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La acción directa de inconstitucionalidad presentada por la Procuradora General de Justicia, Vanessa Wendhausen Cavallazzi, y por el Coordinador del CECCON, Procurador de Justicia Isaac Sabá Guimarães, apunta un vicio formal y material que lleva a la inconstitucionalidad de la Ley 19.722/2026 que prohibió las cuotas raciales y de género en las universidades públicas del Estado del sur brasileño. 

Sábado, 31 de enero de 2026

El Ministerio Público de Santa Catarina (MPSC) interpuso este viernes 30 de enero una acción directa de inconstitucionalidad (ADI) contra la Ley 19.722/2026, que prohíbe las cuotas raciales y de género para el ingreso a las universidades públicas o a las que reciben fondos públicos en Santa Catarina. En la acción, el MPSC argumenta que la ley presenta un defecto formal y material y, por lo tanto, es inconstitucional.

La demanda fue interpuesta por la Procuradora General del Ministerio Público de Santa Catarina (MPSC), Vanessa Wendhausen Cavallazzi, y se basa en un estudio jurídico del Centro de Apoyo Operativo al Control Constitucional (CECCON) de la institución, que también firmó el documento a través de su coordinador, el fiscal Isaac Sabá Guimarães.

«Su contenido, en su totalidad, es incompatible con las disposiciones de la Constitución del Estado de Santa Catarina, pues viola la autonomía reservada a las universidades, además de invadir las competencias del titular del Poder Ejecutivo y, a pesar de tener su origen en el Poder Legislativo, se extiende a materias reservadas al Gobernador del Estado», argumentan en la demanda.

La Ley 19.722/2026 prohíbe en Santa Catarina la adopción de políticas de reserva de plazas o cualquier forma de cuota o acción afirmativa, tales como plazas suplementarias y medidas similares, para la admisión de estudiantes o la contratación de profesores, técnicos y cualquier otro profesional en instituciones de educación superior públicas o que reciben fondos públicos.

Según el Ministerio Público, la Ley 19.722/2026 presenta un defecto sustancial, debido a una violación directa de la autonomía universitaria, estipulada en el artículo 169 de la Constitución del Estado y equivalente al artículo 207 de la Constitución Federal. La institución afirma que la ley interfiere indebidamente con la capacidad de las universidades para definir sus propios criterios de selección y políticas académicas, una prerrogativa expresamente protegida por la legislación y reconocida en la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal.

El Ministerio Público de Santa Catarina (MPSC) también señala una falla formal en la ley, ya que es resultado de una iniciativa parlamentaria indebida, que invade las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, como la organización de la administración estatal y la definición del régimen jurídico de los funcionarios públicos. Además, según la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI), las disposiciones que imponen sanciones disciplinarias y determinan las normas de funcionamiento interno de las universidades exceden la facultad legislativa y violan los artículos 50 y 71 de la Constitución de Santa Catarina.

Además, el Ministerio Público argumenta que las sanciones impuestas por la ley —anulación del examen de ingreso, multa de R$ 100.000 y suspensión de la financiación pública— representan un atentado contra la autonomía de gestión financiera de las universidades. Según el MPSC (Ministerio Público del Estado de Santa Catarina), el presupuesto de las instituciones no puede utilizarse como mecanismo de coerción política ni condicionarse a la adopción de políticas impuestas por el Poder Legislativo.

El Ministerio Público de Santa Catarina (MPSC) solicita, mediante Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI), la concesión de una medida cautelar para suspender inmediatamente la vigencia de la Ley 19.722/2026, argumentando que su aplicación en vísperas del inicio del curso escolar 2026 pone en peligro el calendario de las instituciones, genera inseguridad jurídica para los candidatos y podría desencadenar una oleada de litigios.

La acción pasa ahora al Órgano Especial del Tribunal de Justicia de Santa Catarina para su análisis, que decidirá si concede la medida cautelar y, posteriormente, juzgará el fondo de la inconstitucionalidad.

 


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