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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín resolvió que Movistar y el Banco Galicia deberán indemnizar a una clienta que sufrió el robo de $19,2 millones mediante la modalidad conocida como SIM Swapping, una estafa que consiste en duplicar el chip del teléfono celular para tomar el control de la línea y acceder a cuentas bancarias.

Viernes, 24 de julio de 2026

La Justicia bonaerense confirmó una sentencia que puede convertirse en un antecedente importante para los casos de fraudes digitales en Argentina. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín resolvió que Movistar y el Banco Galicia deberán indemnizar a una clienta que sufrió el robo de $19,2 millones mediante la modalidad conocida como SIM Swapping, una estafa que consiste en duplicar el chip del teléfono celular para tomar el control de la línea y acceder a cuentas bancarias.

Los jueces concluyeron que tanto la empresa de telefonía como la entidad financiera incumplieron con sus deberes de seguridad y que esas fallas facilitaron la maniobra delictiva. Por ese motivo, confirmaron la condena que ya había sido dictada en primera instancia.

La resolución fue dictada el 30 de junio de 2026 y rechazó las apelaciones presentadas por ambas empresas.

¿Qué es el SIM Swapping?

El SIM Swapping, también llamado duplicación de chip o duplicación de SIM, es una modalidad de fraude que creció en los últimos años y afecta principalmente a quienes utilizan el teléfono celular como método de verificación para acceder a bancos, billeteras virtuales, correos electrónicos y redes sociales.

La maniobra comienza cuando un delincuente logra convencer o engañar a la empresa de telefonía para que transfiera el número de teléfono de la víctima a una tarjeta SIM que está en su poder.

Desde ese momento, el usuario pierde la señal del celular y el estafador pasa a recibir todos los mensajes de texto y códigos de verificación enviados por bancos y otras plataformas.

Con ese control puede restablecer contraseñas, ingresar a cuentas bancarias y autorizar transferencias de dinero sin necesidad de conocer físicamente el teléfono de la víctima.

Precisamente eso fue lo que ocurrió en este caso.

Cómo ocurrió la estafa

Según la sentencia, la clienta nunca pidió cambiar el chip de su línea telefónica. Sin embargo, un tercero realizó el trámite mediante el sistema de autogestión de la empresa telefónica y consiguió activar una nueva tarjeta SIM asociada al número de la víctima. Una vez que tomó el control de la línea, pudo recibir los códigos de seguridad enviados por el banco y efectuar siete transferencias de dinero en pocos minutos hacia distintas cuentas de una billetera virtual. En total fueron sustraídos $19,2 millones.

La empresa telefónica reconoció durante la investigación que el cambio de SIM había sido realizado mediante un sistema de validación automática y posteriormente confirmó que el episodio era compatible con un caso de SIM Swapping.

Por qué condenaron a Movistar

Uno de los aspectos centrales del fallo fue el análisis del sistema utilizado para autorizar el cambio de chip. La empresa explicó que la identidad del solicitante se verificaba mediante preguntas personales elegidas al azar.

Sin embargo, la Cámara consideró que ese mecanismo resultó insuficiente para impedir que un tercero se hiciera pasar por la titular de la línea, y los jueces señalaron que la empresa incumplió su deber de seguridad al permitir la duplicación del chip sin aplicar controles adecuados.

Además, recordaron que el crecimiento de este tipo de fraudes llevó al ENACOM a exigir mecanismos de validación más seguros para operaciones sensibles como la reposición o activación de una tarjeta SIM, incluyendo verificaciones biométricas o múltiples factores de autenticación.

Por qué también responsabilizaron al Banco Galicia

La Cámara entendió que la responsabilidad no era exclusiva de la empresa telefónica. Según la sentencia, el banco también incumplió su obligación de brindar un sistema de seguridad adecuado. Los jueces destacaron que las transferencias fueron realizadas en un lapso muy corto, por montos elevados y hacia destinatarios que no formaban parte del comportamiento habitual de la clienta.

Frente a ese tipo de operaciones, consideraron que el banco debía haber detectado que se trataba de movimientos atípicos y activar controles adicionales antes de autorizarlos, recordando que las entidades financieras tienen la obligación de contar con herramientas capaces de identificar operaciones sospechosas.

El fallo recordó que las entidades financieras tienen la obligación de contar con herramientas capaces de identificar operaciones sospechosas y proteger a sus clientes frente a fraudes informáticos.

¿Por qué no alcanzó con decir que la culpa fue del delincuente?

Uno de los argumentos de las empresas fue que el verdadero responsable era quien había ejecutado la estafa. La Cámara rechazó esa explicación.

Los jueces sostuvieron que el SIM Swapping es un fraude conocido desde hace años y que, precisamente por ser un riesgo previsible, tanto las empresas de telefonía como los bancos deben adoptar medidas suficientes para impedir que la maniobra tenga éxito.

En otras palabras, la existencia de un delincuente no libera automáticamente de responsabilidad a las compañías cuando existieron fallas en sus propios sistemas de seguridad.

Qué indemnización deberá recibir la clienta

La sentencia confirmó que las empresas deberán responder solidariamente por:

-$19,2 millones correspondientes al dinero sustraído

-$5,76 millones por daño moral

-Un monto equivalente a cuatro Canastas Básicas Totales para un hogar tipo en concepto de daño punitivo

-Los intereses correspondientes hasta el efectivo pago

Además, la Cámara confirmó que ambas empresas deberán afrontar las costas del proceso judicial.

La decisión no implica que todos los casos de SIM Swapping generen automáticamente responsabilidad para las empresas.

Publicado en Iprofesional 

 


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