A casi tres semanas de la inspección judicial que confirmó la ausencia de agua en la red, el juez Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia, Julián Flores, amplió la medida cautelar que obliga a Sameep a garantizar el abastecimiento para las familias de esa barriada de la zona Sur de la capital chaqueña. Fue tras el reclamo de los vecinos de que la distribución se concentraba solo en algunas viviendas y no a todas las personas comprendidas en la acción de amparo. Además, el fallo obliga Sameep a informar con antelación el cronograma incluyendo recorrido, puntos de distribución y horarios.
Martes, 9 de junio de 2026

El Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia, a cargo del juez Julián Fernando Benito Flores, amplió el pasado 8 de junio la medida cautelar innovativa que desde el 8 de mayo obliga a la Empresa de Agua y Mantenimiento del Estado Provincial (Sameep), al Poder Ejecutivo provincial, a la Administración Provincial del Agua (APA) y al Ministerio de Infraestructura del Chaco a garantizar el acceso efectivo a agua apta para consumo humano a los habitantes del Barrio Ex Campo Zampa.
La resolución se dictó al proveer una presentación ingresada por los accionantes el 26 de mayo, en la que denunciaban que la distribución no alcanzaba a todas las familias comprendidas en la acción. La ampliación se produjo luego de que el 20 de mayo se realizara la inspección ocular ordenada en el expediente principal —cuya realización había motivado, a su vez, la suspensión provisoria de la cautelar original el 15 de mayo—, y de que el día siguiente se requiriera información complementaria para precisar los lugares donde resultaba factible implementar el sistema de distribución.
En su resolución, el juez Flores recordó que los derechos en juego están íntimamente vinculados con el acceso al agua potable, “presupuesto indispensable para la protección de la salud, la vida y la dignidad humana, cuya tutela reviste jerarquía constitucional y convencional”, e impone a los organismos involucrados la adopción de medidas positivas para asegurar su efectiva satisfacción.
Para dotar de operatividad práctica a la medida, el juzgado estableció con precisión las vías de circulación y los puntos de distribución que deberán usar los camiones cisterna. Las calles San Salvador, Honduras, Guatemala, Haití y Cuba —todas paralelas a la Avenida Nicaragua— fueron fijadas como los accesos principales, mientras que la Avenida Urquiza quedó designada como vía de ingreso para abastecer los puntos ubicados en Pasaje Nicaragua y Pasaje Haití. Los Pasajes Chaco Ángel Busto y Silvano Dante, en sus intersecciones con las arterias mencionadas, fueron establecidos como puntos de referencia y distribución.
Además, el fallo intima a Sameep a informar y difundir públicamente, con antelación razonable y por medios idóneos de comunicación comunitaria, el cronograma de abastecimiento, los recorridos previstos, los puntos de distribución y las franjas horarias en que se ejecutará la medida, con el objetivo de garantizar que los vecinos puedan acceder efectivamente al suministro.