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La Cámara Federal de Posadas confirmó el procesamiento de Nilda Dammer por trata de personas. Se trata de la expareja de Benito Pereira y la madre de Cristian Pereira, quienes también se encuentran procesados por trata de personas contra la misma víctima, a quien habrían sometido a tratos absolutamente degradantes durante años. Desde la detención de su hijo, la mujer encabezó diversas movilizaciones en la capital misionera y en la Ciudad de Buenos Aires exigiendo la liberación de sus familiares y es una de las abanderadas en Misiones del proyecto de ley para penalizar las “falsas denuncias”. 

Viernes, 31 de julio de 2026
Nilda Dammer en una movilización contra las “falsas denuncias” (Foto: Captura Misiones On Line)

Casi ocho años después de los hechos que investiga, la Justicia Federal de Misiones dio un paso más en la causa que tiene a Nilda Dammer, alias “Lila”, como una de las acusadas de haber integrado una red de explotación sexual que operó en Posadas entre 2018 y 2019. Este jueves 30 de julio, la Cámara Federal de Apelaciones de la capital misionera confirmó el procesamiento sin prisión preventiva dictado contra la mujer y rechazó el recurso presentado por su defensa, que había pedido su sobreseimiento o, al menos, la falta de mérito.

El tribunal, integrado por los jueces Ramón González, Juan Manuel Iglesias y Rubén Quiñones, sostuvo que la resolución apelada contiene una valoración “razonada y ajustada a derecho” de la prueba reunida durante la instrucción, y que no se advierte en ella ningún signo de arbitrariedad. Con este pronunciamiento, la causa avanza hacia un eventual juicio oral, aunque restan las instancias recursivas que puedan agotar las partes. En ese sentido, la Cámara advirtió que será en esa instancia donde recién se discutirá “con carácter definitivo” la imputación jurídico-penal.

El expediente identifica además a su ex pareja Benito Pereira y a su hijo Cristian Pereira como los otros dos investigados en la misma trama. Ambos se encuentran detenidos y con procesamientos confirmados desde enero de 2026. A Benito Pereira, quien fuera pareja de la víctima a la que llevaba 20 años de diferencia de edad, se le imputa que captó y acogió a la joven para explotarla económicamente a través de la prostitución forzada, ejerciendo violencia física, psicológica y amenazas constantes tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en Posadas. Por su parte, su hijo Cristian Pereira fue procesado por haber participado activamente en el traslado, retención y explotación de la víctima durante un período en que su padre estuvo detenido, sumando además la imputación por abuso sexual gravemente ultrajante.

Cristian y Benito Pereira (Foto: Gentileza Infobae)

Una casa cerca de la Escuela 548

La causa se inició en septiembre de 2024, cuando M.B.N. se presentó ante la División Trata de Personas de la Policía de Misiones para relatar lo que había vivido años antes. Según su testimonio, había viajado a Buenos Aires en 2012 junto a Benito Pereira y comenzó a trabajar en un boliche llamado “La Taquita”, donde —relató— era obligada a mantener relaciones sexuales con clientes.

Esa etapa de explotación en la Ciudad de Buenos Aires derivó en una causa aparte por trata de personas, tras la cual Pereira permaneció detenido en Gendarmería Nacional. Fue en ese contexto que, en octubre de 2018, la víctima fue trasladada desde Buenos Aires hasta Posadas por Adriana Susana Matías, cuñada de Pereira, con la promesa de reencontrarla con su familia.

Ese reencuentro nunca ocurrió. Según reconstruyó el tribunal a partir de la declaración de la joven en Cámara Gesell, al llegar a una estación de servicio de la calle Uruguay la esperaban Nilda Dammer y su hijo, Cristian Pereira. De ahí la llevaron a una vivienda de la avenida Tomás Guido al 5400, a metros de la Escuela Provincial N° 548, donde permanecería retenida casi un año.

Captación y acogimiento, según el Código Penal

Los jueces encuadraron la conducta de Dammer en los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal, que tipifican la trata de personas agravada por el uso de violencia, amenazas e intimidación y por el abuso de una situación de vulnerabilidad. Según el fallo, la mujer incurrió en dos de las acciones típicas del delito: la captación, al ir a buscar a la víctima a la estación de servicio con la promesa falsa de devolverla con su familia, y el acogimiento, al alojarla en su domicilio y retenerle allí la documentación, el celular y el dinero que llevaba consigo.

El tribunal describió un esquema en el que la víctima quedó completamente aislada: sin contacto con su entorno familiar, sin acceso al baño de la casa —que, según su relato, le estaba vedado por “no ser para gente como ella”— y bajo vigilancia permanente de Dammer y su hijo, quienes se turnaban para acompañarla en cada salida.

De acuerdo con la reconstrucción judicial, a la víctima se le exigía mantener relaciones sexuales con varios hombres por día —”a veces eran siete, a veces eran ocho”, relató— cuyo pago recibían indistintamente Dammer o Cristian Pereira. Los jueces señalaron que ese dinero era presentado por la propia imputada como destinado a solventar la construcción de su vivienda y los gastos del hogar.

El uso de las visitas carcelarias

Uno de los elementos de prueba que el tribunal destacó fue el cruce de información entre el libro de guardias del Escuadrón N° 50 de Gendarmería Nacional y los movimientos de la víctima. Según ese registro, entre noviembre de 2018 y abril de 2019 M.B.N. visitó a Benito Pereira en al menos 38 oportunidades: nueve veces sola, diecinueve acompañada por Cristian Pereira y diez por la propia Nilda Dammer, quien en todas esas ocasiones constituyó domicilio en la casa de la avenida Tomás Guido. La causa también incorpora un informe de Gendarmería sobre el análisis de listados telefónicos que, según el tribunal, ubica a la víctima en las inmediaciones de ese domicilio durante todo el período investigado.

Foto: Gentileza Misiones On Line

Otro de los tramos del testimonio que el fallo recoge —y que la Cámara utilizó para fundamentar la agravante por abuso de una situación de vulnerabilidad— es el relato de la víctima sobre el embarazo que tuvo durante su cautiverio. Según declaró, le exigieron quedar embarazada “lo más pronto posible” cuando Benito Pereira obtuvo el arresto domiciliario, porque —le dijeron— así lo había aconsejado el abogado de la familia para evitar que le colocaran una tobillera electrónica.

La joven relató además que, tras confirmarse que el bebé sería una nena, escuchó a los acusados discutir sobre qué hacer con la criatura una vez naciera: mientras Cristian Pereira planteaba que no podían quedarse con ella, Dammer habría respondido que sí, porque la niña representaría “otro ingreso más de dinero”.

La perspectiva de género como eje de la resolución

Antes de analizar los agravios de la defensa, la Cámara dedicó un tramo extenso del fallo a fijar el marco normativo bajo el cual debía evaluarse la causa. Citó la Convención de Belém do Pará, la ley 26.485 de protección integral contra la violencia hacia las mujeres y las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad, e invocó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber estatal de actuar con “debida diligencia” frente a estos casos.

Con ese marco, el tribunal rechazó uno por uno los planteos de la defensa técnica de Dammer, que había cuestionado tanto la motivación del procesamiento como la valoración de la prueba, alegando que el juez de instrucción había partido de “convicciones personales” y descartado arbitrariamente elementos que —según sostuvo el recurso— contradecían la hipótesis acusatoria. Para los camaristas, en cambio, el procesamiento se apoyó en un “cúmulo probatorio” que excede ampliamente el testimonio de la víctima, e incluye pericias psicológicas, informes de la Coordinación Nacional de Rescate y Acompañamiento a Víctimas de Trata, y declaraciones de testigos que corroboran el relato.

 


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