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La Cámara Federal de Resistencia revocó una cautelar que impedía el traslado de un autotransformador clave para el suministro eléctrico de Formosa a la provincia de Mendoza. Fue por considerar que el Defensor del Pueblo de la provincia norteña no tiene legitimación activa para reclamar ante la medida de la Secretaría de Energía de la Nación. Se trata de un equipo clave para la interconexión con la República del Paraguay. 

Vienes, 10 de octubre de 2025

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó una medida cautelar que había frenado el traslado de un autotransformador desde la ciudad formoseña de Clorinda hacia la provincia de Mendoza lo que afectaría gravemente el suministro energético a los habitantes de la provincia norteña y la interconexión con la República del Paraguay.

La sentencia, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada este jueces 9 de octubre y lleva las firmas de las juezas Rocío Alcalá y Patricia García.

La medida cautelar original, concedida en julio, había sido solicitada por el Defensor del Pueblo de Formosa ante el plan del Gobierno nacional de retirar el autotransformador de 150 MVA –componente esencial para la distribución de energía– y trasladarlo a Mendoza. El juez de primera instancia había considerado que este traslado “podría importar afectaciones negativas para los usuarios de Formosa”.

Sin embargo, la Cámara Federal decidió priorizar un formalismo procesal por sobre la sustancia del reclamo. Los jueces revocaron la medida basándose en un argumento de legitimación, afirmando que “el Defensor del Pueblo de la provincia de Formosa carece de legitimación procesal para cuestionar las decisiones emanadas de autoridades nacionales”. Esta interpretación restringe severamente la capacidad de las instituciones provinciales para defender los derechos de sus ciudadanos frente a decisiones del gobierno central que puedan afectarlos.

La sentencia se apoyó en precedentes que, según el tribunal, “marcan doctrina vinculante”, citando fallos que limitan la actuación de los defensores del pueblo provinciales ante autoridades nacionales. Sin embargo, esta aplicación rígida de la jurisprudencia no consideró suficientemente el fondo del asunto: la protección del suministro eléctrico para una provincia que ya enfrenta desafíos energéticos.

Llama la atención que el tribunal no haya profundizado en el análisis de los posibles perjuicios concretos que sufrirían los formoseños con el desmantelamiento de su infraestructura energética. Tampoco ponderó adecuadamente el principio de precaución en materia de servicios públicos esenciales, a pesar de que la medida cautelar impugnada tenía carácter temporario y buscaba simplemente mantener el statu quo hasta un análisis más profundo.

Castigo para la “opositora” Formosa, premio para la “aliada” Mendoza 

Mientras la Cámara Federal se centró en cuestiones de competencia, la Secretaría de Energía fundamentó el traslado del equipamiento en la necesidad de atender una “Ampliación Provisoria de Emergencia” en Mendoza, argumentando que la línea de transmisión entre Clorinda y Paraguay lleva inactiva desde 2019. No obstante, la resolución no examina críticamente estos argumentos ni evalúa alternativas menos lesivas para la provincia de Formosa. No es un tema menor señalar que el gobierno provincial de Formosa, a cargo del gobernador Gildo Insfrán, es opositor al gobierno nacional de Javier Milei, mientras que el de la provincia de Mendoza es aliado político y electoral de La Libertad Avanza.

Esta decisión sienta un peligroso precedente al debilitar la capacidad de las instituciones locales para proteger los derechos de sus comunidades frente a decisiones del gobierno nacional que afecten servicios esenciales. Al priorizar la competencia sobre la sustancia, la justicia federal parece haber olvidado que su función última es la protección efectiva de los derechos ciudadanos.

 


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