La medida cautelar fue dictada el 17 de diciembre pasado por el Juzgado Civil Nº 1 de Resistencia. Es para un afiliado que padece un melanoma metastásico en estado avanzado. Sin embargo, a pocos días de fin de año el organismo presentó un escrito para no cumplir con la sentencia.
Martes, 30 de diciembre de 2025

El InSSSeP decidió volver a poner en riesgo la vida de un afiliado al dilatar el cumplimiento de una medida cautelar que le ordenó que entregue de forma completa y sin interrupciones la medicación oncológica a un afiliado de 65 años que parece un melanoma metastásico en estado avanzado.
El fallo, al que tuvo acceso LITIGIO, fue dictado el 17 de diciembre pasado por el Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de Resistencia, a cargo de la jueza Claudia Piccirillo, ante la dilación del organismo en cumplir con su obligación, a pesar de haber autorizado previamente el tratamiento. Hasta el momento en que se escribe esta nota, la obra social provincial sigue dilatando el cumplimiento del fallo.
El caso
El beneficiario, afiliado con credencial y carnet de Fondo de Alta Complejidad (FAC), fue diagnosticado con un melanoma maligno estadio IV con metástasis múltiples y de rápida evolución. Su médica tratante prescribió con urgencia en noviembre el esquema de inmunoterapia Nivolumab + Relatlimab (Opdualag), tratamiento ya autorizado por el InSSSeP.
Sin embargo, el organismo no procedió a su entrega, aun cuando el paciente realizó reiterados reclamos en la farmacia central, recibiendo respuestas evasivas que dilataron el acceso a un tratamiento vital.
“Afectación concreta a los derechos a la vida y a la salud”
En su extensa resolución, la jueza Piccirillo destacó que el “peligro en la demora” ya no es una mera amenaza, sino una afectación concreta a los derechos a la vida y la salud del afiliado. Subrayó que la demora injustificada del InSSSeP en proveer la medicación autorizada expone al paciente a un riesgo cierto de progresión acelerada de la enfermedad y de muerte, configurando un daño grave e irreparable. El fallo enfatiza que el valor del tiempo es crucial en estos procesos y que la justicia debe ser tutelar y efectiva, especialmente cuando está en juego la supervivencia de una persona en situación de extrema vulnerabilidad.
La magistrada fundamentó la decisión en una amplia gama de normas constitucionales, tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, el Código Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal local. Hizo especial hincapié en la dignidad humana inviolable, el derecho a la salud como derecho fundamental y la protección reforzada que merecen las personas mayores, en este caso un adulto de 65 años amparado también por la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
La medida cautelar, de carácter excepcional e innovativo, fue concedida porque la jueza consideró acreditada la verosimilitud del derecho del afiliado y el peligro inminente que implica la dilación.
La sentencia ordenó al InSSSeP no solo la entrega inmediata del medicamento específico, sino también de toda otra medicación, práctica o estudio relacionado con el tratamiento del melanoma cutáneo que sea indicado por el equipo médico. Como contracautela, se tuvo por prestada la caución juratoria del actor.
La resolución instruye además la notificación inmediata al InSSSeP, habilitando días y horas inhábiles para su cumplimiento, en un claro mensaje sobre la urgencia que reviste el caso.