Compartir

En un nuevo revés judicial para el gobierno de Leandro Zdero, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco le exigió garantizar dispositivos suficientes y equitativos en las cárceles de mujeres, tras denuncias de restricciones arbitrarias y falta de enfoque de género. Fue en el marco de un hábeas corpus presentado por las internas por el incumplimiento de un fallo anterior del mismo tribunal. ¿Acatará la actual gestión provincial, esta vez, las sentencias que contradicen sus políticas anti derechos?

Sábado, 19 de julio de 2025

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco (STJ) le ordenó al gobierno de Leandro Zdero garantizar el derecho a la comunicación de las mujeres privadas de libertad en las Unidades Penitenciarias N° 1 y 8 de Resistencia a través del acceso equitativo a equipos de telefonía celular.

La sentencia Nº 308/25, dictada el 18 de julio de 2025, responde a un hábeas corpus colectivo presentado por las internas, quienes denunciaron restricciones arbitrarias en el uso de teléfonos celulares y la falta de cumplimiento de una sentencia anterior (183/25) que ordenaba mejorar las condiciones de comunicación.

Aquella sentencia implicó un duro revés para la demagogia punitiva del gobierno provincial que publicitaba como un logro el haber prohibido que las personas privadas de libertad tenga acceso a telefonía celular con el argumento de que así se prevenían supuestos delitos desde dentro de los penales, algo que nunca logró probar que suceda pero que forma parte del relato oficial que le ofrece a una parte de su electorado que elige creerle.

El voto de mayoría estuvo conformado por los jueces Emilia Valle, Víctor Del Río e Iride Grillo. En disidencia, votaron los jueces Alberto Modi y Néstor Varela.

La presentación 

Las internas, apoyadas por la Defensora General Adjunta Gisela Gauna Wirz, argumentaron que las limitaciones violaban sus derechos fundamentales, especialmente el contacto con sus familias, hijas e hijos. Según el fallo, las cárceles cuentan con solo dos teléfonos móviles para decenas de mujeres, con horarios restringidos y sin posibilidad de videollamadas o mensajería instantánea, lo que profundiza su aislamiento y vulnerabilidad.

El STJ destacó que, aunque las autoridades penitenciarias aseguran haber implementado medidas como la instalación de teléfonos fijos y acceso a internet, los informes presentados son vagos y no demuestran avances concretos. Además, omitieron datos clave, como el número exacto de internas por unidad, lo que impide evaluar la proporcionalidad de los recursos disponibles. Tras una verificación, se confirmó que en la Unidad N° 1 hay 35 mujeres y en la N° 8 unas 18, lo que evidencia la insuficiencia de dispositivos.

Violencia institucional de género 

El tribunal enfatizó el impacto desproporcionado de estas restricciones en las mujeres, muchas de ellas madres y únicas responsables del cuidado de sus hijos. Citando estándares internacionales, como las Reglas de Bangkok y la Convención de los Derechos del Niño, el fallo subraya que la falta de comunicación adecuada constituye una forma de violencia institucional por razón de género. “El derecho a la comunicación no puede reducirse a visitas físicas; debe incluir herramientas tecnológicas acordes a la realidad actual”, señaló la mayoría de los jueces.

En una disidencia parcial, los jueces Varela y Modi coincidieron en la necesidad de mejorar el sistema pero cuestionaron la falta de pruebas contundentes sobre las afectaciones específicas. No obstante, apoyaron la exhortación al Gobierno para que cumpla con lo ordenado en la sentencia 183/25.

La decisión final ordena al Instituto de Vivienda y al Ministerio de Seguridad adoptar medidas inmediatas para garantizar dispositivos suficientes, acceso equitativo y confidencial, con especial atención a las necesidades de las mujeres madres. También insta a las internas a recurrir a los tribunales ante vulneraciones individuales.

El fallo ratifica la protección de derechos humanos en contextos de encierro, pero su impacto real dependerá de la voluntad política del Gobierno de Leandro Zdero para implementar los cambios, lo que hasta ahora no ha sido demostrado. Mientras tanto, las mujeres esperan que esta sentencia les devuelva, al menos en parte, el derecho a mantener vivo el vínculo con sus familias.

 

La sentencia completa acá 

 

Notas relacionadas: 

Comunicación intramuros: el gobierno del Chaco incumple el fallo del STJ y las mujeres detenidas son las más afectadas

Prohibición de celulares en cárceles del Chaco: un fallo contra la demagogia punitiva

 


Compartir