La jueza Zunilda Niremperger habilitó la feria judicial para proteger el derecho a la salud de una mujer de 65 años con cáncer avanzado, luego de que la obra social le negara la medicación.
Sábado, 24 de enero de 2026

La Justicia Federal ordenó al PAMI garantizar de manera inmediata un tratamiento oncológico urgente a una jubilada de 65 años, al habilitar la feria judicial para resguardar su derecho a la salud. La decisión fue adoptada por la jueza Zunilda Niremperger, titular del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, ante la negativa de la obra social a suministrar la medicación indicada a una paciente con cáncer avanzado.
El fallo, dictado el pasado 23 de enero, hizo lugar a una medida cautelar innovativa presentada por una afiliada al PAMI, quien padece un Carcinoma Endometroide Avanzado. La magistrada ordenó la entrega inmediata del medicamento Trastuzumab Tuzepia 440 mg, considerado vital para la continuidad de su tratamiento oncológico.
La acción judicial fue promovida el 22 de enero, en plena feria. En la presentación se solicitó la habilitación de días y horas inhábiles debido a la gravedad del cuadro clínico y al riesgo que implicaba la interrupción del tratamiento, que —según se advirtió— podía generar daños físicos y emocionales de carácter irreversible.
De acuerdo con lo expuesto en el expediente, la paciente contaba con prescripción médica de su oncóloga tratante, Marta Zovack, pero el PAMI habría rechazado o demorado la provisión del medicamento invocando razones administrativas o de protocolo interno.
Al analizar el caso, la jueza Niremperger sostuvo que resulta inhumano desatender una situación de esta naturaleza por motivos meramente formales y remarcó que el derecho a la salud y a la vida debe prevalecer por sobre cualquier consideración administrativa.
“Ante la presencia de un derecho de importancia tal como el derecho a la salud, el requisito del peligro en la demora cobra mayor fuerza, puesto que el transcurso del tiempo podría derivar en consecuencias irremediables para la vida de la damnificada”, señaló la magistrada.
La resolución también recordó la obligación del Estado de garantizar el acceso efectivo a la salud, citando normas de jerarquía constitucional y tratados internacionales, entre ellos la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Además de ordenar la cobertura total e inmediata del medicamento requerido, el fallo amplió el alcance de la medida y dispuso que el PAMI deberá brindar cobertura integral de cualquier otro fármaco o esquema terapéutico que la médica tratante considere necesario para paliar la patología de la paciente. La cautelar se mantendrá vigente hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa principal y se ordenó notificar de manera urgente a la delegación del PAMI en Resistencia para asegurar su cumplimiento.