Tras la medida cautelar que ordenó garantizar medicamentos e insumos esenciales para comunidades indígenas de Pampa del Indio, la Justicia realizó una audiencia pública con referentes comunitarios y autoridades sanitarias. Se expuso la falta de insumos básicos, la escasez de personal médico permanente y las dificultades en los traslados de emergencia. La causa busca dar una respuesta estructural a las graves deficiencias en la atención sanitaria que afectan a las comunidades de la zona.
Miércoles, 15 de julio de 2026

En el marco de la acción de amparo para garantizar el acceso efectivo a la salud de comunidades indígenas de Pampa del Indio, afectadas por las deficiencias estructurales en la asistencia sanitaria, se realizó el lunes una audiencia pública clave en la Casa de las Culturas de la localidad.
La misma estuvo presidida por Gonzalo García Veritá, juez de Niñez, Adolescencia y Familia 1 de Castelli, mientras que la Defensora General Adjunta, Gisela Gauna Wirz, intervino como patrocinante de las comunidades. Por la parte demandada, participaron, entre otros, el procurador de la Fiscalía de Estado, Darío Bacileff Ivanoff; el subsecretario de Redes de Salud, Federico Pradel; el Director de la Región Sanitaria VI, Pablo Hocmanovich y la directora del Hospital de Pampa del Indio, Andrea Maidana.
Durante la jornada, sus referentes, entre ellos Claudia Sosa, Evaristo Jara y Victor Gómez, expusieron el padecimiento cotidiano de los miembros de los pueblos originarios “como consecuencia de las deficiencias estructurales en el acceso al sistema público de salud”, indicaron en un comunicado firmado por el Frente de Lucha de Comunidades Indígenas.
Entre los principales reclamos expresados por los referentes comunitarios se destacaron la falta de insumos básicos, la escasez de personal médico permanente, las barreras culturales y lingüísticas en la atención, y las dificultades críticas de traslado en situaciones de emergencia. “Las comunidades enfatizaron que el derecho a la salud no admite más dilaciones, exigiendo respuestas concretas e inmediatas a los representantes estatales allí presentes”, añadieron en el parte de prensa enviado por las comunidades.
Posteriormente, se visitaron los centros de salud de Lote 10 y Campo de Mayo. La audiencia permitió avanzar en el cumplimiento de la medida cautelar y en la construcción de respuestas concretas en territorio, según informó la Defensoría General del Chaco en sus redes sociales.
Inmediata y suficiente
Cabe recordar que, a fines de mayo, el juez García Veritá dictó una medida cautelar innovativa de carácter urgente que ordena al Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco abastecer de manera inmediata, gratuita, suficiente y continua de medicamentos esenciales a un hospital local y a los centros de salud de los parajes rurales para atender la situación de las comunidades indígenas de la zona de Pampa del Indio.
La medida busca garantizar la continuidad terapéutica y la existencia de stocks mínimos para patologías crónicas y prevalecientes, tales como tuberculosis, diabetes, hipertensión, afecciones de salud mental, problemas respiratorios y pediátricos, priorizando la atención de niños, niñas, embarazadas y adultos mayores mientras se tramita el fondo de la acción de amparo principal.

Como aspecto novedoso y mecanismo de participación, se estableció que las actas de entrega del material sanitario y los medicamentos en los efectores locales deberán ser co-suscriptas por las autoridades comunitarias tradicionales que se designen a tal fin.
Con respecto a los fundamentos, el magistrado fundamentó la urgencia y la especificidad de la situación señalando textualmente que “la naturaleza constitucional-convencional de la acción principal de amparo, enmarca a la presente como parte de la tutela judicial efectiva debida a la ciudadanía ante graves violaciones a los derechos humanos, en este caso, alegada respecto del Ministerio de Salud Pública del Chaco y del acceso al mayor nivel de salud posible de las comunidades indígenas”.
A su vez, remarcó la importancia de la celeridad procesal al indicar que “atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia que conllevan las pretensiones que tienen que ver con el derecho a la salud, para lo cual deben encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con tutela de orden constitucional”.
Por otra parte, el magistrado abrió una convocatoria para que personas físicas o jurídicas con competencia reconocida en la materia se presenten como amigos/as del tribunal —Amicus Curiae— en el marco de dicha acción de amparo.

El tema central que deberá abordarse en las presentaciones es el derecho a la salud de los pueblos indígenas, y el plazo para acercar los escritos vence el 1 de agosto de 2026.
Según el comunicado difundido por el juzgado, quienes soliciten ser tenidos como Amicus Curiae deberán fundamentar su interés en participar de la causa y expresar a cuál de las partes apoyan en la defensa de sus derechos.
También tendrán que declarar si recibieron financiamiento, ayuda económica de cualquier tipo o asesoramiento por parte de alguno de los litigantes, e informar si el resultado del proceso podría representarles un beneficio patrimonial, directo o indirecto. Todos estos requisitos se enmarcan en el Anexo II del Acuerdo N° 3308/2014 del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, que regula la figura del Amicus Curiae en la provincia.
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