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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes dictó este viernes una resolución clave mediante la cual prorroga las prisiones preventivas de los ocho principales implicados en la causa que investiga la sustracción de un menor de diez años. El juicio comienza el próximo martes 16 de junio. 

Sábado, 13 de 2026

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes prorrogó este viernes las prisiones preventivas de los ocho principales implicados en la causa que investiga la sustracción del Loan Danilo Peña, de diez años.

La medida judicial, firmada por los magistrados Eduardo Belforte, Fermín Ceroleni y Simón Bracco, busca garantizar que los procesados comparezcan a las audiencias del debate oral y público, cuyo inicio está formalmente programado para el próximo 16 de junio y cuando este 13 de junio se cumplen 2 años desde la última vez que se vio con vida al niño. 

Entre los imputados que continuarán detenidos se encuentran Bernardino Antonio Benítez, Daniel Oscar Ramírez, Mónica del Carmen Millapi, María Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez y Laudelina Peña, todos ellos acusados como coautores del delito de sustracción de menores. De igual manera, se extendió la medida de coerción para el excomisario Walter Adrián Maciel, procesado como partícipe necesario, y para Nicolás Gabriel Soria, a quien se le imputan múltiples cargos en concurso real, entre ellos privación ilegítima de la libertad, encubrimiento, resistencia a la autoridad y usurpación de títulos.

En sus fundamentos, los jueces explicaron que la extensión de los plazos de detención responde a la extrema gravedad y complejidad del expediente, el cual involucra a un total de diecisiete personas requeridas a juicio y un enorme volumen de pruebas recabadas. Asimismo, los magistrados destacaron la naturaleza continua del delito investigado, advirtiendo que los efectos criminales persisten al no tenerse aún ninguna información sobre el paradero o destino del niño. El fallo enfatizó el compromiso internacional que pesa sobre el Estado Nacional para extremar los recaudos de protección, dada la condición de extrema vulnerabilidad de la víctima.

Respecto al vencimiento de los plazos legales de detención, el tribunal argumentó que la aplicación de la ley no es automática y debe evaluarse de forma armónica con el concepto de plazo razonable. Para los magistrados, el mantenimiento de la prisión preventiva se justifica por la existencia de indicios ciertos de riesgos procesales; la pluralidad de los intervinientes y sus condiciones personales hacen presumir que, de recuperar la libertad, los acusados podrían eludir la acción de la justicia o influir negativamente sobre los testigos que deben declarar en el debate.

Finalmente, la resolución judicial discriminó los tiempos de prórroga según la fecha de detención original de cada imputado. De esta manera, las prisiones preventivas de Benítez, Ramírez y Millapi se extendieron por seis meses a partir del 15 de junio de 2026 ; las de Caillava, Pérez y Maciel por el mismo período desde el 21 de junio ; y la de Laudelina Peña por seis meses desde el 5 de julio. Por su parte, la detención de Nicolás Gabriel Soria fue prorrogada por el término de tres meses a contarse desde el vencimiento de su plazo actual, fijado para el 15 de septiembre de este año.


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