Lo resolvió la Cámara Federal de Casación Penal al rechazar la apelación del Servicio Penitenciario Federal. Así, quedó firme el habeas corpus colectivo dictado en junio pasado por la Cámara Federal de Resistencia que había sido impulsado por 39 internos de la cárcel federal que denunciaron condiciones inhumanas de detención.
Lunes, 18 de agosto de 2025

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una resolución que obliga al Servicio Penitenciario Federal (SPF) a realizar refacciones urgentes en el pabellón 10 de la Unidad 7 de Resistencia, Chaco, donde 39 internos denunciaban condiciones inhumanas de detención.
En una sentencia dictada el 17 de julio pasado, a la que tuvo acceso LITIGIO, los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos declararon “inadmisible” el recurso de casación presentado por el SPF contra la medida dictada en junio de este año por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, tras revocar un fallo de primera instancia que había rechazado el reclamo de los internos.
El caso
El caso comenzó con un hábeas corpus colectivo presentado por un representante de los internos, quien describió graves deficiencias edilicias: “El cielo raso se está cayendo, el piso tiene sectores hundidos por falta de cemento, y compartimos un único horno”. Además, denunció falta de mobiliario básico como sillas, mesas y colchones, y sanitarios sin puertas, mochilas de descarga ni ventanas.
El SPF había argumentado que los daños se debían al “mal uso por parte de los internos”, mencionando un incidente violento ocurrido el 28 de mayo. Sin embargo, los jueces destacaron que “el agravio inicial existía” antes de estos hechos y que corresponde garantizar condiciones mínimas de detención según estándares internacionales. “Es tarea de los jueces velar para que la privación de libertad se cumpla en forma acorde a las Reglas Mandela”, señaló el fallo.
En su decisión, la Cámara citó jurisprudencia clave, incluido el caso “Verbitsky” de la Corte Suprema, que establece el deber del Poder Judicial de proteger derechos fundamentales. También recordó que, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado no puede excusarse por su estructura federal ante violaciones de derechos humanos.
El tribunal rechazó los argumentos del SPF sobre posibles “vicios” en la resolución recurrida, destacando que no demostró “perjuicio actual e irreparable”. La sentencia enfatizó que las condiciones denunciadas -avaladas por fotografías y testimonios- configuran un agravamiento ilegítimo de la privación de libertad.
Lo que establece el fallo
La medida ordena un plan de refacción integral del pabellón, reparación de sanitarios y provisión de enseres adecuados, bajo supervisión judicial. El fallo subraya que esta decisión se enmarca en la ley 26.827, que crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, y en obligaciones internacionales asumidas por Argentina.
Con esta resolución, la Justicia federal reafirma su rol de control sobre las condiciones carcelarias, priorizando la protección de derechos humanos frente a argumentos administrativos. El caso expone nuevamente los desafíos estructurales del sistema penitenciario argentino para garantizar condiciones dignas de detención.