Compartir

“El fallo es un espanto”, aseguró el presidente del Consejo de Abogados de Resistencia, Miguel Vigier, respecto de la sentencia de los camaristas Diego Derewicki y Fernando Heñín que declaró inconstitucional un artículo de la recientemente sancionada ley de Honorarios para profesionales del Derecho en el Chaco. Por su parte, el presidente del Colegio de Abogados, José Galassi, aseguró que hay un “grupo muy selecto” de magistrados que se opusieron desde antes de la sanción de la ley: “Hay esta reticencia, esta conducta que es lamentable”.

Lunes, 11 de mayo de 2026
Diego Derewicki y Fernando Heñín, los firmantes de la polémica sentencia contra la ley de Honorarios

La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Resistencia, integrada por los jueces Diego Derewicki y Fernando Heñín, encendió una nueva controversia institucional al declarar la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley N° 4228-C —la nueva ley de honorarios profesionales de abogados y procuradores del Chaco— sin que ninguna de las partes del proceso lo hubiera solicitado. La decisión provocó el rechazo inmediato tanto del Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia como del Consejo de Abogados de la provincia, cuyos referentes calificaron el fallo de inconstitucional, técnicamente deficiente y, en palabras del presidente del Consejo, directamente “un espanto”.

Una ley vigente, un fallo acotado

Antes de cualquier otra consideración, el presidente del Consejo de Abogados —y profesor de Derecho Constitucional— se ocupó de precisar el alcance real de la resolución judicial para despejar confusiones. “La ley de honorarios, la 4228-C, está absolutamente vigente en toda la provincia”, señaló. “En la Argentina rige lo que se llama el control de constitucionalidad difuso, está a cargo de todos los jueces, y los fallos o las sentencias en las que se declara la inconstitucionalidad de una norma se agotan en sus efectos al caso concreto. Con lo cual, esos titulares que hemos visto, en el sentido de que se ha afectado la ley o se ha tumbado la ley, son inciertos en este punto técnico”.

Aclarado ese aspecto, su valoración del fallo en sí misma no admitió matices: “La ley está vigente, y solamente en este caso concreto se ha inaplicado. Este es el único efecto que tiene el fallo dictado por la Sala Cuarta.” Y acto seguido, como constitucionalista, agregó: “Como presidente del Consejo de Abogados, pero sobre todo como profesor de Derecho Constitucional, tengo que decir que el fallo es un espanto”.

El problema de fondo: inconstitucionalidad declarada de oficio

El núcleo de la crítica técnica apunta a que la Sala Cuarta actuó sin que ninguna de las partes del proceso hubiera cuestionado la constitucionalidad de la norma. “El control de constitucionalidad que se ha ejercido se ha realizado sin que ninguna de las partes se lo pida. Esto es de oficio, y es una facultad excepcionalísima que tienen los jueces”, explicó el presidente del Consejo. Y agregó que la propia sala tiene dicho en su jurisprudencia que ese control procede cuando las partes lo solicitan y solo ante una norma manifiestamente incompatible con la Constitución. “Todavía más excepcional es cuando los jueces lo ejercen de oficio, esto es, sin que las partes lo hayan pedido”.

Pero no solo eso: el fallo tampoco explicó por qué la norma sería inconstitucional. “Hay que decir que el fallo no se ocupa de fundamentar por qué en este caso está palmariamente demostrado que la norma que se ha aplicado es inconstitucional”, remarcó. En ese sentido, citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: el máximo tribunal federal tiene establecido —en el precedente “Pereira” y otros— que el control de constitucionalidad de oficio exige al menos algún planteo de las partes en el que los jueces puedan apoyarse. Nada de eso ocurrió aquí.
La conclusión del jurista fue contundente: “Los jueces en realidad no han ejercido jurisdicción, han legislado sustituyendo el criterio del legislador que en el artículo 3 de la ley vigente establece que la ley de honorarios se aplica a toda regulación pendiente”.

“Un paso más de una conducta inapropiada”

Desde el Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia, el presidente José Galassi situó el fallo en un contexto más amplio de resistencia corporativa a la nueva ley. “Ya venimos con maniobras desde un grupo de magistrados de nuestra provincia. Ya tuvimos, antes de que sea promulgada la ley, un intento de veto parcial pedido por la asociación de magistrados, un grupo de jueces que intentaron pegar una embestida contra la ley de honorarios profesionales, y la verdad que esto viene a ser un paso más de esa conducta inapropiada que los magistrados deben tener”, señaló.

Para Galassi, la decisión de la Sala Cuarta “no sólo implica un grave, muy grave apartamiento al texto expreso de la ley vigente, sino que también preocupa la afectación a principios esenciales del estado de derecho, tales como el principio de legalidad, de seguridad jurídica y el respeto a la división de poderes”.

El dirigente invocó la misma doctrina de la Corte Suprema que citó el constitucionalista: “La declaración de inconstitucionalidad constituye el último recurso del orden jurídico y sólo procede ante una contradicción manifiesta e insalvable con la Constitución, circunstancia que en este caso no se verifica. Parece que estos jueces no están entendiendo o no leen”.

Dos años de trabajo legislativo

Galassi subrayó que la Ley N° 4228-C no fue una norma improvisada sino el resultado de un largo proceso de construcción colectiva. “Esta ley no es producto de un trabajo de 24, 42 o 72 horas. Son dos años que vinimos trabajando, las seis circunscripciones judiciales conjuntamente con el Consejo de Abogados de Resistencia, para que esta ley pueda ser una realidad.” La norma fue sancionada por la Cámara de Diputados de manera “casi unánime”, destacó, y apunta no solo a actualizar los aranceles sino a reconocer el carácter alimentario de los honorarios profesionales.

Frente a quienes argumentan que la suba de honorarios podría dificultar el acceso a la justicia, el presidente del Colegio fue categórico: “Nosotros teníamos honorarios totalmente desactualizados, honorarios que eran irrisorios para la realidad, para la depreciación económica que tenemos. Eso no es una limitante. El Estado tiene su servicio de defensores públicos, que son gratis. Nosotros somos abogados privados que la gente viene y nos contrata. El acceso a la justicia está garantizado.”

Lo que viene: apelación y observatorio

El Colegio ya tiene en marcha la respuesta judicial. “Sí, ya está trabajando el colega en la apelación, porque lo que corresponde es seguir por la vía recursiva pertinente”, confirmó Galassi, quien aclaró que la causa está en manos de un miembro de la propia comisión directiva del Colegio. “Nosotros somos respetuosos de la institucionalidad y del proceso legal propiamente dicho. Como abogados debemos serlo y debemos dar el ejemplo”.

En paralelo, las instituciones avanzan en la conformación del Observatorio de Cumplimiento de la Ley Arancelaria (OCLA), previsto en la propia norma. “Los días que vienen, la semana que viene, vamos a tener una reunión de todas las instituciones en las seis circunscripciones judiciales en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña para conformar el observatorio que la ley crea, para empezar a analizar y tener en cuenta estas cuestiones”, anticipó Galassi.

El dirigente también apuntó hacia el proceso electoral del Consejo de la Magistratura. “Este año los abogados y abogadas tenemos que estar atentos porque vamos a elegir representantes para el Consejo de la Magistratura. Deben llegar representantes que levanten la voz de los abogados y abogadas, para garantizar que lleguen jueces y fiscales probos, gente capacitada y preparada para el cargo, para que justamente estas cosas no pasen”.

Por último, Galassi convocó a distinguir: “No digo todos, porque hay otros juzgados que están aplicando la ley de una manera impecable, muy respetuosa en cuanto al texto y al espíritu del legislador. Hay, con un grupo muy selecto, esta reticencia, esta conducta que es lamentable. Pero la entendemos y vamos a seguir por las vías judiciales pertinentes a los efectos de marcar el camino del respeto hacia el trabajo y la labor del abogado y procurador en la provincia del Chaco”.


Compartir