Una nueva resolución del Procurador General Adjunto, Miguel Fonteina, ratificó al fiscal penal Nº 4 de Sáenz Peña, Gustavo Valero, al frente de la causa que investiga presuntas irregularidades de la gestión del intendente Bruno Cipolini en la inversión de fondos municipales en instrumentos financieros de alto riesgo. También confirmó que estará secundado por la fiscal de Cámara, Andrea Bastos.
Jueves, 4 de junio de 2026

El Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chaco resolvió el conflicto de actuación en la causa que investiga presuntas irregularidades en el manejo de fondos públicos en el municipio de Presidencia Roque Sáenz Peña. A través de una resolución firmada por el Procurador General Adjunto, Miguel Fonteina, la justicia determinó que el titular del Equipo Fiscal N° 4 de la II Circunscripción Judicial, Gustavo Valero, deberá continuar al frente de la investigación penal. De este modo, la conducción central del Ministerio Público zanjó la disputa procesal que paralizaba el avance del expediente.
La controversia se había originado cuando Valero dispuso inhibirse de seguir interviniendo en las actuaciones y solicitó remitir el expediente a su subrogante legal, César Collado, a cargo del Equipo Fiscal N° 1. Valero fundó su apartamiento en el hecho de que el Municipio de Presidencia Roque Sáenz Peña está constituido como querellante particular en la causa. El fiscal argumentó que, al poseer bienes registrables radicados en dicha ciudad y mantener una relación jurídica tributaria como contribuyente de la comuna, se configuraba una situación de “violencia moral” que afectaba los principios de independencia y objetividad necesarios para ejercer su función.
Por su parte, Collado rechazó de forma tajante la declaración de incompetencia formulada por su par. Para Collado, la condición de contribuyente por la titularidad de inmuebles o vehículos es una situación genérica, ordinaria y común a cualquier ciudadano que resida en el ejido municipal, por lo que no se deriva de allí un interés personal, directo o concreto capaz de comprometer la objetividad de un fiscal. Asimismo, advirtió que las causales de inhibición deben interpretarse con un criterio restrictivo y que admitir la postura de Valero importaría un obstáculo constante para el normal desenvolvimiento del Ministerio Público en cualquier causa donde intervengan organismos estatales.
Al analizar la contienda, la Procuración General respaldó los argumentos de Collado y concluyó que las razones expuestas por Valero no tienen entidad suficiente ni revisten el carácter de una situación excepcional para justificar su apartamiento. La resolución judicial remarcó que las obligaciones tributarias que comparte el fiscal con una pluralidad indeterminada de ciudadanos no anulan su independencia de criterio. En ese sentido, el dictamen advirtió que la mera invocación de un estado de ánimo automático, sin un anclaje real en hechos objetivos, presiones o condicionamientos específicos, genera un dispendio jurisdiccional innecesario que afecta los principios de unidad de actuación y legalidad.
Finalmente, el Procurador Adjunto dispuso de manera oficial que el Equipo Fiscal N° 4 continúe con la tramitación de la denuncia penal. No obstante, la resolución establece que Valero no trabajará en soledad, sino que deberá intervenir de manera conjunta con la Fiscal de Cámara, Andrea Verónica Bastos, para llevar adelante todos los actos procesales relativos a la causa. Con esta decisión, el expediente regresa a los tribunales de la termal con la orden explícita de evitar más demoras burocráticas y dar continuidad a la investigación.