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La Cámara Federal de Resistencia confirmó un embargo millonario contra ANDIS por no restituir pensiones a dos hermanas con discapacidad. El tribunal consideró inadmisible el recurso del organismo y priorizó la protección de derechos básicos frente a demoras administrativas.

Miércoles, 22 de abril de 2026

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó un embargo de $22 millones contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) por no restituir pensiones a dos hermanas chaqueñas con discapacidad. El tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario del organismo y dejó firme la sanción económica impuesta para forzar el cumplimiento de la orden judicial.

La decisión, firmada el martes por los jueces Patricia García, Rocío Alcalá y Enrique Bosch, cierra la vía directa para que el caso llegue a la Corte Suprema. De este modo, queda firme lo resuelto el 12 de marzo, cuando la Cámara ya había confirmado el embargo trabado en diciembre de 2025 en concepto de astreintes, es decir, multas destinadas a compeler el cumplimiento de una sentencia.

El conflicto se originó a partir del incumplimiento de una orden judicial que exigía restituir las prestaciones a dos mujeres que padecen artrosis reumatoidea y otras patologías graves. Frente a la falta de respuesta del organismo, la jueza federal de primera instancia Zunilda Niremperger dispuso el embargo sobre las cuentas de ANDIS —con excepción de las destinadas a salarios y prestaciones sociales— como medida de presión.

Según pudo saber LITIGIO, en su último fallo, la Cámara sostuvo que el recurso presentado por el organismo no era admisible, ya que la resolución que confirma un embargo no constituye una sentencia definitiva. También descartó el planteo de arbitrariedad: consideró que ANDIS se limitó a expresar su desacuerdo sin refutar de manera concreta los fundamentos jurídicos de la medida.

El organismo había argumentado que el pago de condenas contra el Estado debe ajustarse a los tiempos del presupuesto público, e incluso planteó que el caso podría resolverse recién en el ejercicio 2027. Además, sostuvo que el embargo afectaba el patrimonio estatal y vulneraba su derecho de defensa.

Los jueces rechazaron estos argumentos con un criterio enfático. Si bien reconocieron que, en general, las obligaciones dinerarias del Estado se rigen por normas presupuestarias, advirtieron que esa regla no puede aplicarse de manera automática cuando están comprometidos derechos fundamentales.

En este caso —subrayó el tribunal— se trata de personas con discapacidad en situación de extrema vulnerabilidad, cuya subsistencia depende directamente de las prestaciones suspendidas. Por eso, concluyeron que supeditar el cumplimiento de la sentencia a trámites administrativos implicaría colocar las normas presupuestarias por encima de la Constitución y de los tratados internacionales de derechos humanos, lo que resulta inadmisible.

Una situación límite

El expediente revela el impacto concreto de la suspensión de las pensiones. N.C.G. y M.J.P.G. eran beneficiarias de pensiones no contributivas por invalidez debido a enfermedades crónicas severas. Sin embargo, en junio de 2025 dejaron de percibirlas sin explicación formal.

Con el deterioro de su salud, ambas debieron ser derivadas al Hospital Garrahan, en Buenos Aires, donde recibieron tratamientos especializados. Tras ser dadas de alta, permanecieron alojadas en la Casa del Chaco, ya que no podían regresar a Resistencia: la falta de ingresos las obligó a abandonar su vivienda.

La madre de las jóvenes relató que, ante la imposibilidad de sostener un alquiler, quedó en situación de calle, alternando entre paradores nocturnos. También señaló que realizó múltiples gestiones ante ANDIS y otros organismos, sin obtener respuestas claras sobre los motivos de la suspensión ni plazos para su restitución.

Frente a ese escenario, la intervención judicial buscó garantizar no solo el cumplimiento de una obligación administrativa, sino la protección urgente de derechos básicos. La confirmación del embargo refuerza esa línea: sin cumplimiento efectivo, la sanción económica seguirá operando como mecanismo de presión sobre el Estado.


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