Es por un bloqueo realizado en mayo de 2021 en la sede de una empresa, en el marco del reclamo por el encuadramiento laboral de los empleados. Un tribunal había sobreseído a los sindicalistas, pero ahora se hizo lugar al reclamo del empresario.
Viernes, 5 de septiembre de 2025

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el sobreseimiento de sindicalistas del Sindicato de Camioneros de la delegación Monte Grande y ordenó que la causa vaya a juicio oral por los presuntos delitos de extorsión, turbación de la propiedad e impedimento del trabajo por un bloque a la fábrica de la empresa “Química Oeste S.A.”.
En mayo de 2021, con la finalidad de reclamar por el encuadramiento laboral de sus empleados, fue que el Sindicato de Camioneros se instaló en la empresa “Química Oeste S.A.” impidiendo la salida de camiones y el ingreso de los empleados a la misma, siendo sobreseídos en la posterior denuncia penal, hasta que la causa llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Según reveló Palabras del Derecho, Carlos Dos Reis, en representación de la empresa, denunció penalmente a los integrantes del “Sindicato de Camioneros Delegación Monte Grande”, describiendo que el 10 de mayo de 2021 apareció un grupo de representantes del sindicato en el depósito de la empresa, colocando allí una bandera que los representaba, al grito de: “De acá no sale nadie”. Durante la jornada concurrieron más manifestantes que impedían la salida y entrada, tanto de trabajadores como de clientes al lugar, generando pérdidas millonarias a la empresa, por falta de ventas, y al sector petrolero, por falta de insumos.
Denunció también el representante que lo mismo se repitió la semana siguiente, el 17 de mayo de 2021, continuando la protesta hasta el día siguiente al mediodía, cuando la policía bonaerense formó un cordón para permitir la entrada y salida de camiones. Ello generó que el bloqueo se levante el 18 de mayo por la noche.
Como imputados se tuvieron a Néstor Fabián Arévalo, secretario general de la Delegación Monte Grande de Camioneros, junto con empleados de la propia empresa, por motivo de llevar adelante comportamientos violentos y amenazantes. La hipótesis de la fiscalía fue que el plan estuvo previamente delineado.
En el marco de la causa, el Juzgado de Garantías N° 2 de Lomas de Zamora rechazó el sobreseimiento solicitado y dictó la elevación a juicio. La defensa apeló y la Sala I de la Cámara Nacional de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora revocó la elevación a juicio y sobreseyó a los imputados previamente mencionados, entendiendo que no se había demostrado la existencia de conductas violentas y amenazantes.
La Sala II del Tribunal de Casación Penal rechazó la apelación de la empresa, y posteriormente lo propio ocurrió en estrados de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por entender que el particular damnificado solo insistió en su opinión sin traer nuevos argumentos contra el pronunciamiento anterior.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la cual la empresa llegó a través de un recurso extraordinario federal en queja argumentando la violación de derechos constitucionales (¿poner acá: “tales como el derecho a trabajar, a ejercer la industria lícita y a la inviolabilidad de la propiedad privada”?), fue la que hizo lugar a los reclamos de la misma y revocó el sobreseimiento que había sido otorgado a los imputados. Se afirmó para ello que el único objetivo de la manifestación fue el de turbar la posesión a partir del bloqueo en el depósito. En este estado y por lo resuelto por el Máximo Tribunal el caso tendrá juicio oral.