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Lo hizo el abogado de la fundación luego de que el Superior Tribunal de Justicia incorporara al procurador general adjunto Miguel Fonteina como conjuez, por no alcanzar la mayoría que debe definir si avala o no la decisión del gobierno de Leandro Zdero de cerrar esa institución, lo que implicaría que más de 50 niños del pueblo Wichí queden a la deriva. Lo que otorga mayor gravedad institucional al caso es que el procurador general, Jorge Canteros, ya dictaminó por avalar la decisión del Poder Ejecutivo por lo que el de su segundo sería un voto cantado. 

Lunes, 8 de junio de 2026

Con absoluto sigilo el Superior Tribunal de Justicia del Chaco estaría armando el escenario para concederle un nuevo “triunfo” judicial al gobierno del Chaco. Es en el marco de la decisión que debe tomar el máximo tribunal provincial respecto de la acción de amparo que busca frenar la clausura de la Unidad Educativa de Gestión Privada N° 144 “Centro Educativo, Cultural, y Deportivo Padre Severiano”, que la Fundación Valdocco gestiona en la ciudad chaqueña de General Vedia y que implicaría que más de 50 niños y adolescentes del pueblo Wichí que asisten al lugar queden a la deriva.

Con el argumento formal de supuestas irregularidades en el cobro de los profesores que se desempeñan en la Fundación, en realidad el gobierno de Leandro Zdero la tiene en la mira como parte de una persecución política por la identificación con el kirchnerismo del principal referente, el cura Juan Carlos Molina. Para ello, no tuvieron en cuenta en lo más mínimo el daño que provocarían en la continuidad educativa y pedagógica de los niños y adolescentes que desde años concurren al lugar y donde realizan diversas actividades educativas y recreativas.

En la última semana de mayo pasado, tras una presentación de la Defensoría General para que se dicte sentencia en la causa, dado que ya habían transcurrido tres meses desde que el Superior Tribunal de Justicia tiene en sus manos la definición, desde el máximo tribunal decidieron incorporar como conjuez al procurador general adjunto Miguel Fonteina para poder desempatar una votación que se encontraba empantanada.

Ante esta situación, el abogado de la Fundación Valdocco, Juan Manuel Blanco, recusó a Fonteina y pidió que se analice la constitucionalidad del artículo 19 de la ley 1-B, que prevé que el Procurador General sea el primero en el orden de subrogancias en caso de recusaciones o inhibiciones de miembros del Superior Tribunal de Justicia. Fonteina rechazó la recusación por lo que el STJ ahora deberá definir si hace lugar al planteo o no.

Sin embargo, el 3 de junio pasado la Defensora General, Alicia Alcalá, pidió al STJ que antes de resolver sobre la recusación contra Fonteina, se corra vista al Procurador General para que éste se expida sobre el planteo de inconstitucionalidad.

Es que la gravedad institucional es aún mayor si se tiene en cuenta que la Procuración General sería juez y parte y además tendría un voto cantado porque el procurador general Jorge Canteros ya dictaminó por rechazar el amparo de la Fundación Valdocco y confirmar el cierre del establecimiento. ¿En qué lugar quedaría la garantía del juez imparcial?

Además, el escrito de Alcalá pidió que también se tenga presente la decisión del 14 de abril pasado mediante la cual Fonteina se excusó de integrar el STJ “por insalvable violencia moral” en la causa que debe resolver sobre el amparo impulsado por la defensora general adjunta, Gisela Gauna Wirz, en la que se solicita la extensión de la medida cautelar para el Pueblo Wichí. En esa causa, Gauna Wirz había hecho el mismo planteo respecto de la integración del STJ con ambos procuradores aclarando que no se trataba de un cuestionamiento a su idoneidad personal. A diferencia de Fonteina, Canteros se negó a apartarse.

Otra sentencia polémica del juez Derewicki 

Cabe recordar que la acción de amparo tuvo un fallo favorable por parte del Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia, a cargo del juez Julián Flores. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones de Feria, encabezada por el juez Diego Derewicki, la revocó en tiempo récord durante los primeros días de enero y sin esperar el dictamen de la Asesoría de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1, que nunca fue notificada formalmente.

La Defensora General cuestionó la postura de la Cámara de Feria y consideró que eso convertía en nula a la sentencia que avaló el cierre de la Fundación Valdocco. En su dictamen presentado en febrero pasado ante el STJ, la Defensora General consideró que el fallo “lesiona las garantías constitucionales de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y atenta contra el principio del interés superior de la niñez indígena como así también los derechos económicos, sociales y culturales de aquella”.

En su escrito, Alcalá advirtió que al soslayarse la intervención de la Asesoría de Niñez, “cincuenta razones, cincuenta personas, cincuenta niñas, niños y adolescentes, que no fueron escuchados por la Cámara de Apelaciones Multifuero y a quienes tampoco se les respetó el debido proceso legal y derecho de defensa, concluyo que la sentencia de fecha 05/01/2026 dictada por el citado Tribunal de Alzada no puede ser confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, pues resulta arbitraria y no tiene andamiaje legal”.


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