Por segunda vez consecutiva, se frustró la audiencia clave para definir si previo al juicio oral contra un comisario del COE habrá reconstrucción de la mecánica del disparo que sufrió un paciente con esquizofrenia durante un procedimiento policial ocurrido en junio de 2024. La decisión se conocerá por escrito, al igual que el día en que comenzará el juicio.
Martes, 12 de mayo de 2026

La audiencia preliminar en la causa contra el comisario Miguel “Cuqui” Zuco —jefe de turno del Comando de Operaciones Especiales de la Policía del Chaco acusado de disparar postas de goma a corta distancia contra un paciente con esquizofrenia— no pudo realizarse el pasado viernes. El motivo: “no había sistema” de fibra óptica para grabar la audiencia con la plataforma “Conventus” ni acceso al SIGI, el sistema de gestión de expedientes penales del Poder Judicial del Chaco. Fue la segunda postergación consecutiva.
Según pudo saber LITIGIO, el secretario del juzgado informó en el momento que, ante la imposibilidad técnica de registrar la audiencia de forma audiovisual, tampoco habría una nueva fecha de audiencia.
La jueza María Virginia Ise, de la Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia, resolverá por escrito y publicará su decisión en el expediente electrónico en los próximos días. Lo que se espera con esa resolución es la respuesta al pedido central del proceso: si se realizará o no una reconstrucción del hecho como medida de prueba. También se conocerá así la fecha de inicio del juicio oral.
La disputa pericial
Los hechos se remontan al 3 de junio de 2024. En horas de la madrugada, Zuco encabezó un operativo del Comando de Operaciones Especiales en una vivienda del macrocentro de Resistencia, tras un llamado de auxilio por una persona en crisis: A.S.L., un hombre con diagnóstico de esquizofrenia.
Durante el procedimiento, el comisario disparó una escopeta de repetición contra la víctima, provocándole fractura de esternón y múltiples heridas por perdigones. Enfrenta cargos por lesiones graves doblemente agravadas: por tratarse de un miembro de las fuerzas de seguridad en abuso de su función y por el uso de arma de fuego.
La reconstrucción del hecho fue solicitada por el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco y acompañada por la querella de la familia de la víctima y el fiscal de Derechos Humanos, Luciano Santos. La defensa se opuso. El argumento central de quienes la impulsan es una contradicción técnica que no pudo resolverse con las pericias existentes: dos peritos del propio Poder Judicial llegaron a conclusiones incompatibles sobre la distancia desde la cual fue efectuado el disparo.
El perito criminalístico José Chaine constató que la remera de la víctima presentaba vestigios similares a quemaduras alrededor del orificio de impacto, lo que indicaría un disparo a muy corta distancia. En cambio, el perito Fernando Pereyra, en su informe balístico del 18 de julio de 2025, estimó que el disparo se efectuó entre 3 y 4 metros de distancia, basándose en la dispersión de las postas recuperadas quirúrgicamente y en las dimensiones del cuarto.
Según la querella, ambas conclusiones son físicamente incompatibles: a 3 o 4 metros, los gases del cañón no conservarían temperatura suficiente para quemar la tela. Además, cuestionaron el método utilizado por Pereyra —disparos de prueba sobre cartón y no sobre tela—, la ausencia de análisis morfológico del orificio en la remera, y el hecho de que el propio perito reconoció que el tirador debió adoptar una posición oblicua en el pasillo, lo que hace imposible calcular la distancia con precisión a partir de las dimensiones de la habitación.
¿Qué busca la reconstrucción?
La medida permitiría reproducir las condiciones edilicias reales, determinar las posiciones posibles del tirador y la víctima, y realizar disparos de prueba sobre tela similar a distancias equivalentes a las estimadas, para cotejar si los vestigios térmicos son o no compatibles con el informe balístico.

Para el Comité, este dato no es secundario: a distancias cortas, los cartuchos multiposta de goma generan mayor energía cinética y un patrón de impacto más concentrado, lo que incide directamente en la evaluación de si el uso de la fuerza fue proporcional. Tanto el Comité como la fiscalía sostienen que se trató de un uso excesivo de la fuerza en una situación que, según el protocolo de la Ley 3381-G, requería intervención de personal de salud. La víctima se encontraba contenida dentro de una habitación al momento del disparo y, según la querella, no representaba un peligro inminente para terceros.
La resolución de la jueza Ise —que llegará por escrito— definirá si esa reconstrucción tendrá lugar antes del juicio oral, o si el debate deberá avanzar con la contradicción pericial sin resolver.
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