Compartir

La jueza María Eugenia Barranco Cortés, del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Resistencia, habilitó la feria judicial e intimó a Swiss Medical S.A. a abonar en un plazo de 48 horas el presupuesto correspondiente a un tratamiento de fertilización de alta complejidad, incluyendo la descongelación y transferencia de un embrión criopreservado. La cautelar fue dictada en febrero de 2024. 

Lunes, 4 de agosto de 2025

La jueza María Eugenia Barranco Cortés, del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Resistencia, habilitó la feria judicial e intimó a Swiss Medical S.A. a abonar en un plazo de 48 horas el presupuesto correspondiente a un tratamiento de fertilización de alta complejidad, incluyendo la descongelación y transferencia de un embrión criopreservado. Es por el incumplimiento de una medida cautelar dictada en febrero de 2024 por parte del Juzgado Civil y Comercial Nº 21.

La medida fue solicitada por la representación legal de una paciente, quien presentó un presupuesto suscripto por el médico tratante el 22 de julio de 2025. La resolución, emitida durante el receso judicial, advierte que, en caso de incumplimiento, se impondrá una multa diaria de $200.000 hasta que Swiss Medical regularice el pago. El fallo destaca la urgencia del tratamiento y se enmarca en el cumplimiento de lo ordenado en autos.

Según pudo saber LITIGIO, la accionante, una mujer de 36 años, y su pareja, de 37, llevan una década intentando concebir de manera natural sin éxito. Tras someterse a estudios médicos, se diagnosticó que el hombre presenta una fragmentación del ADN espermático del 29%, lo que reduce significativamente las posibilidades de embarazo natural o mediante fertilización in vitro convencional. El médico tratante indicó un tratamiento de alta complejidad, pero Swiss Medical negó la cobertura en Resistencia, argumentando que solo cubre procedimientos en centros de su cartilla, ubicados en otras provincias.

La pareja, que reside en una localidad del interior provincial, alegó que no cuenta con los recursos económicos para costear traslados, estadías y gastos adicionales en otras provincias, ya que ambos dependen de emprendimientos propios para su sustento. Además, destacaron que una clínica de la ciudad de Resistencia está habilitada para realizar el tratamiento y que la negativa de la prepaga vulneraba sus derechos a la salud, a formar una familia y a la igualdad ante la ley.

El fallo incumplido 

El 22 de febrero de 2024, el Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a Swiss Medical Medicina Privada brindar cobertura integral del 100% para un tratamiento de fertilidad de alta complejidad (ICSI) con óvulos propios y columnas de anexinas, a realizarse en una clínica de la ciudad de Resistencia.

El tribunal consideró que la medida cautelar era procedente, ya que se cumplían los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora. Subrayó que los derechos en juego —salud, vida y familia— tienen rango constitucional y deben prevalecer sobre intereses contractuales o económicos. La sentencia citó jurisprudencia nacional y provincial que respalda la competencia local en casos donde la demora judicial podría frustrar derechos fundamentales.

La decisión judicial obligó a Swiss Medical a cubrir todos los gastos del tratamiento, incluyendo medicación, prácticas médicas y honorarios, en la clínica elegida por la pareja. El fallo también destacó la importancia de garantizar el acceso a técnicas de reproducción asistida como un derecho humano fundamental, respaldado por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

Sin embargo, hasta ahora la empresa prepaga incumple con la medida.

 


Compartir