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La Justicia Federal de Resistencia anuló la expulsión de Ileana Aguirre de La Libertad Avanza Chaco, opositora interna de Alfredo ‘Capi’ Rodríguez, y ordenó su restitución como afiliada y vicepresidenta del partido. El fallo declaró nulo el procedimiento impulsado por Rodríguez por violar el debido proceso y la Carta Orgánica partidaria. La decisión se da en paralelo al procesamiento del dirigente libertario por presuntas afiliaciones truchas.

Martes, 30 de diciembre de 2025

Un fin de año para el olvido es el que está atravesando el presidente de La Libertad Avanza del Chaco, Alfredo ‘Capi’ Rodríguez. Al reciente procesamiento como autor de presuntas maniobras para confeccionar fichas de afiliaciones apócrifas, mediante el uso de bases de datos oficiales, se le sumó otro revés judicial que se mete en la interna libertaria local.

El Juzgado Federal 1 de Resistencia, a cargo de la jueza Zunilda Niremperger, declaró la nulidad absoluta de la expulsión de Ileana Aguirre del partido libertario local, ordenado en agosto por el propio Rodríguez y su entorno. La sentencia restituye a Aguirre tanto en su condición de afiliada como su cargo de vicepresidenta de la agrupación, según información a la que accedió LITIGIO.

El conflicto se originó el pasado 26 de agosto, cuando la Junta Central de Gobierno del partido, liderada por Rodríguez, decidió la expulsión de Aguirre. La dirigente fue acusada de “desprestigiar al partido, autoridades y afiliados” a raíz de sus declaraciones en medios de comunicación y sus denuncias ante la Justicia Federal, que salpicaban tanto al presidente del partido como a sus militantes más cercanos.

Aguirre impugnó la medida ante la Justicia Federal de Resistencia. En su presentación judicial, calificó la sanción como arbitraria e ilegal, argumentando que se le impidió ejercer su derecho de defensa al no existir una acusación formal previa ni un traslado de pruebas y que tampoco el procedimiento cumplió con los pasos previstos por la Carta Orgánica.

En su sentencia, firmada el lunes, la jueza Niremperger basó su decisión en la falta de “regularidad funcional” del procedimiento partidario. Según la sentencia, que coincide con el dictamen emitido por la fiscalía Federal, la Junta Central de Gobierno se “autodesignó” como tribunal disciplinario, ignorando que la Carta Orgánica del partido establece que el Tribunal de Disciplina debe ser un órgano independiente elegido por el Congreso del Distrito.

Facsímil del acta de expulsión de Aguirre.

 

Además, se violó el debido proceso ya que se verificó que Aguirre no tuvo una imputación efectiva ni oportunidad de defensa antes de ser sancionada. El fallo subraya que la actuación de un órgano incompetente constituye un error que no puede ser convalidado, afectando los principios democráticos que deben regir a los partidos políticos.

“En conclusión, habiéndose verificado que la sanción disciplinaria fue impuesta por un órgano manifiestamente incompetente, y dado que la incompetencia constituye un vicio insusceptible de convalidación, y se ha vulnerado el debido proceso y el derecho de defensa, corresponde declarar la invalidez y nulidad absoluta de lo actuado por la Junta Central de Gobierno del partido LLA Chaco respecto de la expulsión de la afiliada”, sentenció Niremperger, al tiempo que resolvió no solo mantener su afiliación al partido, sino ratificarla como vicepresidenta.

Denuncias de fondo

La expulsión de Aguirre no fue un hecho aislado, sino la respuesta a una serie de denuncias que la dirigente llevó ante el fiscal Patricio Sabadini. Aguirre asegura haber entregado pruebas documentales sobre presuntas maniobras irregulares dentro de LLA Chaco, entre las que se incluyen designaciones “a dedo” dentro de la estructura partidaria y exigencias de aportes económicos obligatorios a empleados de organismos nacionales como ANSES y PAMI.

“He cumplido con mi deber como ciudadana y como afiliada. La idea del presidente Javier Milei justamente era ‘basta de la casta’ y ‘el que las hace, las paga’. Convencida de eso, actué en consecuencia”, subrayó en su momento la dirigente, quien consideró que su eyección estaba “totalmente planificada” para acallarla.

Afiliaciones truchas

Cabe recordar que, en el marco de su declaración indagatoria en la causa por presuntas afiliaciones truchas, el presidente de LLA Chaco acusó a Aguirre de haber sido ella quien montó el sistema de afiliaciones con ayuda de su entorno.

“Yo niego los hechos que se me atribuyen, jamás intervine de ninguna manera en la certificación de fichas de afiliación falsas. Ninguna de las firmas insertas en las fichas supuestamente apócrifas son de mi puño y letra”, afirmó ‘Capi’ el pasado 28 de agosto, según pudo saber LITIGIO.

En otro tramo, Rodríguez atribuyó la acusación a una pelea interna. “Esto es una cuestión netamente política para ensuciar mi imagen y frenar una candidatura que yo tenía prevista. Es una interna partidaria de un grupo minoritario, encabezado por Aguirre, que utilizó el aparato judicial para canalizar sus intereses propios”, aseveró.

Procesamiento

A pesar de su intento de defensa, la Justicia Federal dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Rodríguez. La medida fue dispuesta por el Juzgado Federal de Resistencia 1 en el marco de una investigación que puso al descubierto una presunta maniobra destinada a inflar el padrón partidario mediante la falsificación de firmas y el uso de datos sensibles de organismos públicos.

La investigación judicial, llevada adelante por Sabadini, señala que la organización se valía de fotocopias de DNI obtenidas presuntamente de bases de datos del PAMI y la ANSES. Los testigos relataron que en la sede partidaria —que funcionaba en un comercio propiedad de Rodríguez— jóvenes colaboradores completaban las fichas imitando las firmas de los ciudadanos, mientras una escribana y el propio Rodríguez certificaban la validez de los documentos sin que el afiliado estuviera presente.

El nivel de irregularidad detectado es alarmante: entre las fichas certificadas figuran personas con demencia senil avanzada, ciudadanos con discapacidades severas e incluso personas que manifestaron su imposibilidad física de haber concurrido a firmar.

A pesar de que el imputado negó los cargos al asegurar que no eran suyas las firmas plasmadas en las fichas observadas por la Justicia, alegando que en realidad este caso es una “maniobra política” para perjudicar una eventual candidatura a senador, Niremperger consideró que existe prueba suficiente para avanzar en la causa.

“Aún cuando Rodríguez pretenda desvincularse de la autoría de las firmas cuestionadas, lo cierto es que sobre él recaían, de manera simultánea, las funciones de certificador de firmas y apoderado del partido político, lo que lo colocaba —por mandato legal y por la naturaleza misma de sus atribuciones— en una posición de control exclusivo sobre la autenticidad y legitimidad de las fichas de afiliación. Fue él quien presentó dichas fichas ante esta Secretaría (Electoral), con pleno conocimiento de su trascendencia jurídica y del beneficio directo que su validación implicaba para su espacio político”, indicó la magistrada.

Con todo, la jueza Niremperger, ordenó el procesamiento de Rodríguez por los delitos de falsedad ideológica de documentos públicos (en 65 oportunidades), en concurso real con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. Además, trabó un embargo preventivo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 5 millones de pesos y prohibió su salida del país sin autorización judicial previa.

 

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