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Un juez dictó una medida cautelar que suspendió los efectos de las escandalosas resoluciones de la mayoría oficialista que controla el Consejo de la Magistratura del Chaco y que había declarado desiertos los concursos para ocupar las fiscalías Nº 1 y Nº 5 de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña porque los postulantes que llegaron a la instancia final no eran del paladar del gobierno de turno. Hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, no se podrá abrir un nuevo concurso y se deberá mantener la situación de los aspirantes.

Jueves, 26 de febrero de 2026

Un juez dictó una medida cautelar que suspendió los efectos de las escandalosas resoluciones de la mayoría zderista que controla el Consejo de la Magistratura del Chaco y que había declarado desiertos los concursos para ocupar las Fiscalías N° 5 y del Equipo N° 1 de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, porque los postulantes que llegaron a la instancia final no eran del paladar del oficialismo.

La decisión, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue firmada el 24 de febrero por el juez subrogante del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 2, Dr. Marcelo Alejandro Benítez Maurel, luego de que los tres concursantes perjudicados —los Dres. Cristian Ignacio Arana, Geraldine Solange Dilchoff Kesque y Tatiana Nuria Mañak— presentaran la acción judicial el día anterior.

El conflicto se originó en el Acta N° 1.302 del Consejo de la Magistratura, suscripta el 12 de febrero de 2026, mediante la cual la conducción del organismo —alineada con el gobierno de Leandro Zdero— declaró desiertos los concursos de antecedentes y oposición para los dos cargos fiscales y dispuso la convocatoria a un nuevo proceso de selección, con el evidente propósito de tener una segunda oportunidad para imponer candidatos propios. El problema para el oficialismo era que los únicos tres postulantes que habían alcanzado el “nivel de excelencia” requerido para ser propuestos a los cargos no respondían a sus intereses políticos, lo que derivó en una maniobra institucional sin precedentes para dejar sin efecto un concurso legítimo y transparente.

Otro dato central es que el “caballo del comisario”, el abogado César Collado, había quedado afuera del concurso y posteriormente insultado a los integrantes del tribunal que le tomaron los exámenes y también a los miembros del Consejo de la Magistratura. Pero la gravedad institucional de esta situación es que desde hace casi un año Collado ocupa el cargo de fiscal provisorio de la Fiscalía Nº 1 de Sáenz Peña, la misma por la que ahora quedó afuera del concurso al demostrar que no contaba con el nivel necesario para desempeñarse en ese cargo.

La farsa de las abstenciones y el “mandato telefónico”

Lejos de esgrimir argumentos jurídicos sólidos para justificar una decisión de semejante gravedad institucional, cuatro consejeros afines al oficialismo se abstuvieron de votar amparándose en un supuesto contacto telefónico mediante el cual la presidenta del Colegio de Abogados de Sáenz Peña (y funcionaria del intendente Bruno Cipolini), Florencia Avila Arkwright, les habría transmitido reparos sobre los candidatos. Los postulantes damnificados denunciaron ante la Justicia que semejante justificación constituyó una “total y absoluta informalidad, impropia de un órgano de tamaña responsabilidad”, señalando además que ninguno de esos cuestionamientos había sido introducido en tiempo y forma dentro del expediente concursal, único ámbito válido para hacerlo. La maniobra resultó aún más burda si se tiene en cuenta que una impugnación presentada por un candidato que no había alcanzado el nivel de excelencia ya había sido rechazada por unanimidad por el propio Consejo, que en ese momento había avalado sin fisuras la transparencia del proceso.

El alcance de la medida que frenó al oficialismo

El juez consideró que los argumentos y pruebas presentados por los tres postulantes generaron suficiente verosimilitud del derecho como para habilitar la medida cautelar, y tuvo por acreditado el peligro en la demora, dado que la apertura de un nuevo concurso —claramente orientado a favorecer candidatos más funcionales al gobierno provincial— podría tornar irreparable el perjuicio sufrido por quienes se sometieron de buena fe a un proceso que cumplió todas las etapas legales previstas. La resolución judicial suspendió tanto la declaración de deserción de los concursos como el llamado a un nuevo proceso de selección, ordenando al Consejo de la Magistratura mantener la situación fáctica y jurídica anterior al acta cuestionada hasta que exista sentencia firme en la causa principal. El organismo controlado por el zderismo deberá informar el cumplimiento de la medida dentro de las 48 horas de notificado.

La causa tramita bajo el expediente N° 319/2026 y fue caratulada “Arana, Cristian Ignacio; Dilchoff Kesque, Geraldine Solange; Mañak, Tatiana Nuria c/ Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia del Chaco s/ Medida Cautelar”. El fondo del asunto, que incluye una acción de amparo, aún deberá ser resuelto en instancias posteriores, aunque el fallo cautelar constituye una primera y contundente señal de que la Justicia no está dispuesta a avalar el uso político del Consejo de la Magistratura para copar las fiscalías chaqueñas con operadores del gobierno de turno.

 


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