En esta nota de opinión, el abogado y profesor universitario, Adrián Buffone, aborda el concepto de compliance y la necesidad de proyectarlo hacia el sector público. “La idea es simple: así como las empresas implementan programas para cumplir normas, prevenir riesgos y promover la ética organizacional, también los organismos estatales pueden –y deben– incorporar herramientas de integridad y transparencia”, señaló.
Sábado, 20 de septiembre de 2025

Por Adrián Buffone*
En los últimos años, el concepto de compliance ha dejado de estar confinado al ámbito empresarial para proyectarse hacia el sector público. La idea es simple: así como las empresas implementan programas para cumplir normas, prevenir riesgos y promover la ética organizacional, también los organismos estatales pueden –y deben– incorporar herramientas de integridad y transparencia.
El desafío no es menor. Se trata de transformar la gestión pública en un espacio en el que la legalidad, la ética y la responsabilidad sean valores cotidianos, institucionalizados en reglas y prácticas verificables. En otras palabras, el compliance en el sector público no es solo un mecanismo de control, sino un verdadero método de modernización y fortalecimiento institucional.
¿Qué son los Programas de Integridad?
Un programa de integridad es un conjunto de políticas, procedimientos y mecanismos orientados a prevenir irregularidades y garantizar que la organización cumpla con la normativa vigente, los estándares éticos y las mejores prácticas.
En el sector privado, estos programas fueron impulsados principalmente por la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, que introdujo la exigencia de contar con medidas de prevención frente a delitos de corrupción para poder contratar con el Estado.
Trasladados al ámbito estatal, los programas de integridad incluyen:
- Códigos de ética y de conducta aplicables a todos los niveles de la administración.
- Capacitaciones permanentes para funcionarios y empleados sobre transparencia, prevención de riesgos y cumplimiento normativo.
- Canales de denuncia internos y externos, con protección para los denunciantes.
- Auditorías y evaluaciones periódicas, tanto internas como externas, que verifiquen la eficacia de las medidas.
- Políticas de compras y contrataciones transparentes, con criterios objetivos y accesibles para la ciudadanía.
- Compromiso desde la alta dirección (tone at the top), asegurando que las máximas autoridades respalden la cultura de integridad.
Beneficios de los Programas de Integridad en el sector público
La implementación de programas de integridad en organismos públicos trae múltiples beneficios: eficiencia administrativa: al estandarizar procesos y establecer controles, se reducen errores, duplicidades y costos innecesarios; confianza ciudadana: la transparencia en la gestión incrementa la credibilidad institucional; atractivo para la inversión: organismos estatales con estándares de compliance generan mayor previsibilidad para inversores y contratistas; prevención de riesgos: ayuda a identificar tempranamente situaciones que puedan derivar en irregularidades administrativas o conflictos de interés; cultura organizacional positiva: fomenta la ética, el compromiso y la responsabilidad entre los empleados públicos.
Fundamentos normativos y doctrinales
Diversos instrumentos internacionales ratificados por la Argentina subrayan la importancia de la integridad en la gestión pública. Entre ellos:
- La Convención Interamericana contra la Corrupción (1996), que insta a los Estados a implementar políticas preventivas, códigos de conducta y sistemas de declaración patrimonial.
- La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (2003), que resalta la necesidad de medidas de prevención, transparencia y participación ciudadana.
En el plano interno, existen antecedentes normativos relevantes:
- Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, que establece deberes, incompatibilidades y régimen de declaraciones juradas.
- Decreto 277/2018, que reglamentó los programas de integridad como requisito para empresas contratistas en licitaciones estatales significativas.
- Distintas resoluciones y lineamientos de la Oficina Anticorrupción, que promueven la adopción de buenas prácticas en la administración pública.
Desde el punto de vista doctrinal, autores como Nieto Martín destacan que el compliance en el sector público implica trasladar al Estado las herramientas de gestión de riesgos y controles internos que han probado eficacia en el ámbito privado. Asimismo, el concepto de buen gobierno corporativo, definido por Sir Adrian Cadbury (2003), resulta perfectamente aplicable: se trata de equilibrar intereses, garantizar eficiencia y exigir rendición de cuentas.
Ejemplos en la Argentina
En nuestro país, ya existen experiencias de aplicación de programas de integridad en el sector público:
- Empresas públicas y sociedades del Estado: organismos como YPF, Banco Nación y AYSA han desarrollado áreas de integridad, códigos de ética y canales de denuncias, siguiendo estándares internacionales de compliance.
- Oficina Anticorrupción: impulsó lineamientos de planes de integridad para contrataciones estatales, promoviendo prácticas de transparencia.
- Provincias y municipios: varias jurisdicciones comenzaron a incorporar normas de ética pública y oficinas de transparencia, que cumplen funciones análogas a las de las áreas de cumplimiento corporativo.
Estas experiencias muestran que el compliance público es una tendencia en expansión, con potencial para consolidarse como pilar de la gestión moderna.
Ejemplos de aplicación de Programas de Integridad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La CABA se ha convertido en uno de los escenarios más activos en materia de integridad pública y transparencia. A continuación, algunos casos destacados:
Por ejemplo, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP – CABA), que fue creada por la Ley 104, siendo un organismo con autonomía funcional que garantiza el derecho de acceso a la información pública.
También la Oficina de Integridad Pública y Transparencia (Ministerio de Justicia y Seguridad – CABA), promoviendo códigos de ética y conducta para agentes públicos, capacitación obligatoria en temas de transparencia, conflictos de interés y ética pública y protocolos de compras y contrataciones con trazabilidad digital.
A su vez fue sancionada la Ley de Ética Pública de la CABA (Ley 4895), que establece deberes, prohibiciones e incompatibilidades para funcionarios y agentes de la Ciudad. Es un marco normativo que da sustento a los programas de integridad.
Las compras y contrataciones con integridad, quedo a cargo del Sistema Buenos Aires Compras (BAC) quien digitalizó y transparentó el procedimiento de adquisiciones en la Ciudad. Para darle garantías a estos procesos de integridad, se estableció un canal de denuncias y protección de denunciantes para casos de irregularidades administrativas, lo que se alinea con los estándares internacionales de compliance (por ejemplo, whistleblowing systems de la Unión Europea).
Compliance y buen gobierno
El compliance en el sector público se articula directamente con los principios del buen gobierno: transparencia: acceso a la información pública y claridad en la toma de decisiones; rendición de cuentas: obligación de los funcionarios de explicar y justificar sus actos; responsabilidad: deber de responder por el uso de los recursos públicos; participación ciudadana: inclusión de la sociedad en el control y seguimiento de la gestión.
La experiencia demuestra que los programas de integridad son más efectivos cuando se combinan con estas premisas, generando una sinergia entre normas, valores y prácticas.
El compliance en el sector público no debe entenderse como una mera exigencia formal, sino como un verdadero instrumento de fortalecimiento institucional. Los programas de integridad ofrecen a los organismos estatales la posibilidad de modernizar su gestión, prevenir riesgos, aumentar la confianza social y garantizar mayor eficiencia en el uso de los recursos.
En definitiva, la adopción de programas de integridad es una apuesta por una administración pública más transparente, responsable y confiable, capaz de estar a la altura de las demandas ciudadanas y de los estándares internacionales de gobernanza.
*Abogado, diplomado en compliance, profesor de Teoría y Derechos Constitucionales (UNNE) y de Derecho Constitucional del Poder de la Universidad de la Cuenca del Plata