El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Resistencia ordenó al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSeP) que brinde cobertura integral y urgente de una cirugía bariátrica a una paciente con obesidad mórbida grado III y comorbilidades severas. El organismo ya apeló la sentencia.
Martes, 29 de julio de 2025

El juez Civil y Comercial Nº 6 de Resistencia, Jorge Sinkovich, hizo lugar a una acción de amparo y ordenó al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSeP) que brinde cobertura integral y urgente de una cirugía bariátrica a una paciente con obesidad mórbida grado III, comorbilidades severas y un índice de masa corporal (IMC) de 40.79.
La sentencia, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada el 18 de julio de 2025, destacó la obligación del Estado de garantizar tratamientos médicos esenciales para preservar la vida y la dignidad de las personas. La medida ya fue apelada por el InSSSeP.
La paciente, representada por su abogada, había solicitado judicialmente la autorización para el tratamiento quirúrgico, alegando que el InSSSeP negó reiteradamente la cobertura pese a contar con informes médicos que respaldaban la necesidad de la intervención. Entre los diagnósticos presentados figuraban obesidad mórbida, hipotiroidismo, hígado graso, resistencia a la insulina, hipertensión y trastornos psicológicos severos, incluyendo depresión mayor y ansiedad. Además, la paciente poseía un Certificado Único de Discapacidad (CUD) que avalaba su condición.
El InSSSeP argumentó que la solicitante no había cumplido con los requisitos administrativos del Programa de Obesidad, como presentar informes médicos específicos y completar un tratamiento interdisciplinario previo. Sin embargo, el tribunal determinó que la obra social incurrió en dilaciones injustificadas y omitió responder en tiempo y forma, lo que configuró una vulneración a los derechos constitucionales de la paciente.
El juez fundamentó su decisión en el derecho a la salud, reconocido en la Constitución Nacional, tratados internacionales y leyes como la 26.396, que garantiza la cobertura integral de trastornos alimentarios. Subrayó que la obesidad mórbida representa un riesgo vital y que la cirugía bariátrica es el único tratamiento efectivo para mejorar la calidad y expectativa de vida de la paciente. Asimismo, citó jurisprudencia que avala el uso del amparo cuando no existen vías administrativas rápidas y eficaces.
La sentencia ordenó al InSSSeP autorizar de manera inmediata la cirugía bariátrica (Gastrectomía Vertical en Manga por videolaparoscopía), incluyendo estudios prequirúrgicos, controles posteriores, tratamientos interdisciplinarios y cirugías reconstructivas. Además, impuso las costas del proceso a la obra social, responsabilizándola por los gastos judiciales derivados de su falta de respuesta oportuna.