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El 22 de mayo de 2024, Manuela Jaqueline Ponce salía en moto cuando un auto en fuga la atropelló y la mató: adentro había 318 paquetes con 280 kilos de marihuana. Dos años después, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a los responsables a 7 y 4 años de prisión. La fiscalía consideró las penas insuficientes y anticipó que recurrirá el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal. Por la muerte de la docente, el farmacéutico que conducía el Renault Fluence había sido condenado a cinco años de prisión por homicidio culposo agravado. 

Jueves, 28 de mayo de 2026

La mañana del 22 de mayo de 2024, Manuela Jaqueline Ponce se subió a su moto en Santo Tomé, Corrientes. Tenía 21 años y era maestra jardinera. No sabía —no podía saberlo— que a pocos kilómetros de distancia un Renault Fluence cargado con más de 280 kilos de marihuana avanzaba por la misma ruta, escapando a toda velocidad de un control de la Prefectura Naval.

El conductor de ese auto era Marcelo Raúl Ferreyra, de 51 años, propietario de una farmacia en la localidad misionera de San Javier. Detrás suyo, como explorador de la caravana narco, circulaba en un Chevrolet Prisma Joy Miguel Ángel Da Rosa, de 57. Su rol era concreto: escanear la ruta, detectar controles de las fuerzas de seguridad y darle luz verde al vehículo que venía detrás con el cargamento.

Habían partido juntos desde Leandro N. Alem, en Misiones. El Fluence que manejaba Ferreyra escondía en su interior nueve bultos con 318 paquetes de marihuana: 280,675 kilogramos en total. El recorrido, que los fiscales reconstruyeron después a través de cámaras de seguridad y otros elementos, los llevó por la ruta provincial N°4, luego por la N°2 con dirección a Azara, y después por la N°94 hasta llegar al puente del arroyo Itá Cuá, en Santo Tomé. Fue ahí donde Ferreyra decidió no detenerse ante el control vehicular de la Prefectura Naval y aceleró para escapar.

Dos kilómetros después, circulando a alta velocidad, realizó una maniobra de sobrepaso en un sector no habilitado. Manuela Ponce venía en sentido contrario sobre su motocicleta. El impacto fue fatal.

Tras atropellarla, Ferreyra abandonó el Renault Fluence en el lugar y escapó junto a Da Rosa en el auto “puntero” con destino a Gobernador Virasoro. Personal de Prefectura encontró poco después el vehículo con las marcas del choque y la droga adentro. La investigación que siguió, a cargo del entonces fiscal federal interino de Paso de los Libres, Fabián Martínez, permitió detener a Ferreyra días más tarde. Da Rosa fue capturado después.

Dos años después de la muerte de Manuela, el pasado martes 26 de mayo, el Tribunal Oral Federal de Corrientes dictó sentencia. El juez Eduardo Belforte, actuando de manera unipersonal, encontró a Ferreyra culpable de transporte de estupefacientes en calidad de autor y lo condenó a 7 años de prisión. A Da Rosa, considerado partícipe secundario, le impuso 4 años. Además, el tribunal ordenó el pago de multas equivalentes a 45 unidades fijas para cada uno y el decomiso de los dos automóviles que habían usado para concretar la operación.

No era la primera condena para Ferreyra. En julio de 2025, la justicia penal ordinaria de Corrientes ya lo había sentenciado a 5 años de prisión como autor del homicidio culposo agravado de la docente. En este proceso federal, en cambio, se juzgó exclusivamente la maniobra de narcotráfico y el riesgo asumido durante la fuga.

En su alegato, el fiscal general Carlos Schaefer y el auxiliar fiscal Gabriel Romero Olivello habían pedido 14 años de prisión para ambos acusados, un año menos que el máximo previsto para el delito. Argumentaron que los hechos investigados pusieron en riesgo simultáneo la salud pública, la seguridad del tránsito y la vida de quienes transitaban esa ruta. Describieron a la víctima como “una persona inocente, de 21 años, educadora, que estaba haciendo algo grande por esta sociedad”. Y subrayaron que Ferreyra, por ser farmacéutico, “sabía el poder de daño del estupefaciente”.

Los fiscales también señalaron que la muerte de Manuela no fue un accidente separado del delito, sino parte constitutiva de él. “El accidente es parte de la ejecución del transporte del estupefaciente. La muerte es la consecuencia de la ejecución del transporte”, sostuvieron. Como agravantes enumeraron el volumen del cargamento, el uso de logística avanzada con el vehículo “puntero”, las maniobras evasivas y las acciones posteriores para obstaculizar la justicia, como el abandono de la escena y la construcción de coartadas falsas.

Al cerrar el alegato, Schaefer pidió “una sentencia ejemplar, para que nunca más tengamos que lamentar una víctima inocente por culpa de quienes deciden emprender una empresa criminal de narcotráfico”. Las penas que finalmente dictó el tribunal —7 y 4 años— quedaron muy por debajo de lo solicitado. El fiscal general anunció de inmediato que recurrirá el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 9 de junio.


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