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El lunes 13 de abril Marisa Herrera estuvo en Resistencia. No es la primera vez que visita la provincia del Chaco. En esta oportunidad fue para participar del acto de apertura de la Diplomatura en Derechos de Niñez y Adolescencia con orientación en Abogacía de la Niña, Niño y Adolescente, dictada por la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAus). Apenas arribada a la ciudad dedicó cuarenta minutos a conversar con LITIGIO sobre sus principales pasiones: el derecho de familia, la política y el feminismo.

Lunes, 20 de abril de 2026

Por Valeria Romero*

Aunque no necesita demasiadas presentaciones, hay que decir que Marisa Herrera es abogada, docente e investigadora del CONICET, una de las principales especialistas en Derecho de Familia de la Argentina. También participó en la elaboración de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación que entró en vigencia en 2015.

Al comienzo de la entrevista, LITIGIO quiere saber por qué eligió el derecho de familia como especialidad. Marisa Herrera no duda en responder que fue una búsqueda personal y una necesidad de reparación. Con su estilo directo, con su capacidad para articular conceptos entre lo personal y lo político describe esa infancia marcada por una hermana que fue una brillante bailarina clásica y una infancia con padres que vivían en el exterior, lo que le generó ciertos vacíos que, a su vez, le permitieron desarrollar una capacidad de “autogestión”.

“En el seno de una familia de clase media caracterizada por los silencios logré fortalecerme a través de otros vínculos afectivos y colectivos. Por ejemplo, la chica que trabajaba en casa, apenas unos años mayor que yo, fue la testigo de mi casamiento y es una de las personas que más quiero en mi vida. Es la persona que me ve y me dice: a vos te pasa algo”, nos cuenta mientras revuelve el café.

A partir de estas experiencias, Herrera identifica en las relaciones familiares el centro neurálgico donde se construye el poder, el germen de la identidad –para bien o para mal- y, citando a Rita Segato, el espacio donde se edifica el patriarcado. Su visión del derecho de familia está atravesada por el derecho constitucional y los derechos humanos, agenda que, según señala, cobró relevancia pública en Argentina a partir de los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, vinculando así su formación académica con lo político.

Como “hija de la educación pública” —desde la primaria hasta su formación como investigadora—, ella reivindica este ámbito como el que le permitió cuestionar lo cotidiano. Recuerda que la diversidad real de su escuela, donde su mejor amiga era la hija del portero, fue central para construir sus vínculos y su capacidad crítica. Como investigadora del CONICET, entiende la investigación social como un ejercicio de formación crítica donde las desigualdades se transforman en lugares de lucha.

El Código Civil y el cambio de mirada sobre la infancia

Herrera sostiene que el Código Civil y Comercial es parte de un sistema de protección integral basado en la Ley 26.061, que traslada los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño al ámbito nacional. El eje central es considerar al niño como sujeto de derechos, lo que implica entender que un hijo no es propiedad privada de sus padres o madres, sino un individuo diferente.

A medida que las niñas y los niños adquieren mayor madurez y discernimiento, Herrera afirma que el Estado debe garantizarles una mayor libertad y autonomía. No obstante, advierte sobre la importancia de considerar el contexto territorial y la identidad; no se puede esperar que un niño de una comunidad originaria decida de la misma forma que uno de Capital Federal bajo las mismas circunstancias.

La abogada critica la formación “clase media” de las facultades de derecho, que asumen erróneamente que la familia siempre es un lugar de protección. “Es cierto -dice- que escucharlos angustia y que muchas veces no estamos preparados para hacerlo, pero es para lo que tenemos que capacitarnos y actuar de otra manera”.

En este sentido, defiende el concepto de autonomía progresiva en el cuidado del propio cuerpo y la salud integral. Pone como ejemplo los casos donde la justicia intenta obligar a adolescentes a realizar terapias revinculatorias forzadas, lo cual califica como una posible intervención iatrogénica y violencia institucional.

Nos trae una anécdota, risueña, en la que se puede apreciar cómo el adolescente ejerce su derecho a ser oído y transforma esa realidad que va a contramano de su deseo y que en este caso no genera mayores conflictos cambiar algunas reglas de juego: un estudiante egresado de un colegio público pide que su título se lo entregue el portero de la escuela. La Directora contesta que el reglamento dice que deben ser docentes. El adolescente escribe una argumentación dando sus razones afectivas, de vínculo construido a lo largo de toda su asistencia al colegio. Finalmente es el portero quien que hace la entrega en el acto académico. La reacción del auditorio fue una ovación y su ejemplo fue seguido por las siguientes promociones.

Para hacer realidad este hecho la persona se encontró no sólo con alguien que entienda su deseo, sino con un asesoramiento que le permitió conocer que estaba respaldado por la ley y autoridades que escucharon aceptando el cambio de paradigma.

Los “tiempos políticos” de la Corte Suprema

En otro tramo de la entrevista, Herrera se refiere al cambio de criterio de la Corte Suprema respecto de la obligatoriedad de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Sostiene que la ratificación de un instrumento internacional implica un compromiso ineludible de cumplimiento, comparándolo con la obligatoriedad de un contrato de locación. Explica que los órganos de interpretación de estos tratados tienen la función de actualizarlos, dado que muchos (como la CEDAW de 1979 o la Convención Americana de 1969) fueron redactados en contextos diferentes a los actuales.

En su análisis, el vértice del sistema jurídico debe ser la Constitución Nacional con los tratados de derechos humanos incorporados (siguiendo la Pirámide de Kelsen). Destaca que el Código Civil y Comercial establece en sus primeros artículos que su interpretación debe ser siempre en diálogo constante con dichos tratados. Por ello, considera imperativo que los juristas estén informados sobre la jurisprudencia de la Corte Interamericana y los comités internacionales.

Herrera expresa un profundo malestar académico frente al cambio de postura de la Corte Suprema argentina a partir del caso Fontevecchia (Nota de redacción: la Corte determinó que no es jurídicamente procedente que la Corte IDH ordene la revocación o anulación de una sentencia dictada por la propia CSJN que ya cuenta con autoridad de cosa juzgada en el derecho interno). Critica, especialmente, a los jueces que, teniendo la obligación de ser intérpretes últimos, modifican sus criterios sin fundamentación sólida, alegando simplemente que “los tiempos cambian”. Le preocupa, además, la naturalización de que la justicia ajuste su criterio según los tiempos políticos o para “quedar bien con el gobierno de turno”, calificando estas oscilaciones como una falta de razonabilidad en las sentencias. “Mi enojo académico es con quienes venían sosteniendo A y luego cambian a B, con (Ricardo) Lorenzetti y con (Elena) Higthon de Nolasco.  Porque el voto de (Horacio) Rosatti una ya lo sabía, como el de (Carlos) Rosenkrantz, que es ningunear en algún punto a la jurisprudencia de la Corte Interamericana”, advierte sin eufemismos.

Comparte su sensación personal y sus reflexiones ante el momento político y nos dice que viene leyendo que “la justicia ahora persigue al gobierno porque se le viene la noche”. Se naturaliza tanto esto de que se cambia de criterio según los tiempos políticos. “Me preocupa enormemente, porque yo que soy profesora de derecho en la universidad pública les tengo que decir: estimados chicos, todo lo que estamos estudiando es al pedo, porque en realidad lo que la justicia quiere es quedar bien con el gobierno de turno”, subraya.

Herrera comenta que está leyendo el libro “Tiempos difíciles para la Constitución. Las confusiones de los constitucionalistas”, en el que se plantea que “la no Constitución es el caos y que te maneje el caos es justamente la regla del más fuerte, la ley de la selva”. Y pone como ejemplo la elección de prioridades de la Corte: “es todo tan abiertamente salvaje que tenemos un Decreto de Necesidad y Urgencia, el 70/23, sobre el que la que Corte todavía no se expidió, que es inconstitucional, pero hoy está muy preocupada en elaborar un reglamento para seleccionar magistrados y magistradas”.

Este comportamiento no es nuevo y recuerda, cuestionando la legitimidad de ciertos actos de la Corte, como la declaración de inconstitucionalidad de la ley del Consejo de la Magistratura tras 16 años de vigencia, como una maniobra de Horacio Rosatti para presidir dicho organismo. También incluye en esta mirada el uso del “famoso” artículo 280, “por el que te deniego un recurso por la sana discrecionalidad. Es una herramienta inconvencional. Yo soy la primera que quiere creer en la justicia, pero hay que plantearse reformar estas cosas, que estoy trabajando en eso”.

Y deja una recomendación que permite sostener en la práctica diaria las convicciones: “es un acto de coherencia citar a la CEDAW en un escrito. Porque ponés el sistema de derechos humanos en un sistema de coherencia normativo. Y tampoco es citar a secas el interés superior del niño o la desigualdad de género. No subestimen. Hay que demostrar por qué se debe ocupar esta herramienta en este caso. Es para reparar las desigualdades sociales, reales, desequilibrios”.

Interdisciplina y patriarcado en el Poder Judicial

Sin dudas en la actividad judicial actual se ve la presencia de otras y otros profesionales que intervienen en el caso, ya no sólo como una pieza accesoria sino como parte del debido proceso, como una garantía para hacer realidad la tutela efectiva que demandan los tratados internacionales. Estas prácticas también están atravesadas por patrones culturales y Marisa Herrera no duda en nombrarlas. “Hay una mirada elitista, verticalista en el Poder Judicial, en definitiva patriarcal, de sumisión. Que es lo mismo que se construye en la sociedad ¿Qué quiere decir esto? El que es juez, los que son abogados, están arriba. En la provincia de Buenos Aires como hay psiquiatras también, como el psiquiatra es médico, tienen otro respeto, distinto a los psicólogos. El trabajador social es de cuarta. Hay una mirada absolutamente elitista y no podés construir así”, reflexiona categórica.

Propone cambiar este trabajo estratificado por “una construcción más colectiva, más horizontal. Donde podamos mostrar la vulnerabilidad también y abandonar las miradas conservadoras y desde posiciones de privilegio que juzgan, por ejemplo a las madres, sin comprender sus historias de vida”.

Profundiza en cómo el patriarcado formatea al poder judicial trayendo la elección de magistradas que se va a dar en el Senado. “Si vemos los pliegos para la designación de jueces y juezas en el Senado de la Nación me pregunto qué justicia estamos configurando para los próximos veinticinco años. Los ‘hijos de’ y las mujeres, las ‘empleadas de’. Las mujeres son la secretaria de Ercolini, la secretaria de Borinsky, la mujer de De Giorgi, o sea que para llegar a un lugar primero tuvo que haber sido un varón el que la designe”.

A modo de chiste dice que “las feministas son las aguafiestas”, la Mafalda con la pregunta incómoda y afirma “equipo que pierde se cambia y con este equipo venimos perdiendo por goleada”.

 

*Abogada, editora de la sección “Zoom: Observatorio de Prácticas Judiciales” de LITIGIO

 

 

 


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