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El fallo del Juzgado Civil y Comercial N°1 de Resistencia hizo lugar a una acción de amparo interpuesta por un afiliado al que la prepaga le rechazó la provisión de Gammaglobulina, medicamento indicado para una enfermedad neurológica de origen autoinmune.

Jueves, 5 de marzo de 2026

Un hombre de 53 años, afiliado a Swiss Medical, inició en febrero de 2025 una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga luego de que esta se negara a cubrir el medicamento Gammaglobulina endovenosa —180 gramos totales administrados en cinco días— prescripto por especialistas del FLENI ante un diagnóstico de Plexopatía Braquial Inmunomediada, una enfermedad inflamatoria que afecta el conjunto de nervios que conecta la médula espinal con el hombro, el brazo y la mano.

El paciente había comenzado a presentar pérdida de fuerza en el brazo izquierdo desde principios de 2024, y tras un extenso recorrido por distintos profesionales y estudios —incluyendo resonancias magnéticas, electromiogramas y una punción lumbar—, los médicos neurólogos del centro especializado llegaron a la conclusión diagnóstica luego de discutir el caso en un ateneo multidisciplinario.

Swiss Medical rechazó la cobertura argumentando que el diagnóstico no estaba confirmado sino que era una mera “sospecha”, dado que los análisis de anticuerpos habían arrojado resultados negativos. La empresa sostuvo además que la Gammaglobulina intravenosa no se encuentra incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO) para esa indicación, y que el paciente carecía de certificado de discapacidad que justificara una cobertura por fuera del marco básico. Pese a los reiterados pedidos y a una intimación formal presentada en diciembre de 2024, la respuesta de la prepaga fue un correo electrónico que informaba escuetamente que “la medicación no posee cobertura”, sin mayores fundamentos médicos ni notificación oportuna al afiliado de las supuestas conclusiones de su auditoría interna.

El fallo 

La jueza a cargo del caso, Claudia Piccirillo, valoró especialmente el testimonio del médico neurólogo tratante del FLENI, quien explicó con detalle el proceso diagnóstico y señaló que los resultados negativos de los anticuerpos no descartaban la presunción diagnóstica, ya que las características clínicas del paciente continuaban apuntando a una afección del plexo braquial de origen inmunomediado. Resultó determinante, además, que tras recibir el tratamiento —autorizado preventivamente por una medida cautelar dictada en el marco del amparo— el paciente mostró mejoría clínica concreta: disminución del dolor, recuperación de actividades que requerían fuerza en el brazo izquierdo y estabilidad en los hallazgos del electromiograma de seguimiento.

La magistrada consideró que el informe de la médica legista presentado por Swiss Medical carecía de fecha, no había sido comunicado en tiempo y forma al afiliado, y no reunía los requisitos para ser ponderado como fundamento válido del rechazo.

En su fallo del 2 de marzo, que da a conocer LITIGIO, la jueza hizo lugar a la acción de amparo, reconoció la obligación de Swiss Medical de cubrir el 100% del tratamiento con Gammaglobulina y ordenó a la empresa garantizar la continuidad del suministro ante un eventual requerimiento del médico tratante. También citó informes de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación que confirmaron que las inmunoglobulinas se encuentran contempladas en la Resolución 310/04 del Ministerio de Salud y que, según la modalidad de aplicación, deben cubrirse al 40%, 70% o 100%.

Las costas del proceso fueron impuestas a la demandada, y la sentencia incluyó una exhortación enfática a Swiss Medical para que en adelante atienda en tiempo oportuno y razonable las solicitudes de cobertura de sus afiliados, sin dilaciones que comprometan derechos constitucionales como el derecho a la vida y a la salud.


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