La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó por unanimidad que Ricardo Taddei, condenado a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad, siga preso. Los jueces se apoyaron en un informe que detectó en el represor una falta de comprensión sobre la gravedad de los hechos por los que fue condenado, minimizaciones y una postura de victimización, pese a que ya cumplía el tiempo mínimo de detención para pedir el beneficio.
Lunes, 20 de julio de 2026

Por unanimidad, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de la defensa pública oficial de Ricardo Taddei para que se le conceda la libertad condicional. El fallo se basó centralmente en que el genocida no demostró un reconocimiento real respecto de la gravedad de los delitos por los que fue condenado.
El fallo, firmado el 17 de julio pasado por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, confirmó la decisión que ya había tomado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, y se basó centralmente en un dato: pese a cumplir con el tiempo de detención exigido por la ley, Taddei no muestra un reconocimiento real de la gravedad de los delitos por los que fue condenado.
Taddei fue condenado en 2010 a 25 años de prisión como partícipe necesario de homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos, hechos cometidos durante el terrorismo de Estado. Aunque cumple el requisito temporal para acceder al beneficio desde junio de 2022, los tres jueces coincidieron en que ese dato, por sí solo, no alcanza para otorgar la libertad condicional.
Qué encontró el informe que definió el caso
El fallo se apoyó fuertemente en el informe del Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal de la propia Cámara, elaborado a partir de dos entrevistas con Taddei realizadas en 2022 y 2026. Ese informe concluyó que el represor tiene una estructura de pensamiento rígida y que recurre a minimizaciones y eufemismos para referirse a los hechos: por ejemplo, reemplaza la palabra “tormentos” por “interrogatorios”, lo que los profesionales interpretaron como un intento de despojar a esos actos de su carácter delictivo.
El mismo informe señaló que Taddei tiende a externalizar la culpa —alegando, por ejemplo, un “error de elección vocacional”— y a desplazar la responsabilidad hacia la obediencia debida, sin mostrar una introspección subjetiva profunda. También describió una postura de victimización, tanto respecto del pasado como del presente, y remarcó que Taddei llegó a decir en la entrevista que no podía sentir remordimiento por hechos que, en parte, negó haber cometido.
Para los jueces, ese conjunto de indicadores mostró que Taddei no logró internalizar las herramientas de su tratamiento penitenciario ni comprender la gravedad del daño causado, lo que hizo que su pronóstico de reinserción social siguiera siendo, a la fecha, un objetivo no alcanzado.
Un informe distinto, y el peso menor de la opinión favorable del penal
La defensa había remarcado que el Consejo Correccional de la Unidad N° 34 del Servicio Penitenciario Federal se había expedido por unanimidad a favor de la incorporación de Taddei al régimen liberatorio, y que su asistido no fue declarado reincidente ni tuvo una libertad condicional revocada antes.
Sin embargo, el tribunal restó peso a esa opinión: consideró que los informes penitenciarios se limitaron a un análisis “meramente descriptivo”, sin la profundidad valorativa del informe interdisciplinario, y recordó que la opinión del Consejo Correccional no es vinculante para el juez, a quien le corresponde controlar la razonabilidad de esas decisiones.
El peso de la oposición de las víctimas
En la causa se realizaron dos audiencias en las que participaron las víctimas: una ante el Tribunal Oral el 20 de marzo, y otra ante la propia Cámara el 16 de julio. En ambas, Iván Troitero, Gabriela Funes, Miguel D’Agostino, Ana María Careaga, Mirta Israel, Guillermo Cabrera Cerocchi y Julieta Daelli expresaron su oposición a que le otorguen el beneficio a Taddei. El Fiscal General ante la Cámara y la querella, a cargo del abogado Pablo Llonto, acompañaron esa postura.
Los jueces remarcaron que, aunque la opinión de las víctimas no es vinculante para decidir el caso, la ley les garantiza el derecho a ser escuchadas, y que esa oposición fue un elemento más que se tuvo en cuenta al resolver.
El marco legal invocado
El fallo citó la Opinión Consultiva OC-29/22 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exige ponderar —para condenados por delitos de lesa humanidad— factores como el reconocimiento de la gravedad de los hechos y la conducta del condenado respecto del esclarecimiento de la verdad antes de conceder cualquier medida que permita cumplir la pena fuera de la cárcel. También recordó que esta misma Sala ya había rechazado, en 2023, un pedido similar de la defensa de Taddei, sin que las circunstancias hayan cambiado desde entonces.