contextualizar la maniobra de encubrimiento histórico perpetrada por la estructura represiva. Con la confirmación de la validez de las actuaciones, la causa queda habilitada para que la justicia de primera instancia resuelva de forma definitiva la situación procesal de los acusados.


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