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La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible un recurso presentado por la defensa de la contadora Norma Berta Radice., hermana del represor de la ESMA, Jorge Radice. De esta manera, el máximo tribunal penal del país confirmó la validez de la intervención judicial sobre las firmas Martiel S.A. y Forestando Delta S.A., empresas investigadas en el marco de la compleja estructura económica utilizada para blanquear los bienes robados a las víctimas de la última dictadura cívico-militar. En esta causa, tanto la contadora como el genocida de su hermano están elevados a juicio.

Jueves, 9 de julio de 2026

Por unanimidad, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Norma Berta Radice y confirmó la intervención judicial sobre las firmas Martiel S.A. y Forestando Delta S.A., dos compañías estrechamente sospechadas de formar parte de la estructura comercial montada para el lavado de activos y el desapoderamiento de bienes a personas desaparecidas durante el último régimen de facto.

En una resolución dictada este martes 7 de julio, a la que tuvo acceso LITIGIO, los jueces Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Alejandro Slokar ratificaron la decisión previa tomada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número 5 de la Ciudad de Buenos Aires

La resolución original, dictada a mediados de abril, determinó que ambas sociedades comerciales debían someterse a una veeduría e intervención con facultades de información y administración, basándose en herramientas previstas por el Código Penal y las leyes de sociedades comerciales. Contra este avance judicial, los abogados defensores de Radice intentaron de inmediato impugnar la medida argumentando supuestas arbitrariedades. Sin embargo, los camaristas de Casación explicaron que la vía intentada resulta inadmisible debido a que el ordenamiento legal limita la procedencia de estos recursos únicamente a sentencias definitivas o equivalentes, una condición técnica fundamental que en este caso no se cumple.

El tribunal también remarcó que los argumentos de la defensa se limitaron a manifestar meras discrepancias con el criterio de los jueces del tribunal oral, sin aportar fundamentos contundentes que logren rebatir el razonamiento judicial o demostrar que la intervención fuera un acto de desmesura o arbitrariedad. Además, los magistrados indicaron que la parte recurrente no pudo justificar la existencia de una cuestión federal sustancial que habilitara de forma excepcional la intervención de la máxima instancia criminal intermedia del país.

La importancia de este revés judicial radica en el contexto histórico y penal que rodea a las empresas afectadas. La medida busca proteger el patrimonio que presuntamente fue edificado a partir del saqueo sistemático de los inmuebles, tierras y empresas pertenecientes a los prisioneros del centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). En esta causa, tanto la contadora Radice, como su hermano, el represor de la ESMA, Jorge Radice, se encuentran elevados a juicio por el robo de bienes. 

Al quedar firme la decisión que delega el control de Martiel S.A. y Forestando Delta S.A. en administradores designados por los magistrados, el Poder Judicial asegura el resguardo de la prueba económica y evita que se continúen desviando fondos originados en crímenes de lesa humanidad mientras la investigación principal sigue su curso.


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