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La iniciativa busca modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público para consolidar legalmente las facultades de control y monitoreo de las condiciones de detención, en línea con recientes fallos del Superior Tribunal de Justicia.

Viernes, 17 de octubre de 2025

La diputada provincial del Frente Grande, Tere Cubells, presentó un proyecto de ley que propone modificar los artículos 33 y 66 de la Ley 913-B, Orgánica del Ministerio Público, con el objetivo de garantizar de manera expresa el acceso irrestricto de los defensores oficiales a todos los lugares de detención de la provincia.

La iniciativa surge en respuesta a la Orden General N° 001/25 del Servicio Penitenciario Provincial, que había restringido el ingreso de los defensores a los sectores de alojamiento de las unidades penitenciarias, exigiendo autorizaciones previas y limitando su labor a espacios externos. Dicha disposición fue posteriormente declarada inconstitucional por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, que ratificó que la Defensa Pública posee un mandato legal y constitucional de control de las condiciones de detención.

En los fundamentos del proyecto, Cubells sostiene que la reforma busca “consolidar legalmente las facultades del Ministerio Público de la Defensa (MPD) para el monitoreo y control irrestricto de las condiciones de detención”, y resalta que el acceso sin restricciones constituye un pilar del derecho de defensa y del principio de tutela judicial efectiva.

Desde 2016, el MPD del Chaco desarrolló un sistema de monitoreo permanente de los lugares de encierro, mediante protocolos internos y un registro de violencia institucional. Estas prácticas permitieron detectar casos de hacinamiento, deficiencias sanitarias y alimentarias, impulsando acciones judiciales correctivas y de hábeas corpus colectivos.

El texto también incorpora de manera expresa en el artículo 66 las facultades del Defensor General para ingresar en todo momento a oficinas, dependencias y centros de detención, en el marco de su función de protección de los derechos humanos. Según se explica, el proyecto busca evitar retrocesos en las garantías alcanzadas y reafirmar la función del MPD como “defensor de derechos humanos” y contralor de la conducta estatal.

El Superior Tribunal de Justicia, en su Sentencia Nº 285/25, había calificado la restricción de acceso impuesta por el Servicio Penitenciario como una “medida administrativa disfrazada de seguridad” que afectaba el derecho a la defensa y vulneraba la prohibición de regresividad en materia de derechos humanos.

Con esta modificación, la diputada Cubells propone alinear la legislación provincial con los estándares constitucionales y convencionales vigentes, garantizando que los defensores públicos puedan ingresar sin restricciones a los lugares de detención y ejercer de forma plena su rol de vigilancia y protección de los derechos de las personas privadas de libertad.

 

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