La Justicia Federal de Resistencia tardó 15 años en resolver un caso de tenencia simple y terminó sobreseyendo a los imputados. La causa revela la parálisis burocrática del sistema penal: para cuando se dictó sentencia, los celulares secuestrados eran piezas de museo. El juez ordenó destruirlos por su obsolescencia total y cerró un expediente que consumió recursos durante tres lustros.
Miércoles, 10 de diciembre de 2025

El Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó el sobreseimiento definitivo de tres personas acusadas de un delito menor iniciado en 2010. El fallo expone la burocracia judicial: la causa es tan antigua que los teléfonos incautados —modelos Nokia 1600 y Motorola con tapa— debieron ser enviados a destrucción por su total obsolescencia tecnológica.
Un fallo dictado la semana pasada por la Justicia Federal de Resistencia puso nuevamente en el foco la lentitud de los procesos penales en Argentina. En una sentencia firmada el pasado 2 de diciembre, el Tribunal Oral Federal resolvió finalmente una causa por “tenencia simple de estupefacientes” que llevaba abierta más de 15 años.
Lo llamativo del caso no es la complejidad del delito —una infracción menor a la ley de drogas—, sino el desgaste jurisdiccional que implicó mantener abierto un expediente durante una década y media para terminar en un sobreseimiento por extinción de la acción penal.
Evidencia de otra era
El paso del tiempo quedó plasmado de forma irónica en el destino de los elementos secuestrados. Como es habitual en estos procedimientos, en 2010 se incautaron los teléfonos celulares de los imputados con fines probatorios. Sin embargo, al momento de dictar sentencia en 2025, el juez Juan Manuel Iglesias se encontró con una barrera tecnológica.
En lugar de devolver los dispositivos a sus dueños, el magistrado ordenó su destrucción directa argumentando que se encuentran en un estado de “obsolescencia tecnológica” y que su valor comercial actual es “nulo”.
Según pudo saber LITIGIO, la lista de los aparatos, detallada en el fallo, parece un inventario de un museo de tecnología de principios de siglo: Nokia 1600, Nokia 1200, Siemens A71, Motorola W396, y varios modelos “con tapita” como el Motorola V300 y V220i.
El juez explicó que, tras 15 años, la restitución de estos aparatos “no reportaría beneficio económico ni utilidad funcional”, y que conservarlos en los depósitos judiciales implicaba un gasto de espacio y seguridad desproporcionado. Por ello, se ordenó su descarte bajo normas de residuos electrónicos (RAEE).
Una cronología de la demora
El expediente revela los tiempos muertos de la justicia. Si bien los hechos datan de 2010, recién en septiembre de 2017 se concedió a los tres imputados el beneficio de la “probation” (suspensión del juicio a prueba) por el término de un año.
Las reglas de conducta, que incluían entregar leche a instituciones públicas y abstenerse de consumir drogas y alcohol, vencieron teóricamente en agosto de 2018. Sin embargo, el sistema judicial tardó otros siete años (de 2018 a 2025) simplemente en verificar el cumplimiento de esas reglas y firmar el sobreseimiento definitivo.
Cabe recordar que la tenencia simple de estupefacientes, según la Ley 23.737, consiste en poseer, tener o guardar drogas sin fines de comercialización, pero la ley penaliza esta conducta como un delito de peligro abstracto, castigando al simple tenedor por el riesgo potencial para la salud pública, sin importar la cantidad (en la figura básica del art. 14) o, en el caso de cantidades pequeñas, cuando se presume inequívocamente que es para consumo personal.
Finalmente, el Tribunal confirmó que los acusados no cometieron nuevos delitos en todo este tiempo y declaró extinguida la acción penal, cerrando definitivamente un capítulo que consumió recursos del Estado durante tres lustros por una tenencia simple.