En un nuevo gesto de alineamiento al gobierno provincial, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco cerró la última puerta judicial que le quedaba abierta a los ambientalistas que cuestionan la ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos del gobernador Leandro Zdero. Por mayoría, el tribunal rechazó el recurso que buscaba llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que significa que su propio fallo —el que en febrero avaló la polémica ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos— quedará firme sin revisión externa.
Miércoles, 10 de junio de 2026

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco cerró la última puerta judicial que le quedaba abierta a los ambientalistas que cuestionan la ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos del gobernador Leandro Zdero. Por mayoría, el tribunal rechazó el recurso que buscaba llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que significa que su propio fallo —el que en febrero avaló la polémica ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos— quedará firme sin revisión externa. Votaron a favor del rechazo los jueces Néstor Varela, Víctor Del Río, Emilia Valle y Alberto Modi. Votó en contra, sola otra vez, la jueza Iride Grillo.
Para entender lo que ocurrió hay que saber cómo funciona el mecanismo: cuando alguien quiere llevar un caso a la Corte Suprema, primero debe pedirle permiso al mismo tribunal que dictó la sentencia que quiere impugnar. En este caso, el STJ evaluó si habilitaba o no la revisión de su propio fallo, y decidió que no. La justificación de la mayoría fue que la organización ambientalista Conciencia Solidaria no hizo más que repetir los mismos argumentos que ya habían sido analizados y rechazados en la sentencia anterior, sin agregar elementos nuevos ni rebatir los fundamentos del tribunal punto por punto. Así, concluyeron que el caso no reúne las condiciones para llegar a la Corte.
El problema de fondo es que el STJ queda, de hecho, como el único juez de sus propias decisiones en materia constitucional provincial. Esa es exactamente la crítica que formuló Grillo en su disidencia: la acción de inconstitucionalidad tramita únicamente ante el STJ, sin otra instancia de revisión salvo la Corte Suprema, y bloquear esa vía puede vulnerar el derecho a la doble instancia que garantizan tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional. Para la jueza, los planteos de los ambientalistas —especialmente los referidos a la regresividad ambiental de la ley y a las irregularidades en la participación ciudadana durante su elaboración, entre ellos la falta de consulta previa a las comunidades indígenas— merecían ser revisados por un tribunal superior, no descartados de plano.
Ahora, a la organización Conciencia Solidaria solo le queda la vía del recurso de queja ante la Corte Suprema, para lo que debe pagar 1.400.000 pesos solo para poder acceder a la garantía constitucional del doble conforme, es decir, para que un tribunal distinto revise el fallo.
A contramano de Casación
Lo que está en disputa no es un tecnicismo procesal. La ley que el STJ convalidó en febrero es la misma que la Cámara Federal de Casación Penal puso en duda apenas tres semanas atrás, cuando anuló el levantamiento de la prohibición de desmontes en el Chaco, en el marco de la causa penal que impulsa en el fuero federal la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas. En ese fallo de mayo, los jueces federales señalaron que ningún tribunal había analizado si la nueva normativa protegía más el monte chaqueño o si, en cambio, abría la puerta a desmontar zonas que antes estaban resguardadas. Ese hueco de análisis que Casación le recriminó a la justicia federal es el mismo que Conciencia Solidaria le venía reclamando al STJ, sin éxito.
El escenario que rodea estas decisiones es elocuente por sí solo. Durante 2025, el Chaco perdió casi 38.400 hectáreas de bosques nativos —entre desmontes e incendios—, según el relevamiento anual de Greenpeace, siendo la segunda provincia con mayor destrucción de bosques del país. Todo eso ocurrió mientras la ley cuestionada estaba vigente y mientras el STJ la avalaba con el argumento de que el gobierno nacional —uno de los más hostiles a la regulación ambiental de la historia reciente— había dado su aprobación al trámite.
Ya en febrero, cuando el STJ rechazó la inconstitucionalidad de la ley, este medio describió esa decisión como un nuevo guiño del tribunal al gobierno de Zdero, en una línea de fallos favorables al Poder Ejecutivo provincial que se ha vuelto difícil de ignorar. La resolución de esta semana prolonga esa misma lógica: no solo el STJ decidió en favor del gobierno, sino que ahora también impide que otro tribunal pueda revisar si esa decisión fue correcta. La mayoría automática de cuatro votos volvió a funcionar.