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Un masivo ingreso automatizado de escritos en Chile abrió un inédito debate regulatorio sobre el uso de tecnología en los tribunales y la protección de los representados. El abogado y profesor de derecho constitucional, Adrián Buffone, analiza por qué prohibir la IA no es la solución y advierte sobre los vacíos normativos que también afectan a la Argentina.

Jueves, 30 de julio de 2026

Por Adrián Buffone*

El sábado 25 de julio, el sistema informático de tramitación civil chileno detectó algo que ningún manual previó: un abogado estaba ingresando escritos —en su mayoría renuncias de patrocinio y poder— en todos los tribunales civiles del país, a un ritmo que no bajaba. Para el lunes siguiente había presentado 38.477 escritos, entre 500 y 900 por juzgado, y la curva seguía subiendo. El Comité de Jueces Civiles de Santiago elevó un oficio a la Corte Suprema calificando el episodio de “abuso procesal” y pidiendo, entre otras cosas, prohibir el uso de inteligencia artificial en el ingreso de escritos. Un reciente análisis del Dr. Gonzalo Álvarez Seura sobre el caso —publicado en LinkedIn— plantea con precisión la distinción entre el acto individual, la herramienta y el resultado sistémico; vale la pena partir de ahí para ir un paso más allá.

Vale la pena mirar el caso con algo más de método que el que suele aplicarse a estos episodios, porque el sentido común tiende a mezclar tres planos que conviene separar. Uno es el acto individual: renunciar a un patrocinio que ya no se ejerce no es solo lícito, es un deber del abogado que deja de representar a un cliente. Dos es la herramienta: automatizar una tarea repetitiva y voluminosa no es, en sí mismo, reprochable; es lo que cualquier estudio con una cartera grande de clientes haría, y lo que la propia lógica de la eficiencia recomienda. Tres es el resultado sistémico: la suma de miles de actos individualmente lícitos, ejecutados con una herramienta legítima, degradó un servicio público que ninguno de los involucrados buscaba dañar. El “abuso”, si existe, vive únicamente en ese tercer plano. Ni el acto ni la herramienta alcanzan, por sí solos, para configurarlo.

Es una distinción que cambia el diagnóstico de fondo. Porque toda la jurisprudencia que veníamos siguiendo sobre IA y abogacía —desde Mata v. Avianca en 2023 hasta el abogado sancionado este año en Canarias por citar 48 sentencias falsas, pasando por el registro que ya supera los 1.600 casos con jurisprudencia inventada que lleva el investigador Damien Charlotin— sanciona la mentira: la cita fabricada, el fallo que no existe, la alucinación que nadie verificó. Acá no hay nada de eso. Cada escrito era verdadero, lícito y verificable. El problema no fue la calidad del contenido sino la intensidad del envío. No es un caso más en esa lista; es la apertura de un frente regulatorio distinto, el del uso automatizado y masivo de canales judiciales electrónicos que ninguna ley previó a esa escala.

Con esa base puede evaluarse la respuesta del Poder Judicial chileno, y ahí el reflejo más visible del oficio —prohibir el uso de IA para el ingreso de escritos— no resiste el análisis por tres razones. Es inejecutable, porque no hay forma técnica de distinguir un escrito ingresado “con IA” de uno ingresado con un script cualquiera; lo que saturó el sistema fue el volumen, no la inteligencia artificial como categoría. Es desproporcionada, porque castiga a una familia entera de herramientas —muchas de ellas beneficiosas para el acceso a la justicia— para atajar un patrón de uso puntual. Y roza un problema de legalidad, porque prohibir en abstracto el uso de una tecnología, sin ley que lo sustente, tensiona la libertad de ejercicio profesional. Es apagar el incendio prohibiendo los fósforos, cuando el problema real es que el edificio nunca tuvo extintores.

Pero hay un ángulo que esta lectura centrada en la infraestructura judicial suele dejar afuera, y es el que más me interesa poner sobre la mesa. Todo el debate mira la relación entre el abogado y el tribunal, como si el único bien jurídico en juego fuera el sistema informático. Hay un tercer protagonista que casi no aparece: el cliente representado. Cuando un abogado deja de asesorar a una entidad y renuncia a su representación en miles de causas de un saque, el problema no es solo administrativo. Es procesal, con efectos concretos: corren plazos, se abre la posibilidad de indefensión si la notificación al poderdante no queda debidamente acreditada, y la ley procesal exige que la renuncia surta efectos recién cuando el mandante toma conocimiento y transcurre el plazo para proveerse de nueva representación. Automatizar la salida masiva de miles de expedientes sin garantizar que cada cliente supo, a tiempo, que se quedó sin abogado no es solo un problema de tráfico informático: es, potencialmente, un problema de indefensión a gran escala, disfrazado de eficiencia.

El diagnóstico de fondo, más allá de esos matices, nos interpela directamente. Ni Chile ni la Argentina tienen una política sobre ingreso automatizado y masivo de escritos. Nuestras acordadas de expediente electrónico —tanto las de la Corte Suprema como las de los sistemas provinciales— se escribieron pensando en un abogado que presenta de a un escrito por vez, a la velocidad de un teclado. Ninguna previó qué ocurre cuando esa velocidad se multiplica por mil, con o sin inteligencia artificial de por medio. El día en que a algún estudio grande le convenga automatizar la salida masiva de una cartera —y ese día no está lejos— vamos a descubrir, como Chile, que la puerta nunca tuvo cerradura.

La pregunta que deja el caso no es si hay que prohibir la IA en los tribunales. Es si vamos a escribir las reglas de gobernanza —cupos, trazabilidad, protocolos de aviso, resguardo del derecho del cliente a saber a tiempo que se quedó sin representación— antes o después de que el sistema colapse por primera vez entre nosotros.

 

*Abogado titular del estudio Buffone & Abogados, docente de Derecho Constitucional en la UNNE y la Universidad de la Cuenca del Plata y Practica Profesional Supervisada de la Universidad de la Cuenca del Plata. Esta columna se realizó tomando como referencia la nota “Lo que 38.477 escritos en tres días revelan sobre la IA” de Gonzalo Álvarez Seura.


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