El asesor de más de 70 cooperativas de trabajo del Chaco, procesado por una millonaria defraudación al Estado, presentó un hábeas corpus para evitar ser enviado a la cárcel federal de Rawson. La Cámara Federal rechazó la medida, pero el Tribunal Oral Federal aún debe pronunciarse sobre si el traslado es “razonable”.
Sábado, 2 de mayo de 2026

En un nuevo capítulo judicial de la causa conocida como la “megausina de facturas truchas”, Fernando Adrián Ayala inició una ofensiva legal para impedir su salida del Chaco. El imputado —pieza central en el engranaje contable que habría facilitado el desvío de fondos públicos— busca evitar ser trasladado al Instituto de Seguridad y Resocialización (U6) de Rawson, una de las cárceles de máxima seguridad más australes del país.
Para comprender el alcance de esta disputa penitenciaria, es necesario remontarse al origen del caso. La causa se inicia por denuncias de clientes del contador Walter Pasko, quienes descubrieron que sus CUIT y claves fiscales habían sido utilizadas para emitir facturas millonarias sin su conocimiento. La investigación de la Fiscalía Federal de Resistencia, a cargo de Patricio Sabadini, determinó que entre 2019 y 2023 operó en el Chaco una red dedicada a la generación de facturas apócrifas y al lavado de dinero, presuntamente liderada por Pasko y por Ayala, en su rol de asesor de más de 70 cooperativas de trabajo.
El esquema funcionaba mediante la creación de cooperativas y fundaciones que operaban como “usinas” de facturación. A través de ellas se emitían comprobantes falsos tanto a contribuyentes privados como a organismos públicos, en especial al Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (IAFEP), que entre 2022 y 2023 recibió operaciones por más de 817 millones de pesos. Las maniobras incluían el uso indebido de CUIT ajenos, la emisión de facturas a municipios para justificar gastos, la creación de documentos considerados falsos —como el denominado “Tique Factura A”— y facturaciones cruzadas entre las empresas involucradas para neutralizar créditos fiscales.
Según la acusación, Pasko diseñó y ejecutó el mecanismo, mientras que Ayala creó múltiples fundaciones y cooperativas junto a familiares para extraer fondos estatales. La esposa de Pasko, la abogada y escribana Diana Yael Daniel, habría sido el nexo legal para insertar la facturación apócrifa en organismos públicos; y María José Reinau, esposa de Ayala, ocupó cargos ejecutivos en varias de esas entidades, facilitando la emisión y el cruce de facturas.
La investigación también detectó un notorio incremento patrimonial en los imputados. Entre 2019 y 2022, Pasko adquirió nueve propiedades y vehículos de alta gama —entre ellos tres camionetas Toyota y un inmueble en el barrio privado La Ribera de Resistencia— y registró numerosos viajes al exterior con cuantiosos gastos en dólares. Por su parte, Ayala y Reinau adquirieron vehículos y propiedades de alto valor, incluyendo unidades en el exclusivo edificio Boulevard Sarmiento. Las acreditaciones bancarias de Reinau pasaron de poco más de un millón de pesos en 2020 a más de 123 millones en 2023; las de Ayala, de 3,6 millones a más de 128 millones en el mismo período.
Pero la imagen que quedó grabada en la retina de los investigadores proviene de las propias cámaras de seguridad del departamento de Ayala: los registros lo muestran contando montañas de efectivo con la naturalidad de quien maneja una oficina, acompañado por Ariel Ramón Acevedo —también imputado en la causa— y, en algunas grabaciones, por niños que participaban en la manipulación de los fajos de billetes, presuntamente sus hijos. Un viaje a Brasil realizado al día siguiente de uno de esos videos —cruzando la frontera con cinco valijas y regresando al día siguiente— reforzó la hipótesis de que los fondos eran sacados del país.
En septiembre de 2025, el fiscal Sabadini solicitó a la jueza federal Zunilda Niremperger la elevación a juicio oral de la causa contra Pasko y Ayala por asociación ilícita fiscal en calidad de jefes, en concurso real con lavado de activos. Idénticos cargos, aunque en calidad de integrante, recayeron sobre Reinau, Daniel y otros seis imputados.
Prisión preventiva
Ayala se encuentra detenido desde el 23 de abril de 2025 en la Unidad Penitenciaria 7 de Resistencia. En febrero de 2026, el Tribunal Oral Federal (TOF), integrado por los jueces Juan Manuel Iglesias, Enrique Bosch y Fabián Cardozo, rechazó el pedido de arresto domiciliario presentado por su abogado defensor.
La defensa había invocado el principio de excepcionalidad de la prisión preventiva, el arraigo familiar del imputado en Resistencia y, fundamentalmente, el interés superior de sus hijos menores, argumentando que la detención intramuros les generaba un impacto psicoemocional severo. El Ministerio Público Pupilar se expidió a favor de la domiciliaria, señalando que los menores carecían de cuidado parental durante la jornada laboral de la madre y que la familia acumulaba deudas desde la detención de Ayala. Sin embargo, la fiscalía y las querellas de la Unidad de Información Financiera y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero se opusieron, sosteniendo que la gravedad del delito, la expectativa de pena y la proximidad geográfica a una frontera nacional potenciaban el riesgo de fuga.
El tribunal rechazó el pedido. Los jueces señalaron que el interés superior del niño, si bien es un principio de jerarquía constitucional, no desplaza de manera automática una medida cautelar legítimamente dispuesta. Concluyeron que los menores se hallaban bajo el cuidado de su madre, asistían a actividades escolares y contaban con acompañamiento psicológico, por lo que la presencia del imputado, aunque beneficiosa, no resultaba indispensable. A su vez, consideraron que persistían riesgos procesales concretos de fuga y entorpecimiento que la modalidad domiciliaria no neutralizaba.
El hábeas corpus y el traslado a Rawson
En este contexto, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) impulsó el traslado de Ayala a la U.6 de Rawson. Los informes oficiales presentados en la audiencia describen un panorama problemático desde su ingreso a la U.7: conflictos de convivencia en distintos pabellones, calificación como “incidencia negativa” para sus pares, actitud de “resistencia y oposición” permanente a las normativas del establecimiento y uso de “mecanismos de manipulación” sobre otros internos para generar conflictos con la autoridad.
Ante ese escenario, la defensa interpuso un recurso de hábeas corpus argumentando que el traslado constituiría un “agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención”, dado que Resistencia es el “centro de vida” de Ayala y la ciudad donde reside su núcleo familiar. Sin embargo, según pudo saber LITIGIO, la Cámara Federal de Apelaciones ratificó el rechazo de esa vía, considerando que la cuestión ya estaba siendo debatida ante el TOF y que el hábeas corpus resultaba, por tanto, una “vía paralela” improcedente.
La última palabra sobre si Ayala viajará a la Patagonia la tendrá el Tribunal Oral Federal. La magistratura solicitó al SPF una ampliación de informes que detalle los “hechos concretos” que justifican la medida.
Nota relacionada