La Cámara Federal de Casación Penal había reenviado el caso al Tribunal Oral Federal de Resistencia para que revise la pena de cuatro años impuesta a un comerciante condenado como partícipe necesario del delito fraude contra la administración pública en la venta de alfalfa al Escuadrón Las Palmas de Gendarmería Nacional. El Ministerio Público Fiscal ratificó el pedido de 4 años y seis meses mientras que la defensa solicitó dos años de ejecución condicional. El TOF decidió confirmar la pena original.
Viernes, 10 de octubre de 2025

El Tribunal Oral Federal de Resistencia confirmó la pena de cuatro años de prisión impuesta a Rubén Darío Fimiani, quien fue hallado culpable como partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública. La decisión se adoptó luego de que la Cámara Federal de Casación Penal ordenara una nueva fundamentación de la sanción, ante una impugnación de la defensa que consideraba excesiva la condena original.
En su fallo, los jueces Juan Manuel Iglesias, Fabián Gustavo Cardozo y Eduardo Ariel Belforte destacaron que la conducta de Fimiani se enmarcó en prácticas corruptas que afectaron directamente las arcas del Estado. El caso se originó en 2017, cuando el condenado, proveedor habitual de Gendarmería Nacional, participó en una maniobra fraudulenta relacionada con la venta de alfalfa para equinos, alterando los procedimientos de contratación pública en colusión con funcionarios del Escuadrón 14 “Las Palmas”.
Durante la audiencia de determinación de la pena, el Fiscal General Dr. Federico Martín Carniel solicitó mantener la pena de cuatro años y seis meses, argumentando que Fimiani actuó con conocimiento pleno de las transacciones estatales y aprovechó su experiencia como comerciante para defraudar al Estado. En cambio, la defensa pidió la aplicación del mínimo legal de dos años, destacando la falta de antecedentes penales y el carácter aislado del hecho.
El tribunal, tras analizar las pautas de los artículos 40 y 41 del Código Penal, consideró que la gravedad del ilícito, el daño causado al erario público y el grado de participación de Fimiani justificaban una pena que se alejara del mínimo. Sin embargo, optó por ratificar los cuatro años de prisión impuestos originalmente, en lugar de incrementarlos como había solicitado la fiscalía.
En su deliberación, los magistrados subrayaron que la sanción respeta los principios de proporcionalidad y prevención penal, y refleja la magnitud del injusto cometido, sin caer en arbitrariedades. Además, se ordenó el cómputo de la pena y la imposición de costas procesales a cargo del condenado.
La resolución cierra un capítulo significativo en esta causa, que involucró a varios imputados y puso en evidencia mecanismos de corrupción en la contratación pública, reafirmando el compromiso del Poder Judicial en la lucha contra este tipo de delitos.
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